La Concesionaria Ruta del Sol SAS entró en liquidación judicial en enero de este año. El agente designado para este proceso entregó un informe final que deberá validar la Superintendencia de Sociedades.

JUSTICIA

Consejo de Estado declara ajustado a derecho el laudo arbitral en el caso de la Ruta del Sol

La decisión había sido histórica porque declaró la nulidad del millonario contrato de construcción por la corrupción que se emanó en ese proceso.

7 de octubre de 2020

Los movimientos de las empresas integrantes del Consorcio Ruta del Sol, Consol, y de algunas entidades financieras que intentaron quitarle firmeza al histórico laudo arbitral sobre la Ruta del Sol fueron infructuosos. El Consejo de Estado acaba de declarar infundado el recurso interpuesto para tumbar la providencia del tribunal arbitral, que en agosto del año pasado declaró nulo el millonario contrato de construcción de esa obra, luego de revelarse la corrupción que se había presentado.

Así las cosas, el consorcio constructor de la controvertida obra ligada al escándalo de Odebrecht, fracasó en su intento por cobrarle al Estado Colombiano 2,4 billones de pesos que, a su juicio, habría costado la ejecución de las obras que se vieron frustradas en medio del entramado de corrupción.

Vea a María Jimena Duzán explicar lo que sucedió con la Ruta del Sol

Esto deja con plena validez el laudo proferido por los árbitros Carlos Mauricio González, Jorge Enrique Ibáñez (presidente) y Catalina Hoyos, que anuló el contrato de la Ruta del Sol 2 por causa ilícita, es decir, por haber sido obtenido a través de las vías de la corrupción. Para esta decisión, los árbitros tuvieron en cuenta una decisión proferida meses antes por la Corte Constitucional en la que se aseguró que solo se podrían hacer desembolsos a quienes hubieran actuado de buena fe.

Ruta del Sol 3, cerca a Bosconia en el Cesar
Así luce el pedazo de la megautopista Ruta del Sol, inaugurada en el tramo del Cesar. | Foto: Presidencia de la República

La determinación que acaba de tomar el Consejo de Estado, que deja en firme el laudo, fue proferida por la Sala Contenciosa Administrativa del Consejo de Estado. El laudo, que conserva así su pleno vigor, fue proferido en agosto de 2019 por un tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá, y en él determinó que el Estado solo deberá reconocer el pago de 211.000 millones de pesos por las obras que alcanzaron a ser construidas antes de que el contrato se viera viciado por el pago de sobornos que ha venido investigando la justicia penal.


La sala del Consejo de Estado acogió la ponencia de la magistrada María Adriana Marín, en la que hizo un detallado análisis del proceso y de cada una de las 15 pretensiones de los demandantes, antes de declararlas infundadas. En uno de los apartes principales de la providencia, el Consejo de Estado respaldó jurídicamente la decisión del tribunal arbitral al ordenar que la suma de 211.000 millones de pesos que la ANI deberá pagarle a la concesionaria a título de restituciones, sean dispuestos también para el pago de acreencias a quienes hayan intervenido como terceros de buena fe.

Entre las múltiples causales jurídicas que habían invocado los demandantes del laudo estaban no haber sido citados o notificados como parte del arbitraje (invocada por varios bancos); que el tribunal de arbitramento no tenía competencia para decidir sobre las acreencias del patrimonio autónomo; que tampoco tenía jurisdicción y competencia y que no era procedente haber fallado en conciencia o equidad “debiendo ser en derecho”. El Consejo de Estado analizó cargo por cargo y los declaró infundados.

Los árbitros del tribunal de derecha a izquierda Carlos Mauricio González, Jorge Enrique Ibañez y Catalina Hoyos | Foto: León Darío Peláez

Esta decisión es un revés para las pretensiones del consorcio Consol, conformado por Odebrecht con el 62 por ciento, y Episol, una de las compañías del Grupo Aval, que participa allí con el 33 por ciento, y por el Grupo Solarte, con el 5 por ciento restante.

La concesionaria le reclamaba 2,4 billones de pesos a la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, con los cuales buscaba pagarles a los bancos 1,4 billones de pesos que les adeuda, y el billón restante lo consideraba parte del costo de la obra. Por eso el fallo del tribunal de arbitramento fue sorpresivo para todos los que esperaban que el Estado pagara por sus pretensiones.

Incluso los bancos habían expresado su interés de que el tribunal de arbitramento los considerara terceros de buena fe al considerar que eran ajenos a los sobornos, sobrecostos y contratos ficticios que había hecho la concesionaria. Por eso esperaban que les aceptaran su reclamación por 1,2 billones de pesos que prestaron para desarrollar esas obras, además de 229.000 millones de pesos por concepto de los intereses causados hasta ese momento.

Pero en el fallo de agosto pasado los árbitros declararon nulo el contrato por corrupción y redujo las pretensiones a 211.000 millones de pesos, de los cuales en ese momento la Ani solo tenía pendientes de pagar unos 24.000 millones.

Además de la sorpresa general que en ese momento generó este fallo, también dio un portazo a los acercamientos que semanas antes había hecho el Gobierno a través del Ministerio de Transporte con el concesionario y los bancos involucrados. Al final, el tribunal solo aprobó que se reconociera el costo estricto de la obra.

La decisión del Consejo de Estado zanja una de las principales disputas que tanto Consol como los bancos que participaron en la financiación de las obras de la Ruta del Sol tenían con el Estado. Y sientan un precedente importante para quienes han buscado obtener a través de fallos judiciales, el resarcimiento para sus intereses.