| Foto: Guillermo Torres

JUSTICIA

Consejo de Estado le devuelve la curul a Antanas Mockus

Una tutela acaba de dejar sin efectos la decisión que anuló la elección al senador del Partido Verde. El alto tribunal encontró válido el argumento del abogado Humberto de la Calle que alegó que al congresista se le juzgó dos veces por el mismo hecho.

2 de julio de 2019

Los magistrados de la Sección Primera del Consejo de Estado acaban de cazar un choque de trenes con sus colegas de la Sección Quinta frente al caso de Antanas Mockus, el segundo congresista más votado del país. Los primeros decidieron tumbar la decisión de los segundos, lo que significa que, por ahora, le tendrán que devolver la curul al congresista de la Alianza Verde. 

Así lo decidieron tras fallar una acción de tutela interpuesta por el abogado Humberto de la Calle, quien alegó que a su cliente se le violó el debido proceso y fue juzgado dos veces por el mismo hecho. Con esta nueva decisión, el caso Mockus entró en una telaraña de decisiones judiciales que en las próximas horas podría dar un nuevo giro y que seguramente tendrá su instancia de cierre más adelante en la Corte Constitucional por haberse instaurado una acción de tutela, muy susceptible de ser seleccionada para revisión por el máximo tribunal.

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La primera vez que hubo un pronunciamiento judicial en este caso ocurrió cuando la Sala Primera del Consejo de Estado negó decretarle la muerte política al senador en razón al contrato que Corpovisionarios tuvo con el Estado seis meses antes de las elecciones al Congreso de la República. Aunque una figura como estas representa una inhabilidad, en el estudio de una demanda de pérdida de investidura los magistrados de esa sección establecieron que Mockus, representante legal de la firma, no actuó de mala fe. 

No obstante, semanas después, una nueva decisión de la Sección Quinta ordenó declarar la nulidad de su elección como congresista. En este segundo pronunciamiento, los magistrados establecieron que Mockus seguía siendo representante legal de Corpovisionarios hasta el momento de la firma del contrato, por tanto no era una justificación válida decir que no estaba al tanto de todas las decisiones que tomaba Henry Murraín, director ejecutivo de la fundación.

Esta decisión despojó de la curul a Antanas Mockus quien había advertido que acataría el fallo al señalar que respetaba los “dictámenes jurídicos sin titubeos”, pero que por respeto a sus más de 540.000 electores agotaría "todas las instancias jurídicas" para defender su derecho a ser elegido.

La determinación, al interior del Consejo de Estado, implicó un contrasentido entre la Sección Primera cuyo fallo fue favorable a la permanencia de Mockus como senador y la Sección Quinta que posteriormente decidió sacarlo del Congreso. Cabe recordar que tras el pronunciamiento de la Sección Quinta y la formulación de la tutela que ahora se resuelve, al ser admitido el recurso, se dispuso también una medida cautelar que restituyó a Mockus temporalmente como senador mientras se decidía de fondo la tutela. Esto último es lo que acaba de ocurrir.   

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Y la decisión implica nuevas chispas entre salas del Consejo de Estado. En el nuevo round surtió efecto la acción de tutela que puso el abogado de Mockus.  Según el lider político, con este recurso no pretendía desafiar a las instituciones ni a las decisiones judiciales, sino que era presentado “para corregir la legalidad, el Estado de derecho y la propia coherencia del sistema judicial, también para defender la democracia y los derechos políticos de quien les habla y sus electores”. 

El argumento central de la tutela radicaba en que se debían proteger los derechos fundamentales del senador, los cuales le fueron violados por una evidente falla en el debido proceso en la modalidad de ser juzgado dos veces por el mismo hecho. El recurso de tutela señaló que la Sección Quinta juzgó un asunto que ya había sido estudiado y decidido en primera instancia por la Sala Primera. Este argumento fue ponderado y validado por la propia Sección Primera del Consejo de Estado al resolver en favor de Mockus la tutela. La ponencia estuvo a cargo de la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón. 

De la Calle, defensor de Mockus, también fue enfático en explicar que 
a pesar de continuar siendo presidente de Corporvisionarios hasta 2018, había delegado desde 2006 la representación legal de la contratación de Corpovisionarios en el director ejecutivo Henry Murraín. Y efectivamente, entre 2006 y 2019, el director ejecutivo había suscrito en nombre de Corporvisionarios 174 contratos, de los cuales 42 fueron con instituciones públicas.

Los magistrados efectivamente concluyeron que como Mockus fue absuelto de la pérdida de investidura en primera instancia por el Consejo de Estado no podía ser sancionada la acción de nulidad. “Hay una ley que dice que no puede haber fallos contradictorios y que el primer fallo es el que tiene el efecto de cosa juzgada, el primer fallo fue absolutorio y la Sección Quinta, con todo respeto, de alguna manera se le atravesó a la Sala Plena”, dice la decisión de la tutela.

Ahora bien, la Sección Primera también determinó que la Quinta carecía de toda competencia para anular la elección de Mockus, ya que debía esperar a que se decidiera la segunda instancia en el caso de pérdida de investidura: "Debió esperar a que la Sala Plena resolviera el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia en el proceso de la pérdida de investidura, o remitir el proceso de nulidad electoral a la Sala Plena", indicó el fallo. 

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Precisamente, este miércoles, la Sala Plena del Consejo de Estado deberá decidir la segunda instancia en el caso de pérdida de investidura en el caso Mockus. La determinación que se produzca en las próximas horas podría volverle a cambiar el rumbo al escarpado camino judicial que ahora rodea el caso del congresista.

Entre las consideraciones de la Sección Primera también está que era una "obligación de la Sección Quinta" llevar el proceso de Antanas Mockus a la Sala Plena por la importancia jurídica que representaba tratándose de "la elección del segundo senador más votado en el país, quien ya había sido absuelto en primera instancia en el proceso de pérdida de investidura". Solo de este modo, el pleno de los magistrados hubieran podido ejercer su función unificadora y hubieran evitado decisiones contradictorias entre las secciones.

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