Aborto en Colombia
¿Cómo está el panorama del aborto en Colombia a 100 días de su despenalización hasta la semana 24?
Cualquier mujer puede solicitar, a través del sistema de salud público, una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), según la sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional.
El pasado 22 de febrero, la Corte Constitucional tomó una decisión histórica al despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación. Este derecho solo estaba permitido bajo tres causales: riesgo de salud física y mental para la mujer y persona gestante, malformación del feto y embarazo por violación.
En un país históricamente conservador como Colombia, esta decisión de los magistrados suscitó polémica, pues sectores tradicionales de la política, así como las iglesias, se opusieron radicalmente a esta medida, calificándola como “asesinato”.
No obstante, a pesar de la campaña en contra y las claras posturas de desacuerdo, incluso desde la Presidencia de la República, desde esa fecha cualquier mujer puede solicitar a través del sistema de salud público una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), según la sentencia C-055 de 2022.
La decisión no fue unánime. En favor de la interrupción voluntaria hubo cinco votos, los de los magistrados Alberto Rojas, Antonio J. Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa (conjuez). En contra, la mayoría de los cuatro votos fueron mujeres: Cristina Pardo, Jorge E. Ibáñez, Paola Meneses y Gloria Ortiz.
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Para sustentar su decisión, la Corte también acudió a varias interpretaciones internacionales. La corte señala que en Alemania, por ejemplo, “no es delito que una mujer interrumpa su embarazo hasta la semana 22 de gestación, si se encuentra en una situación excepcional, ha recibido asesoramiento previo y el procedimiento de aborto es realizado por un médico”.
El Alto Tribunal cita también el caso de España, que autoriza de manera excepcional la interrupción del embarazo después de la semana 22 de gestación, cuando exista un grave riesgo para la vida o salud de la mujer embarazada, o riesgo de graves anomalías en el feto.
Lo mismo se hizo revisando legislación de Sudáfrica, que prevé que después de la semana 20 de gestación es posible interrumpir el embarazo, si su continuación pone en peligro la vida de la mujer embarazada, da lugar a una malformación grave del feto o supone un riesgo de lesión al feto.
Ahora, 100 días después ―3 meses― de que se tomó esta decisión, en el país ha cesado la polémica, pero es pertinente revisar cómo está el panorama del aborto para las mujeres colombianas.
¿Qué ha cambiado desde que se emitió la sentencia?
SEMANA habló con Diana Carolina Moreno, directora de Incidencia en Profamilia, una organización privada sin ánimo de lucro que promueve el respeto y el ejercicio de los Derechos Sexuales y Reproductivos de toda la población colombiana.
Moreno afirma que, mediante un proceso de observación, Profamilia ha podido constatar que después de la pronunciación del Alto Tribunal, la seguridad que tienen las mujeres frente a la solicitud de la IVE se ha consolidado.
“Se están acercando usuarias que vienen a solicitar el servicio de una manera mucho más segura, más empoderada de lo que veníamos viendo antes. Tal vez por el cubrimiento mediático que se le ha dado a la sentencia, y eso les ha hecho entender que tienen este derecho. Hemos visto que llegan más mujeres que saben que lo tienen y vienen a exigirlo”, asegura la directora.
Moreno resalta también la gestión que se ha evidenciado desde los promotores del servicio de salud, quienes han “tomado la labor que tienen de cumplir con la sentencia y están haciendo ese proceso de autorizar y solicitar a sus prestadores una atención oportuna”.
“Las mujeres mismas también le están pidiendo a los prestadores que garanticen y brinden el acceso en el plazo razonable de los cinco días, calendario que estableció la Corte Constitucional para que una mujer, una vez solicite el aborto, pueda acceder a él. Obviamente no es de todas, pero nos ha parecido muy positivo”, puntualiza.
¿Aún hay barreras para acceder a este derecho?
Profamilia emitió un comunicado este primero de junio, en el que asegura que, a pesar de la sentencia de la Corte y su vigencia, muchas mujeres han encontrado barreras que les impiden interrumpir sus embarazos como lo permite la ley.
