NACIÓN
¿Cómo funciona y para qué está hecha la polémica escopeta calibre 12 que usa el Esmad?
La Corte Suprema ordenó suspender la utilización de esta arma, pero el Ministerio de Defensa apela a que los excesos ocasionados por su uso incorrecto son “actuaciones individuales”. Aquí las características del artefacto de la discordia.
En 2017, la escopeta calibre 12 fue incorporada al inventario del los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad) en la clasificación de “armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales” autorizados para el control de disturbios y manifestaciones. En un documento expedido por la Dirección Administrativa y Financiera de la Policía, con fecha del 3 de febrero, se estableció que la entidad tenía un presupuesto estimado de 851 millones de pesos para adquirir 222 de estas armas, avaluadas en cerca de 3 millones de pesos cada una.
Ese mismo año, el Ministerio de Defensa estableció el reglamento para el uso de la fuerza de los dispositivos menos letales y, a su vez, un manual para el manejo de disturbios que están consignados en dos resoluciones de la entidad.
No obstante, casi cuatro años después de implementar esta normativa, la Corte Suprema Suprema de Justicia ordenó en su polémico fallo que el Gobierno garantice el derecho a la protesta pacífica y, además, que reestructure las directrices relacionados con el uso de la fuerza policial.
Con la decisión no solo se viene un rifirrafe entre los poderes Ejecutivo y Judicial, que ya comenzó con la negativa del ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, de pedir perdón por los excesos de la fuerza pública, sino que también sale a flote la polémica por cuáles deberían ser las armas usadas en el control de manifestaciones y disturbios.
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En ese punto, para el Alto Tribunal el uso de la escopeta calibre 12 es cuestionable y, por consiguiente, debe suspenderse su implementación hasta tanto se den las garantías “para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento”.
“El Esmad no refleja capacitación ni mesura en sus actos y, menos aun, interés en salvaguardar la integridad de las personas con sus armas de dotación; por tanto, quien quiera salir a manifestarse públicamente o cuando se generen multitudes en esa actividad, siente una preocupación real y seria de verse agredido injustificadamente por la fuerza pública”, señala el fallo.
El abecé de la escopeta
Modelos de escopeta calibre 12 existen varios, pero al consultar la ficha técnica de fabricantes y proveedores de armas, estos coinciden en decir que es una de las armas más adaptables que existen y de ahí los distintos uso que tiene en el ámbito civil y militar en varios ejércitos del mundo.
Originalmente, las escopetas están diseñadas para usar cartuchos de carga múltiple que en un solo disparo lanzan varios proyectiles (perdigones) al mismo tiempo y, por este motivo, la letalidad o daño que puede causar no la da el arma, sino el tipo de munición que se utilice según el objetivo, a diferencia de un arma de cañón estriado, que rota el único proyectil que dispara para lograr mayor estabilidad y precisión.
Para el control de antidisturbios, la munición cinética autorizada en Colombia y denominada bean bag se compone de un saco o bolsa hecha de kevral, material balístico que logra contener entre 600 y 700 perdigones o minúsculas bolas de plomo que en su totalidad pesan 40 gramos y que, según explicó la Policía en su momento –posterior al impacto mortal que recibió Dilan Cruz en la parte alta del cuello– no se dispersan al impactar contra una superficie sólida. “La única forma de poderlo sacar de ahí es rompiendo la fibra”, explicó el intendente Edwin Dussán, técnico del Esmad, en una rueda de prensa convocada por la Policía para explicar los alcances del arma y la munición en cuestión.
SEMANA consultó a Yefrin Garavito, director de la Unidad de Investigación Criminal de la Defensa, quien explica que la escopeta calibre 12 “se utiliza para caza y la defensa personal” y, en el caso particular de los disturbios, “se encargan de realizar, a través de la energía cinética, un golpe para neutralizar, inmovilizar o reducir a una persona”.
