Daniel Quintero Tutela
Daniel Quintero, alcalde suspendido de Medellín. | Foto: Alexandra Ruiz

Judicial

Consejo de Estado admitió otra tutela contra la suspensión de Daniel Quintero

El accionante asegura que al alcalde de Medellín se le vulneraron cinco derechos fundamentales.

20 de mayo de 2022

El Consejo de Estado admitió para su estudio una nueva tutela en contra de la decisión de la Procuraduría General de suspender por tres meses a Daniel Quintero Calle como alcalde de Medellín, por presunta participación en política.

En la acción judicial presentada por Javier Alfonso Ibáñez Romero se señala que con la decisión de la Procuraduría General se vulneraron los derechos fundamentales del debido proceso, libre participación democrática, trabajo, seguridad social, mínimo vital y dignidad humana.

Igualmente, se cuestiona la decisión de la Presidencia de la República de designar a Juan Camilo Restrepo como alcalde encargado de la capital antioqueña.

Con ponencia del magistrado Fredy Ibarra Martínez, la Sección Tercera del Consejo de Estado concluyó que la acción judicial reúne los requisitos exigidos para estudiarla.

El despacho judicial le ordenó a la Presidencia de la República que en un término de dos días, y por el medio más expedito, rinda informe sobre los hechos que fueron cuestionados por el tutelante.

Sin embargo, debido a que en la actualidad el mismo alto tribunal está tramitando “acciones de tutela con similitud fáctica a la aquí expuesta”, se hizo una solicitud para que se evalúe la posibilidad de acumularse el proceso.

El pasado 11 de mayo la procuradora general, Margarita Cabello Blanco, anunció la suspensión y la apertura de una investigación preliminar disciplinaria en contra de Daniel Quintero Calle como alcalde de Medellín.

Esto después que publicara en sus redes sociales un corto video en el que mencionó la frase “cambio en primera”, una expresión muy utilizada en una de las campañas presidenciales.

Para el Ministerio Público esto representó una clara participación indebida en política, lo cual está totalmente prohibido por la ley.

Sin embargo, para el alcalde, la Procuraduría no tenía las facultades para suspenderlo de su cargo, puesto que se desconoce el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y el Nuevo Código Disciplinario.

El pasado viernes 13 de mayo, el alcalde de Medellín y varios de los partidos y movimientos políticos que lo acompañan en su gestión, radicaron varias acciones judiciales ante el máximo tribunal de lo contencioso administrativo.

En una de esas se pidió decretar una medida cautelar para suspender los efectos de la decisión de la Procuraduría General con el fin de que Daniel Quintero Calle volviera al cargo, para el cual fue elegido popularmente.

Sin embargo, la magistrada Nubia Margoth Peña no aceptó la petición al considerar que no se cumplían los requisitos. “(…) Revisadas las decisiones objeto de tutela y las razones que aduce el actor para solicitar la suspensión provisionalmente de sus efectos, a juicio del despacho, las mismas no resultan suficientes para decretar la medida cautelar en comento, pues el actor no allegó prueba alguna tendiente a demostrar la existencia de un perjuicio irremediable o un daño inminente frente a sus derechos, que estima vulnerados, por la suspensión, de manera provisional, del ejercicio del cargo al señor Daniel Quintero Calle, como alcalde del municipio de Medellín”.

En este caso, según pudo establecer SEMANA, ya presentaron sus conceptos el Movimiento Político Independientes, varios concejales de Medellín y el Ministerio del Interior.

Igualmente, la Procuraduría General ya envió el expediente de la investigación disciplinaria que se adelanta por presunta participación en política.