“De alguna manera, esto es una herencia de las barreras que se venían presentando incluso desde la sentencia anterior (C-355), y son más agudas y más difíciles para las mujeres que están en condiciones más vulnerables”, afirma Moreno.
Desde esta organización se han identificado casos en los que algunas entidades promotoras de salud (EPS) niegan el servicio cuando quienes lo solicitan son mujeres indígenas, “porque se hacen procesos en donde la decisión se pone a consideración de la autoridad indígena. Y muchas veces es rechazado, aun cuando la mujer se encuentra protegida dentro de la jurisprudencia de la Corte”, agrega.
En Profamilia apoyamos tus decisiones y garantizamos un servicio legal, seguro y empático.
— PROFAMILIA (@ProfamiliaCol) May 31, 2022
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Otro de los casos que se han expuesto por parte de Profamilia, y que tienen una complejidad especial, es el de las mujeres migrantes, en especial aquellas que tienen un estatus migratorio irregular, “porque en el país, los extranjeros en esta condición no pueden afiliarse al sistema de salud. Eso significa que solo pueden ser atendidos en urgencias”.
Moreno resalta que, aunque el Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) ya ha dicho que el tema de la atención al aborto debe ser considerado una urgencia y una mujer migrante debería tener la atención, en la práctica, eso no es frecuente, y muchas mujeres migrantes se quedan sin acceso al servicio.
¿Qué factores están incidiendo en la accesibilidad?
En principio, y acorde a la ley, hasta la semana 24 de gestación el aborto depende netamente de la mujer embarazada. Lo que debería suceder es que ella acuda a su EPS, solicite el servicio y la remitan a una institución prestadora de servicios de salud (IPS), donde los profesionales correspondientes la acompañen en el procedimiento.
“Ya en la práctica, pasa que esas mujeres que están en situaciones de mayor vulnerabilidad, como situación de pobreza, en áreas rurales, niñas o adolescentes, y que, incluso, pueden ser víctimas de violencia de género, tienden a enfrentar distintas barreras para llegar al servicio”, asegura Moreno.
“Puede que lleguen a la EPS y no les autoricen el proceso, o que lleguen a la IPS y no tengan ningún profesional dispuesto a acompañarlas por el proceso”, agrega.
De acuerdo con la vocera, en muchos casos también se presenta la tradicional barrera del estigma social, donde puede haber oposición y juicio por parte de las familias, parejas y otros actores.
“Aunque tenemos este fallo, que es muy de avanzada y protector para las mujeres en el país, la realidad es que todavía necesitamos garantizar que todas las personas en el sistema estén enteradas, cumplan la sentencia, que el personal de salud esté entrenado y que los distintos actores del sistema hagan lo que les corresponde en relación a garantizar ese derecho al aborto”, apuntó Moreno.
¿Es realmente confidencial el aborto en Colombia?
SEMANA también consultó a Viviana Bohórquez, abogada y coordinadora general de Jacarandas, una línea de información y orientación a mujeres que quieren acceder al servicio de aborto, fundada en marzo de este año.
Bohórquez afirma que las mujeres, en general, tienen mucho miedo de ser señaladas por esta práctica. “Quienes nos escriben están muy nerviosas, tienen miedo de la reacción de sus familias. Especialmente las niñas y adolescentes menores de edad”, para quienes estar afiliadas a la EPS de sus padres puede convertirse en una barrera enorme, que les infunda el temor de que estos se enteren.
Asimismo, la coordinadora de Jacarandas asegura que, en muchos casos, es probable que las menores de edad terminen acudiendo al aborto clandestino, a pesar de que es legal y debe realizarse por EPS, por miedo a que sus familiares lo sepan y las juzguen e, incluso, las obliguen a tener estos hijos.
“Yo creo que deberíamos tener una alarma en la que podamos ver qué está pasando con las adolescentes y la IVE, en la medida en que no necesitan la autorización ni de su papá, mamá o representante, pero los servicios de salud dependen de ellos, entonces puede que no se guarde la confidencialidad”, anota.
