El concepto del ministerio Público frente a la revisión de la sentencia de 17 años de cárcel que pesa contra Andrés Felipe Arias plantea que hay que rehacer las cuentas.
El concepto del ministerio Público frente a la revisión de la sentencia de 17 años de cárcel que pesa contra Andrés Felipe Arias plantea que hay que rehacer las cuentas. | Foto: Revista Semana

Justicia

¿Condena penal al exministro Arias?, claro que sí, pero no tan dura: Procuraduría

El concepto del Ministerio Público frente a la impugnación de la sentencia de 17 años de cárcel que pesa contra Andrés Felipe Arias plantea que hay que rehacer las cuentas para ablandarlas, al tiempo que afirma que la responsabilidad de fondo se debe mantener.

28 de octubre de 2020

La Procuraduría ya presentó su punto de vista frente a la impugnación de la sentencia que la Corte Suprema de Justicia le impuso en 2014 al exministro Andrés Felipe Arias. El veredicto en cuestión condenó al político a 17 años de cárcel tras encontrarlo responsable de los delitos de firma de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación.

Arias fue el protagonista del llamado escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS) que consistió en una serie de irregularidades en ese programa de asistencia agropecuaria con el que el gobierno de Álvaro Uribe buscaba brindar subsidios a pequeños, medianos y grandes agricultores que debían afrontar las exigencias de un mercado abierto por cuenta de los tratados de libre comercio. Pero las cosas salieron mal cuando se encontró una serie de avivatos que fraccionaron sus predios para acaparar más subsidios. Y luego resultó que varios de esos tramposos favorecidos eran también aportantes a la campaña del exministro Arias.

La procuradora delegada pide revisar el incremento punitivo que la sentencia contra Arias integró porque este no fue contemplado en la acusación previa de la Fiscalía

Con esas premisas arrancó el proceso judicial que terminó, luego de años de discusión, con la severa condena contra Arias. El exministro desde el día uno ha insistido en que es inocente y además ha cuestionado la imparcialidad del veredicto, pues considera que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que lo halló responsable era una corporación en franca confrontación con el gobierno de Uribe y, por tanto, no podía emitir una decisión en derecho. Los abogados de Arias batallaron para tratar de lograr una revisión del fallo, pero por tratarse de una sentencia del máximo órgano judicial del país esa petición parecía imposible. Y a eso hay que sumarle que el exministro eludió la justicia colombiana al salir del país rumbo a Estados Unidos, donde solicitó asilo, un propósito en el cual no tuvo éxito. El Departamento de Justicia de ese país lo capturó atendiendo una petición de extradición de Colombia, la cual se cumplió luego de una larga batalla judicial.

Arias regresó esposado a Colombia, pero con un triunfo relativo. Logró que Naciones Unidas emitiera un concepto en el que se señaló que toda persona, congresista o no, tiene derecho a que un juez distinto al que profirió la sentencia revise la misma. Luego de martillar insistentemente, la Corte Constitucional profirió una decisión en la que le dio la razón y por cuenta de eso la Corte Suprema está actualmente tramitando la impugnación presentada por Arias. Él, entre tanto, está detenido en la Escuela de Caballería, una guarnición militar al norte de Bogotá.

Hace unos días se conoció la sorpresiva posición de la Fiscalía que pide que la sentencia contra Arias se mantenga. Por su parte, la Procuraduría dice que la responsabilidad del exministro frente a los delitos imputados quedó probada, pero que la tasación de la pena sí debe ser rebajada.

El argumento de la Procuraduría es que al momento en que la Fiscalía le imputó los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros no relacionó un endurecimiento de la pena que provee un artículo y que, por tanto, este no puede ser aplicado, como lo hizo la Corte al momento de emitir la sentencia en 2014 porque allí se atropellaría el principio de congruencia que debe reinar en el proceso penal.

“En criterio de esta delegada y con base en los criterios jurisprudenciales anotados, es evidente la vulneración del principio de congruencia entre la acusación y la sentencia por la discrepancia en la calificación jurídica, pero no por el argumento señalado por la defensa; esto es, considerar dicho incremento punitivo como un agravante genérico, sino porque la consecuencia jurídica, que hace parte esencial de los tipos penales atribuidos, no fue mencionada en la acusación y sí incluida en la sentencia sobrepasando los límites de la función del juzgador, en desmedro del procesado porque agravó su situación con una pena mayor injustificada”, dice la Procuraduría en su concepto de 30 páginas.

En concreto, la procuradora Myriam Ávila, delegada para el asunto, solicita confirmar la sentencia contra el exministro por los cargos por los cuales fue procesado y condenado “No obstante, se solicita respetuosamente revisar la dosificación de la pena, en particular en lo relacionado con el incremento punitivo del artículo 14 de la Ley 890 de 2004”.