Nación
Consejo de Estado dio vía libre para que la Agencia Nacional de Tierras pueda comprar predios emproblemados o invadidos
La misma entidad, por medio de una directiva, había limitado la competencia del Consejo Directivo para adelantar dichos procesos. Para el alto tribunal, esa decisión causó efectos jurídicos.
En una decisión trascendental, el Consejo de Estado le eliminó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) la directiva que había emitido en el año 2020, para eliminar la competencia del Consejo Directivo de la entidad de adelantar procesos de adquisición de tierras invadidos u ocupados irregularmente.
En un fallo de 10 páginas, la Sala de lo Contencioso Administrativo decidió declarar nulos los apartes de la Directiva 1 de 2020, que citaban: “Las dependencias que participan en la implementación de la compra de predios rurales con fines de reforma agraria deberán abstenerse de realizar la adquisición de inmuebles con conflictos por invasiones u ocupaciones de hecho”.
La decisión del alto tribunal se basó en que la ley como tal no otorga ningún tipo de facultades al director de la Agencia Nacional de Tierras, para emitir una directiva con la que se abstuvo la entidad de adelantar procesos para la adquisición de esos bienes que estaban bajo condiciones que involucraban a terceros.
El Consejo de Estado también eliminó de esa directiva el aparte que mencionaba que “en los casos de procesos de compra directa de predios que se encuentra en curso que hayan sido puestos en oferta por sus propietarios, que hayan sido objeto de invasiones u otras de las vías de hecho mencionadas en el apartado anterior, se suspenderán tales procesos, y no se procederá con los respectivos estudios técnicos que viabilizan la compra”.
Y es que mientras la ley autoriza a la ANT a iniciar procesos de predios invadidos en algunos casos, el acto que tumbó el Consejo de Estado estableció una limitación general que le imponía a la entidad frenar una facultad que le había dado el Congreso de la República.
Por eso, la Sala consideró en su fallo que “la ley estableció una prohibición general, con excepciones, y otorgó una competencia, y la Directiva estableció una prohibición absoluta, sin excepciones, con lo cual cercenó por completo la competencia de origen legal. Es decir, mientras la ley habilitó, aunque de manera excepcional, la Directiva prohibió, con lo cual nos encontramos ante dos prescripciones contradictorias contenidas en normas diferentes”.
Sin embargo, el alto tribunal advirtió que esa directiva ya había sido eliminada en el año 2020, pero para adelantar un juicio de legalidad se decidió tumbarla de manera definitiva, teniendo en cuenta que en su momento surtió efectos jurídicos.
“Para la Sala resulta absolutamente claro que, de un lado, la citada ley otorgó al Consejo Directivo de la Agencia una competencia para autorizar a la Agencia determinada conducta y, de otro lado, la Directiva, proferida por el director de la Agencia, indicó que tal competencia no podía ser ejercida”, concluyó el Consejo de Estado.
En el año 2017, cuando el director de la Agencia Nacional de Tierras era Miguel Samper, miembro de la Alianza Verde, se emitió la directiva que les prohibió a todos los funcionarios y contratistas continuar procesos de compra de tierras que hayan sido invadidas.
En ese entonces, Samper aseguró: “Aquí no vamos a tolerar violaciones a la propiedad privada. No vamos a tolerar ningún hecho que vulnere los derechos constitucionales de los propietarios. No vamos a comprar un solo metro de tierra de una finca invadida u hostigada”.