ENTREVISTA
“Es una pifia que la Judicatura pueda resolver conflictos de competencias”: Consejo de Estado
Danilo Rojas aplaude y critica varios aspectos del nuevo acuerdo. Dice que la refrendación debe ser con desarrollos normativos en el Congreso.
Aunque da su espaldarazo a muchos de los apartes del acuerdo de paz, el presidente del Consejo de Estado, Danilo Rojas, indica que en el texto se deben cambiar lo que llama pifias: cuestiona que se haya incluido en una función tan importante, la de resolver conflictos de competencias a la Judicatura, un órgano que es netamente administrativo. También alerta por el riesgo de que las reparaciones integrales del Consejo de Estado se caigan por la fórmula que se adoptó en la Mesa de La Habana.
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En la Corte Suprema de Justicia realizan una revisión del acuerdo renegociado y este jueves emitirán un pronunciamiento sobre el tema.
Semana.com: Después de los comentarios enviados a La Habana, ¿cómo evalúa el nuevo acuerdo?
Danilo Rojas: Creo que tiene aspectos muy interesantes como que se acogen muchas observaciones que hicimos desde el Consejo de Estado, pero en otros hay errores crasos. Y diría que son errores de asesoría fundamentales, auténticas pifias.
Semana.com: ¿Sobre el tema de tutela contra sentencia?
D.R.: Puede ser objeto de cuestionamientos, pero se definió claramente cómo será el tema de tutela. Me gusta como quedó el tema de tutela porque le permite a la jurisdicción de paz preservar una autonomía importante y en justicia transicional eso es relevante, de manera que solamente van a la Corte Constitucional casos muy excepcionales. Esa excepcionalidad está garantizada por la Sala de Selección, que es un modelo muy interesante para ser tomado en cuenta en otros problemas de tutela que tenemos actualmente. La Sala de Selección está compuesta por dos magistrados de la Corte Constitucional y dos magistrados de la Jurisdicción de paz, y eso es un dialogo interesante para que se decida de manera unánime si un caso debe ir o no a la Corte. Ese mismo modelo es el que deberíamos aplicar para la tutela contra providencia de altas cortas y así evitar los choques de trenes.
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Semana.com: En el tema procedimental ¿queda tranquilo?
D.R.: Llamábamos la atención sobre el peligro que había en establecer una serie de procedimientos un poco al margen de los procedimientos jurídicos que tenemos para resolver los casos en la justicia ordinaria. El acuerdo acá, de manera un poco más escueta, permite que los procedimientos existentes y los principios de los existentes, de contradicción, de debido proceso, se integren a los procedimientos que el tribunal especial de paz vaya a instituir. Me parece que es un buen arreglo, una buena articulación con la jurisdicción.
Semana.com: ¿Qué le parece una pifia?
D.R.: La primera es que se le atribuye al Consejo Superior de la Judicatura la competencia para resolver distintos conflictos de jurisdicción que se puedan presentar entre la JEP y la ordinaria, que no es una función menor. Justamente los asuntos de la Jurisdicción de Paz son los que están relacionados con el conflicto y este es un término muy abierto y ambiguo que puede llevar a que casos claves tengan diferentes interpretaciones. Como viene en el acuerdo, esto lo tiene que entrar a resolver la Judicatura que no tiene ninguna experiencia en eso, que no tiene la competencia constitucional para eso y que cuando lo tenía la Sala Disciplinaria de la Judicatura, en la reforma al Equilibrio de Poderes se lo quitaron y se la pasaron a la Corte Constitucional. Queda la Judicatura, que no tiene la función jurisdiccional, con esa función y esto es una absoluta pifia, debe ser excluida del acuerdo porque no tiene ningún sentido normativo.
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Semana.com: Frente a su preocupación por las reparaciones administrativas ordenadas por el Consejo de Estado, ¿cómo vio el resultado?
D.R.: Le dejaron un papel bastante escueto al Consejo de Estado. En algún aparte se dice que el tribunal de paz podrá tomar las decisiones en materia de reparación salvo lo que el Consejo de Estado haya resuelto en materia de reparación económica. Pero para decir a continuación que reparación simbólica, garantías de no repetición, corren por cuenta del tribunal especial. Resulta que el Consejo de Estado desde el año 98 para acá viene haciendo condenas que involucran no solamente la indemnización económica sino una reparación integral, esto es reparación simbólica y garantías de no repetición en muchísimos casos de la misma forma en que lo hace la Corte IDH. Creo que en ambos casos hay errores crasos: una falta de conocimiento de lo que hace la Judicatura y lo que hace el Consejo de Estado.
Semana.com: ¿Sienten que les desconocen las sentencias?
D.R.: Eso puede ser objeto de observación y cuidado. Imagínese que hayamos hecho una condena por una masacre o por un hecho del conflicto armado, en donde se haya dictado una orden de reparación integral como perdón, cursos para efectos de no repetición a la Fuerza Pública y eso se desconozca. Entonces en eso no hay cosa juzgada sino que eso lo puede volver a tocar el tribunal de paz, me parece que eso es problemático para la jurisdicción.
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Semana.com: ¿Se resolvieron sus inquietudes alrededor de la cosa juzgada?
D.R.: Tengo todavía la inquietud, pero lo que queda es que la Corte Suprema de Justicia podrá revisar ella misma sus propias decisiones cuando se den causales de hechos nuevos, y eso no es novedad eso está bien. Lo que pasa es que en el acuerdo viene un aspecto que dice que solamente podrán solicitar la revisión de las sentencias al tribunal de paz los combatientes. Esto quiere decir que cuando la solicitud la hagan quienes no son combatientes deberían ser resueltos por la corte. Es un poco ambigua la redacción. Creo que se desaprovecha una oportunidad para aclarar el tema de cosa juzgada de manera más genérica y no solamente en relación al tema penal porque haría hincapié en cosa juzgada en materia disciplinaria y contencioso administrativa que me parece que no aparecen suficientemente resueltas.
Semana.com: ¿Cree que para hacer estos cambios se debe reabrir el acuerdo?
D.R.: No sé cómo va a ser. Ojalá se pudiera resolver en los desarrollos normativos del acuerdo. Concretamente, en lo de la Judicatura es imposible darle esta función, esto va a tener problemas normativos constitucionales por donde se mire. Tendrán que resolverlo en el acuerdo que es lo más fácil o someterse a un proceso hermenéutico, largo, complicado, para darle una interpretación distinta posteriormente.
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Semana.com: ¿Cómo debe ser refrendado el acuerdo?
D.R.: Es un tema delicado, pero creo que la manera más adecuada es el desarrollo. Simplemente el desarrollo por parte del Congreso. Uno podría hacer más o menos la siguiente reflexión: si el acuerdo incorpora la mayor parte de los comentarios, es decir el 98 por ciento como dijo el Presidente, quiere decir que buena parte la totalidad de las observaciones de quienes apoyaron el No están allí, y ahora están allí con una representación en el Congreso, mayor legitimidad no podría tener.