Nación
Condenan a Fiscalía por caso de capitán del Ejército injustamente acusado de participar en masacre paramilitar
El pronunciamiento lo hizo el Consejo de Estado tras estudiar un caso ocurrido en un batallón de Yopal, Casanare.
El Consejo de Estado condenó este miércoles (15 de diciembre) a la Fiscalía a pagar más de 336 millones de pesos, como reparación al daño que le causó a un militar injustamente señalado de colaborar en la ejecución de una masacre que cometieron los paramilitares, cuando el exuniformado era capitán del Ejército.
“El organismo investigador también deberá emitir un comunicado pidiendo perdón al demandante, por la afectación a su buen nombre, que produjo por la injusta privación a su libertad, que sufrió entre abril del 2000 y enero del 2005″; advierte la decisión conocida por SEMANA.
En este caso, la víctima fue capitán del Batallón Guías de Casanare con sede en Yopal, que tenía la misión de salvaguardar la actividad petrolera en la región, en desarrollo de la operación ‘Oro negro’. El fallo explica que fue señalado por algunos testigos de haberse relacionado con los paramilitares que cometieron la masacre, ocurrida en la vereda La Cabuya de Tame (Arauca) el 19 y 20 de noviembre de 1998. En la acción, de la que fueron cómplices varios integrantes del Ejército, asesinaron a cinco personas señaladas de colaborar con la guerrilla.
El exuniformado fue capturado el 27 de abril del 2000, se le impuso medida de detención preventiva y se le juzgó por homicidio agravado en concurso con concierto para delinquir. Ante la decisión del Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Arauca de declararlo inocente del cargo el 18 de enero del 2005, presentó demanda de reparación directa, con el fin de obtener un resarcimiento económico de 670 millones de pesos del 2007.
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En este caso puntual conocido por SEMANA, aunque la Fiscalía apeló el fallo, el Tribunal declaró desierto el recurso, debido a que “el recurrente no se presentó a la audiencia de conciliación que procede en estos casos. Dado que la sentencia impone una condena superior a los 300 salarios mínimos en contra del Estado y teniendo en cuenta que no podía darse trámite a la apelación”, y le correspondió al Consejo de Estado asumir el conocimiento del caso.
La alta corte tras analizar la historia ratificó la condena, al considerar que los cuatro años y nueve meses en los que la víctima estuvo privado de su libertad originaron un daño especial, que debe ser reparado por la entidad causante del perjuicio.
Para la corporación judicial, “los testimonios de los habitantes de la zona donde se produjo la masacre, especialmente, el que lo señalaba de haber estado hablando con uno de los paramilitares responsables de la acción, constituyen los indicios graves de responsabilidad con los que contaba la Fiscalía para justificar la necesidad de imponer medida de aseguramiento contra el militar (r). De ahí que considere que esta decisión se ajustó a derecho”.