Muchas mujeres, sobre todo cuando son beneficiarias de la cotización de alguien más, temen que esta persona pueda acceder a su historia clínica; sin embargo, según el artículo 34 de la ley 23 de 1981, este es un documento privado y confidencial.
De acuerdo con Moreno, también “las decisiones que una mujer toma sobre su salud sexual y reproductiva son privadas, y se deben manejar de una manera confidencial, tanto por los doctores como por las organizaciones, IPS y EPS”.
“Nosotros tenemos la obligación legal de cuidar esos datos, y esto es verdad también para las personas que son menores de edad, que es un miedo común, pero no es así. La información tiene que mantenerse de una manera confidencial, y la decisión es de la persona que se encuentra en embarazo”, acota Moreno.
¿Cómo se desinforma alrededor de la IVE?
De acuerdo con Bohórquez, la desinformación y el miedo están aún muy presentes, y esta situación es promovida en muchos casos por los mismos hospitales o médicos, quienes dan mala información a las usuarias, a pesar de que va en contra del deber constitucional.
“Les dicen que el aborto no es permitido, que es un asesinato, que todavía no ha cambiado la ley, que solo es por causales extremas”, afirma la abogada, quien señala que desde Jacarandas han presentado múltiples quejas por estos hechos ante la Superintendencia de Salud, que han sido resueltas positivamente.
Y si necesitas ayuda GRATUITA con tu aborto, solo tienes que escribirnos por WhatsApp a la Línea Jacarandas: +57 314 5929359
— Jacarandas #LíneaJacarandas (@SomosJacarandas) May 31, 2022
“Especialmente mujeres médicas, que es lamentable pero así es, les dicen (a las pacientes) que no es legal, que eso es horrible, que no les pueden atender, y les hacen la guía perinatal: las remiten a nutrición, a ecografías, que es la ruta normal que le hacen a las mujeres embarazadas que quieren tener sus hijos”, agrega.
Sin embargo, la coordinadora asevera que en medio de los contratiempos que se han presentado con actores del sistema sanitario, hay experiencias positivas de mujeres que han podido acceder a este servicio sin mayor problema.
“No puedo decir que todas las experiencias son negativas, yo creo que se está empezando a transformar”, dice Bohórquez, quien asegura que el principal desafío en este momento es la información, sobre todo en el mismo sistema sanitario, donde o no se informa este derecho o se informa con demasiados tecnicismos, impidiendo que cualquiera pueda entenderlo.
¿Cómo se hacer contrapeso a la desinformación?
Para combatir esta falta de información clara y específica sobre el acceso al aborto, Profamilia implementó, tan pronto se dio a conocer la sentencia C-055, los cambios necesarios en sus protocolos alrededor del país para poder atender a las mujeres tal y como la Corte lo dispuso.
“Es importante que las mujeres y las personas gestantes sepan que pueden acudir a Profamilia en cualquiera de nuestros puntos, recibir información que es científica, y así tomar una decisión informada. Y si requieren el acceso a la IVE poder hacerlo con nosotros”, afirma la directora Moreno.
En el caso puntual de mujeres o personas gestantes que no están afiliadas a ninguna EPS, la recomendación legal es que acudan al hospital público más cercano, donde deben atenderlas. “Todos los hospitales públicos que tienen ginecología y obstetricia deberían atender los abortos, y es una información que muchas mujeres no conocen”, señala Bohórquez.
De hecho, para ella el de Profamilia es un servicio de calidad, y desde Jacarandas lo recomiendan a la mayoría de las mujeres que les piden asesoría, porque “hay profesionales de la salud entrenados, y a las mujeres que tienen menos de diez semanas de embarazo les dan la posibilidad de utilizar medicamentos para hacerse la interrupción en casa”.
“Estamos tratando de que se pueda hablar más del autocuidado en el tema de aborto en Colombia. Es decir, que las mujeres que ahora tienen la posibilidad de decidir si desean o no tener una maternidad también tengan la posibilidad de acceder ―a través del sistema de salud― a los medicamentos para el aborto y poder vivir procesos seguros en casa”, señala Moreno al respecto.