Respecto a la letalidad, el experto, quien también es magíster en investigación criminal de la Escuela de Investigación Criminal de la Policía Nacional, asegura que la escopeta calibre 12, como parte de la clasificación de armas cinéticas que usa el Esmad, no está pensada para acabar con la vida de un civil. “Dentro de esas armas tenemos los lanzagases, lanzadores múltiples, escopetas calibre 12, munición de goma, munición esférica, pero por su tamaño y composición no atraviesan la piel de una persona y no podrían llegar a causar de manera directa, en principio, la muerte”, señala.
Sobre la distancia efectiva, añade que los protocolos de la fuerza pública sugieren “un uso no directo, no a corta distancia, sino que sea una distancia superior a los 20 metros”, sumado a que el disparo se realice en la parte inferior del cuerpo, donde hay menos probabilidad de causar un daño grave a una persona.
La marca Combined Tactical Systems, fabricante y proveedora de equipos militares para las fuerzas policiales de Estados Unidos, Israel y algunos países de Latinoamérica, incluido Colombia, señala en la ficha técnica de la escopeta calibre 12 Super Sock Bean Bag que este instrumento, al igual que otros que tiene disponibles “tienen la intención de causar diversos grados de dolor y lesiones, que son temporales”. Pero advierte que “en raras circunstancias, si son utilizados incorrectamente, los productos CTS menos letales (estos) pueden causar daños a la propiedad, lesiones corporales graves o la muerte. Por lo tanto, cualquier persona que use la opción de fuerza que se muestra en esta página debe recibir la capacitación adecuada”.
La cuestionada capacitación exprés
En 14 de enero de 2020, la Procuraduría pidió a la Policía que suspendiera el uso de la escopeta calibre 12 en el marco de la investigación por la muerte de Dilan Cruz en las protestas del paro nacional.
El ente encontró que los programas académicos –de 48 horas– que promueve la fuerza pública para uso de la fuerza y el empleo de armas menos letales no contemplaban una capacitación específica para el uso de la escopeta calibre 12 y su munición de impacto dirigido, toda vez que "esta (arma) solo es llevada a la práctica cuando existe disponibilidad de munición, aunque comúnmente, dado su elevado costo, hay déficit, al punto que en muchas ocasiones para el desarrollo de un seminario solo proporcionan 100 cartuchos para capacitar a 1.000 hombres”.
Esta situación la tuvo en cuenta la Corte Suprema de Justicia para emitir su juicio sobre la suspensión de esta arma y que fuentes consultadas por SEMANA, ocho meses después de esta petición de la Procuraduría, confirman que sigue ocurriendo.
“Si la Policía quisiera tener un nivel de entrenamiento que tienen otras policías en el mundo, una persona debería realizar entre quinientos y mil disparos”, le dijo un funcionario a este medio. Escenario que en la realidad no ocurre porque la cantidad de cartuchos destinados a los entrenamientos varían dependiendo de la unidad o comando en el que se desarrolle la formación. Por este motivo continúa sucediendo que, como indicó la Procuraduría en su informe, mientras “100 uniformados la disparan en una oportunidad, los 900 restantes observan”.
Precisamente, sobre este punto Yefrín Garavito resalta que el fallo de la Corte Suprema estableció una suspensión, mas no una “prohibición final” al uso de la escopeta calibre 12, en tanto haya claridad sobre los procesos formativos que recaen –por ley– en la Dirección Nacional de Escuelas de la Policía Nacional.
“Lo que quieren las autoridades es que existan unos procesos de capacitación y uso como los hay con las armas de fuego. En este tipo de armas la capacitación es un poco menor porque el costo de la munición es más elevado que el que se usa con las armas de fuego”, señala.
Por ahora, está sobre la mesa la orden de la Corte Suprema para que el Gobierno establezca un “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”. Pero al mismo tiempo, todo parece indicar que a las cuatro de la tarde de este jueves, cuando se cumplan las 48 horas que dio el máximo tribunal para que el MinDefensa acate el fallo, Carlos Holmes Trujillo no dará el brazo a torcer en su discurso de que el Esmad “no incurre en excesos” y que en el caso de lo ocurrido el 21 de noviembre de 2019 tan solo existieron “actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la ley, los reglamentos y protocolos”.