NACIÓN
Concepto favorable de Minsalud a proyecto de la eutanasia
Es la primera vez que el Congreso se muestra dispuesto a expedir una ley para reglamentar el derecho a morir dignamente; aunque el gobierno lo respalda, advierte que se podría quedar corto.
Primero fue la Corte Constitucional, que en una histórica sentencia de 1997 permitió la eutanasia en el país. Desde entonces, como ha hecho con el matrimonio entre parejas del mismo sexo, el alto tribunal le ha pedido con insistencia al Congreso que reglamente la práctica de la llamada muerte asistida. Hasta la fecha, el parlamento colombiano o no ha querido, o no se ha atrevido a pronunciarse sobre el tema. Armando Benedetti ha presentado tres veces un proyecto de esa naturaleza, lo máximo que ha llegado es la aprobación de un primer debate, en el 2012.
La Corte, en una sentencia de marzo de este año, ante la ausencia de legislación, le dio al Gobierno un plazo de 30 días para definir los trámites administrativos y los responsables que deberán cumplir con la voluntad de pacientes terminales de poner fin a su vida en condiciones dignas. El protocolo está firmado por el ministro Alejandro Gaviria.
En cumplimiento de ese protocolo se practicó en Pereira la eutanasia de Ovidio González, padre del caricaturista Matador, hecho que generó un debate nacional y que aportó mayor información a una discusión que el Congreso ha pospuesto, pero que parece haber llegado a su momento definitivo.
Tras la sentencia de la Corte y el decreto del Gobierno, el turno para reglamentar la eutanasia le llegó al Senado. La Comisión Primera celebró la audiencia pública, antesala del primer debate. La iniciativa, que cuenta con el respaldo del Partido de la U y que tendrá en su primer ponente al senador liberal Juan Manuel Galán, también contará con el respaldo del Gobierno, tal como lo reiteró este jueves el ministro Gaviria. Su argumento es que la constitución no sólo consagra el derecho a la vida, sino que esta sea digna.
La propuesta que Benedetti puso sobre la mesa contempla que la eutanasia sólo puede ser reclamada por aquellas personas que tengan una enfermedad terminal, que tienen un intenso dolor al que la ciencia médica dictamina de que no existe cura y por lo tanto la persona pueda tomar la determinación de que su vida sea digna y que quiere terminar de una forma digna. También establece como requisito la constancia expresa del paciente de que su voluntad es terminar con su existencia.
Pese a ello, el Gobierno considera que tal como pasó con el decreto, el proyecto que discute el Senado se puede quedar corto. Y por eso, en la audiencia, dejó sobre la mesa la discusión de los posibles vacíos que tendría la iniciativa.
El primero, que la eutanasia se pueda aplicar a menores de edad que sufran enfermedades terminales. Si la eutanasia se consagra para todos los pacientes terminales, la inquietud que se presenta es por qué no se les otorga también este derecho a los menores de edad. Benedetti se opone con el argumento de que la Constitución sólo considera la autonomía del individuo a partir de los 18 años de edad.
Otro vacío es el de las enfermedades degenerativas, como causal de la pérdida de calidad de vida. Y la de pacientes terminales en estado de coma, pues el proyecto establece con claridad que debe haber un testimonio del paciente manifestando su deseo de morir dignamente.
Por eso aunque el proyecto se puede quedar corto, de ser aprobado sería un paso histórico. Por lo general, en las principales tareas que la Corte le ha exigido al Congreso, este se ha quedado en deuda. Falta ver si esta vez se repetirá la historia.