Nación
Condena por corrupción contra exgobernador de Tolima Fernando Osorio
En este caso resultó absuelto Óscar Barreto, también exgobernador del departamento, a quien no se le comprobó ningún tipo de dolo en los hechos.
El 2 de diciembre de 2021, la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró al exgobernador del departamento de Tolima Fernando Osorio Cuenca responsable por contrato sin cumplimiento de requisitos legales en la modalidad de delito continuado y peculado por apropiación a favor de terceros agravado.
En la decisión de 129 páginas, conocida en su totalidad por SEMANA, la Corte le impuso las penas de ciento ochenta meses y dos días de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ciento ochentameses y dos días, multa equivalente a cuatrocientos ochenta y cuatro coma setenta y seis (484,76) salarios mínimos mensuales legales vigentes, y la inhabilidad intemporal.
En el caso de Osorio Cuenta fue señalado de celebrar con la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (Secab) un convenio de Cooperación y Asistencia Técnica Internacional. El objeto era adquirir mobiliarios escolares para varias instituciones educativas en la región. De igual manera, se tramitó una adición para la implementación de una modalidad o sistema de evaluación para el departamento de Tolima. El peculado, en este caso, por el que la alta corte lo señala asciende a más de 91.973.745 millones de pesos.
El problema es que no se tuvieron en cuenta o se desconocieron las normas por varias razones: por no hacer selección objetiva de licitación pública, de igual manera, la adición estuvo desligada del convenio inicial y tal vez uno de los problemas más graves es que fue por una cuantía superior a la permitida.
Por irregularidades en un convenio de 2007, #SalaDePrimeraInstancia condena a 15 años de prisión al exgobernador del Tolima, Fernando Osorio Cuenca por contrato sin requisitos legales y peculado, y absuelve al también exgobernador Óscar Barreto Quiroga.⬇️https://t.co/gHt0hlJDqq
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) December 9, 2021
Para la Corte, “se irrespetaron los principios de transparencia y selección objetiva, pretermitiendo los parámetros de licitación contenidos en la Ley 80 de 1993, lo que derivó en un detrimento al erario”.
Consecuencia de las irregularidades, la Sala encontró demostrado que, “con el apoyo del exgobernador del departamento de Tolima Fernando Osorio Cuenca, la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (Secab) se apropió del monto que cobró como cuota de administración por la ejecución de actividades y adquisición de bienes que estaban por fuera del ámbito de su competencia funcional”.
La Corte señala en el fallo que Osorio Cuenca, de 75 años de edad, “se ha mostrado atento y respetuoso a las decisiones judiciales (...) y, principalmente, su núcleo familiar demanda su cuidado, protección y compañía, máxime los padecimientos de su hija por crisis maniaco depresivas, a más de lo cual, las conductas por las que es declarado penalmente responsable, tuvieron como escenario de principal impacto el orden administrativo, del que actualmente se encuentra absolutamente desligado”.
Por esa razón, la Corte decidió que su lugar de reclusión será de manera domiciliaria.
En el mismo fallo, conocido en su totalidad por SEMANA, la Corte Suprema absolvió al también exgobernador del departamento de Tolima Óscar Barreto Quiroga de la acusación que, como autor de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación en favor de terceros agravado y prevaricato por omisión presentó la Fiscalía General de la Nación en su contra.
En el caso de Barreto, el panorama es diferente. A pesar de haber establecido que en el proceso de liquidación al Convenio 336 y su adición, no se verificó el cumplimiento de los requisitos legales, y que no se ejecutó la póliza prestada en garantía, la Corte advierte que no encontró que la Fiscalía hubiere comprobado “el compromiso doloso” o la intención del ex gobernador Barreto Quiroga, razón por la que lo absolvió.