Nación
Condenan a a exgobernador de Putumayo Carlos Alberto Palacios por irregularidades en contratación
La decisión la tomó la sala de primera instancia, puntualmente, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales por valor superior a los 65 mil millones de pesos.
Un verdadero escándalo de corrupción que sacudió al Putumayo tiene hoy un desenlace histórico en manos de la justicia. La Corte Suprema, en un fallo conocido en primicia por SEMANA, acaba de condenar a 51 meses de prisión (4 años y tres meses) al exgobernador de ese departamento, Carlos Alberto Palacios, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
Lo que explica el documento de la Corte Suprema de Justicia, es que la Fiscalía Novena delegada ante el alto tribunal, Carlos Alberto Palacios Palacio, exgobernador de Putumayo, y el representante legal de la Fundación Ecológica y de Desarrollo Social, FEDES, suscribieron un convenio en julio de 2005 denominado “de cooperación interinstitucional”, por el término de un año y un valor de 65 mil doscientos ochenta millones de pesos (65.280′.000.000) con el fin de “aunar esfuerzos para solucionar el problema d vivienda digna de interés social a familias del departamento de Putumayo”.
Lo anterior, a juicio de la Sala, llevó a que el convenio fuera liquidado el 28 de abril del 2006 por el gobernador encargado del Putumayo sin que se consiguiera su finalidad, luego de que se encontró que la fundación no cumplía los requisitos para desarrollar el acuerdo, como tampoco para asegurar el buen manejo de los recursos que ya habían entregados para beneficiar a por lo menos 90 familias.
En el proceso, la Corte estableció que Palacios Palacio no verificó la experiencia de la fundación, ni efectuó un estudio sobre la capacidad técnica, financiera y administrativa de esa entidad. Tampoco corroboró si era cierto que esa entidad privada tenía relación con una institución extranjera que supuestamente aportaría dinero para ese plan social.
Lo más leído
Lo que ocurrió después y que llamó la atención de los investigadores de la Corte Suprema es que el convenio se celebró invocando la normativa sobre contratos con organismos multilaterales, debido a que os recursos con los que se ejecutaría eran “aportes del Centro Americano de Filantropía y el manejo de las donaciones procedentes de los Estados Unidos”, en concreto, se hizo alusión a dos artículos de la Constitución.
Luego se pactaron las siguientes obligaciones, que señala la sentencia: el exgobernador Palacios se comprometió, dice la Corte Suprema, “a gestionar con los municipios las licencias de urbanismo y construcción conforme al POT, integrar al Comité Operativo para participar en la toma de decisiones, seleccionar a las familias beneficiarias; según su capacidad operativa y financiera, contribuir con los municipios en la urbanización de los lotes, sin adquirir una obligación contractual el Departamento y facilitar el recaudo de recursos aportados por los beneficiarios, sin asumir responsabilidades sobre tales desembolsos”.
Uno de los magistrados, Jorge Emilio Caldas, salvó voto, es decir que hizo explicación de por qué se aparte de la decisión de la mayoría. En ese salvamento, señala: “Claro es, que la intención del convenio era alcanzar un interés social al otorgar una vivienda a una serie de “familias beneficiarias” que serían seleccionadas por la Gobernación de Putumayo; acuerdo que además no implicaba para el ente territorial comprometer su capacidad operativa y financiera, pues su acción era gestionar las licencias de urbanismo y construcción con los municipios, integrar el Comité Operativo para la toma de decisiones y facilitar el recaudo de los dineros”.
Según la sentencia, la fundación no contaba con la idoneidad exigida y “Carlos Alberto Palacios Palacio omitió evaluar esa condición por escrito, debidamente motivada y corroborar el aporte internacional de los recursos para cofinanciar soluciones de vivienda en el departamento de Putumayo. Sólo adelantó gestiones con ese fin después de firmado el convenio y debido a las observaciones hechas por la entonces Jefe de la Oficina Jurídica”.
La providencia incluye una multa por 54.68 salarios y niega la suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión, pero la sustituye por prisión domiciliaria
Y agrega que: “El aporte económico corría por cuenta de los beneficiarios de las viviendas quienes además de contar con el lote donde se construiría el inmueble, debían suscribir un “pagaré que avalara la cancelación del cupo crédito de la vivienda”, al igual que debían “pagar la cuota inicial y ciento ochenta mensualidades” y, la Fundación aportaría la suma faltante -$10.000.000 por cada vivienda- a través de la gestión de donaciones por entidades nacionales o internacionales”.
¿Cómo va la lucha contra la corrupción en Colombia?
A propósito de la lucha contra la corrupción en Colombia, hace pocos días tanto Americas Society/Council of the Americas (AS/COA) como Control Risks, empresa de consultoría especializada en riesgos globales, presentaron el Índice de Capacidad para Combatir la Corrupción (CCC) 2O21, donde se evalúa la capacidad de los países de América Latina para descubrir, castigar y detener la corrupción.
Pues sobre este tema, Brian Winter, vicepresidente de política de AS/COA, señaló que el CCC da cuenta de que “los esfuerzos para combatir la corrupción son más necesarios en 2021 que nunca”. Agregó que América Latina ha estado entre las regiones más afectadas por la pandemia. “Con los gobiernos bajo una creciente presión financiera y los sistemas de salud en muchos países gravemente afectados, los efectos perniciosos de la corrupción en la sociedad se amplifican”, explicó.
En el ranking que figuran 15 países, Uruguay se llevó el primer lugar con con el puntaje más alto del Índice CCC 2021, al obtener una calificación de 7,8 sobre 10. Esto significa que el país uruguayo es considerado el país donde es más probable que se detecte, castigue y prevenga la corrupción en toda la región.
A esta economía le siguen Chile, con una puntuación de 6,51, Costa Rica (6,45), Perú (5.66), Argentina (5,16), Colombia (4,81), Ecuador (4,77), Panamá (4,55), República Dominicana(4,38), México (4.25), Paraguay (4,08), Guatemala (3,84), Bolivia (2,43) y Venezuela (1,40). Reflejando, en ese mismo orden, la posición que ocupó cada país.