NACIÓN

Paro Nacional: Se suspende la negociación, ¿Es la conmoción interior una salida?

La puerta al autoritarismo para unos; la puerta para solucionar la crisis para otros. Una figura polémica y con un pasado oscuro. SEMANA le explica lo que estaría en juego. 

5 de junio de 2021
Colombia vive uno de los momentos más convulsionados de su historia reciente. ¿Cómo enfrentarlo? Cualquier respuesta provoca controversia. | Foto: juan carlos sierra-semana

Al menos 48 muertos, más de 2.300 heridos y centenares de denuncias sobre desaparecidos; decenas de carreteras del país bloqueadas; toneladas de alimentos y de medicamentos que no pueden entrar a las ciudades. Las exportaciones en Buenaventura frenadas. Miles de animales muriendo de hambre o sacrificados porque no llegan los insumos para alimentarlos. El Palacio de Justicia de Tuluá casi que arrasado por las llamas, y una decena de edificios judiciales más vandalizados o amenazados. Dos bebés muertos porque se impidió el paso de las ambulancias. Civiles disparando por cuenta propia en Cali, Medellín y Pereira. Evidencias de infiltración de grupos armados. Un costo económico de cerca de 6,1 billones de pesos, y contando. Las ciudades principales rebosadas por la covid... y, mientras tanto, miles de personas manifestándose en las calles de manera pacífica.

El listado podría seguir más y más. Colombia vive uno de los momentos más convulsionados de su historia reciente. Y las negociaciones parecen haber llegado a un punto muerto. Este domingo el gobierno anunció que el Comité del Paro se había levantado unilateralmente de la mesa. Con la salida del dialogo enredada, muchos piden medidas más fuertes.

¿Cómo enfrentar este momento? Cualquier respuesta provoca controversia. Sin embargo, hay una que despierta esperanza en un sector y escozor en otro: la conmoción interior. Para unos es la salida obvia y lógica a lo que ocurre; para otros sería el acabose y abrirle la puerta a un Estado autoritario que no tendría reversa.

La expresión, en todo caso, produce tanto miedo y tanta polémica que el mismo presidente Duque y sus altos funcionarios han salido a desmentir que hayan tomado esa salida. “Sobre la conmoción interior hay muchas noticias falsas que circulan en redes. Reitero: nosotros, en este momento, utilizamos todas las herramientas ordinarias que nos dan la Constitución y la ley; pero, como sociedad, insisto, debemos rechazar bloqueos y conversar para construir”, dijo el primer mandatario al cierre de mayo.

Lo primero que hay que decir de la frase del presidente es que la conmoción interior no está descartada del todo. No habría razones para que la Casa de Nariño lo hubiera hecho; se trata de una medida creada por la Constituyente de 1991 y que está muy bien reglada en la carta política. En ese momento fue diseñada así precisamente para que no se permitiera ningún abuso.

La Constitución señala que, en “caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior”.

La figura puede aplicarse a todo el territorio nacional o a una parte, y no debe decretarse por más de 90 días. No obstante, cabe la posibilidad de que estos sean prorrogados por dos periodos iguales. Si este fuera el caso, el último lapso tiene un control adicional, y es que tiene que ser sometido a votación en el Senado.

La conmoción interior no es un cheque en blanco al gobernante de turno. La Constitución es clara en señalar que el Gobierno solo “tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos”. En este sentido, en el pasado la Casa de Nariño ha dictado normas que permitían a los organismos de inteligencia hacer interceptaciones y allanamientos.

Y hay prohibiciones claras que la Constitución dejó para evitar tentaciones. Por ejemplo, en ningún caso, los civiles podrán ser investigados o juzgados por la justicia penal militar. No podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales. No se interrumpe el normal funcionamiento de las ramas del poder público ni de los órganos del Estado. Y se deja claro que el presidente es el responsable de los abusos que pudieran cometerse en este tiempo.