¿Qué está haciendo el Estado para hacer cumplir esta sentencia?
La Corte Constitucional estableció en la sentencia C-055 de 2022 que tanto el Congreso como el MinSalud deben promover la creación de políticas públicas que pudieran garantizar que las mujeres accedieran al aborto consensuado sin barreras, estigmas o discriminación, y que tuvieran temas de garantías, incluyendo temas de educación integral para la sexualidad.
En la decisión, que avaló las ponencias de los magistrados Lizarazo y Rojas, se exhortó al Congreso y al Gobierno para que, “sin perjuicio de cumplimiento inmediato de esta sentencia”, agilicen la expedición de esta política pública.
#LaCorteInforma ⚖️ l Conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006 pic.twitter.com/J7hfhLAEeq
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 21, 2022
Esta última debe contener “como mínimo” una divulgación “clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo. Asimismo, la eliminación de “cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos” citados en la sentencia, y el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva de “todas las personas”.
Además de esto, se deben crear medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.
No obstante, según Moreno, hasta el momento, no ha habido iniciativas en este sentido, “pero esperamos que se retome prontamente por parte de estas autoridades”.
¿Qué cifras se manejan a nivel nacional e internacional?
De acuerdo con las cifras más recientes del MinSalud, consultado por SEMANA, entre 2009 y 2021, por Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud, hubo 494.890 atenciones en salud relacionadas con procedimientos para aborto. En esta medición se incluyen todas las atenciones, no específicamente la IVE, también las relacionadas con abortos espontáneos o abortos incompletos.
Asimismo, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año se provocan cerca de 73 millones de abortos en todo el mundo. Y el 61 % de los embarazos no deseados se interrumpen voluntariamente.
“La imposibilidad de acceder a una atención para el aborto segura, oportuna, asequible y respetuosa es un grave problema para la salud pública y una violación de los derechos humanos. Cuando una mujer no recibe una atención para el aborto segura, asequible, oportuna y respetuosa y se la estigmatiza por abortar, su bienestar físico y psíquico puede verse afectado durante toda la vida”, asegura la organización.
Asimismo, la OMS apunta que “la imposibilidad de recibir una atención para el aborto de calidad infringe varios derechos humanos de las mujeres y las niñas, como el derecho a la vida, a gozar del grado máximo de salud física y mental que se pueda lograr, a beneficiarse del progreso científico y de su puesta en práctica, a decidir libre y responsablemente el número de hijos y el espaciamiento entre los partos, y el derecho a no sufrir torturas ni tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes”.
El comunicado de Profamilia resalta como un punto favorable tras la sentencia que “en el país todas las voces coinciden en que se deben implementar programas de Educación Integral en Sexualidad, con énfasis en acceso a anticonceptivos, y en que es prioritario desarrollar estrategias para disminuir el embarazo no deseado, especialmente en menores de 14 años”.
“Muchas personas se quedaron preocupadas (desde el fallo) por las 24 semanas, imaginando tal vez, erróneamente, que todas las mujeres iban a acceder a una IVE en esa edad gestacional, y lo cierto es que no es así”, puntualiza la directora Moreno.
De hecho, en Profamilia, el 93,3 % de los abortos que se han realizado desde el fallo de la Corte han sido en los tres primeros meses de gestación.
Por otro lado, desde el 31 de marzo de este año, la línea de atención de Jacarandas ha remitido 192 casos de mujeres que buscan abortar a Profamilia, 31 casos a redes de feministas que apoyan en aborto inducido, 26 al sistema público de salud -16 migrantes-, y 12 más al Hospital La Victoria en Bogotá.
“Nuestra principal competencia hoy son los servicios clandestinos. Las mujeres están comprando las pastillas para abortar a muy bajo costo sin saber si les van a servir. La lucha hoy es informar y lograr que vayan al sistema de salud”, finaliza la coordinadora Bohórquez.