A eso se suma que la conmoción interior debe ser estudiada por la Corte Constitucional. La declaratoria pasa inmediatamente a estudio del alto tribunal, que desde 1991 ha sido un contrapeso al poder presidencial. En el Gobierno de Álvaro Uribe, por ejemplo, la corte tumbó un estado de conmoción interior al determinar que no existían circunstancias excepcionales para declararlo y que no se necesitaban medidas extraordinarias para conjurar lo que estaba pasando.

¿Por qué da tanto miedo?

Hay razones históricas que justifican este temor. Augusto Trujillo, presidente de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, recuerda que en la mitad del siglo pasado, Colombia vivió permanentemente en lo que se conocía como el estado de sitio. “Una situación irregular se volvió regular y quedó la sensación de que lo irregular era la normalidad”, señala el jurista.

El país no vivía en el siglo XX el estado garantista de la Constitución de 1991 al que están acostumbrados las nuevas generaciones. Durante la violencia de medio siglo, se abusó en exceso de los estados de sitio. Tanto que pocos recuerdan hoy que desde 1949 hasta 1958 el Congreso no sesionó con normalidad. En este lapso hubo tres presidentes, incluyendo a Gustavo Rojas Pinilla, con quien sucedió la única dictadura que ha conocido la nación.

  ¿Está Colombia ante un caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente la seguridad del Estado?
¿Está Colombia ante un caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente la seguridad del Estado? | Foto: esteban vega la-rotta-semana / alexandra ruiz poveda-semana

En el Frente Nacional, el uso de la figura bajó, pero se utilizó como mecanismo para poner a funcionar leyes que no eran aprobadas por el Congreso, de temas laborales y otros asuntos. No obstante, luego, durante el Gobierno de Julio César Turbay, el estado de sitio y sus abusos se volvieron la regla. “En Colombia nadie ignoraba que los poderes extraordinarios del presidente significaban consejos de guerra y restricción a las libertades”, explica Gustavo Gallón en su libro Quince años de estado de sitio en Colombia. El poder que tenían los huéspedes de la Casa de Nariño de declarar “turbado el orden público” y expedir normas sin controles se convirtió en uno de los principales puntos para cambiar en la Constitución de 1991.

¿Lo que vive Colombia ahora es una grave perturbación del orden público? La mayoría de colombianos respondería que sí; sin embargo, la salida de la conmoción interior divide opiniones. Hay quienes ya se han lanzado a apoyarla. Una de las voces más fuertes fue la de Germán Vargas Lleras. “De continuar esto así, el Gobierno debería contemplar la declaratoria de conmoción interior, medida que lo habilitaría temporalmente para controlar la circulación de vehículos, limitar el acceso o salida de determinados territorios, establecer toques de queda e inclusive suspender alcaldes y gobernadores”, escribió.

El exalcalde Enrique Peñalosa también aseguró que esa es la única manera de levantar definitivamente los bloqueos. “No hay que temerle; está en la Constitución. Pero no creo que se necesite… no hay que llegar a extremos”, agregó Andrés Pastrana. Otros, como el exministro conservador Juan Camilo Restrepo, han dicho que a la conmoción “vamos a terminar llegando, como van las cosas, pero tardíamente”.

Algunas voces del centro y de la oposición alertan este paso como la declaración de un Estado autoritario. Gustavo Petro afirmó que si esto sucedía, invitaría a un millón de personas a marchar a las calles.

Otros políticos han comparado el decreto que expidió el presidente Duque para militarizar algunas ciudades como una conmoción interior de facto. Iván Cepeda ya lo demandó por esa razón.

“La profunda crisis social en Colombia no se soluciona con mano dura. Se equivoca el Gobierno al priorizar un enfoque militar y expedir un decreto que equivale a una conmoción interior, pero evadiendo el control constitucional. Esto no es una guerra ni podemos convertirlo en una”, escribió Sergio Fajardo.

“¿Conmoción no por qué, sino para qué?”, reflexiona el jurista Trujillo. Según el experto, el país vive hoy entre dos extremos peligrosos: que el poder se vuelva autoritarismo o que la democracia se convierta en anarquía.

“Cuando algo así sucede, las soluciones no necesariamente son jurídicas, son políticas. El problema en este momento realmente no es jurídico”, agrega.