NACIÓN

Golpe para el Consejo de Gobierno Judicial

El Consejo de Estado suspendió la convocatoria por medio de la cual se eligió a tres miembros de ese órgano.

21 de enero de 2016
| Foto: Daniel Reina

Los magistrados y demás servidores del Consejo Superior de la Judicatura encontraron este miércoles un motivo más para respirar tranquilos, a pesar de la decisión política del Gobierno y el Congreso para suprimir esa corporación. Una nueva decisión del Consejo de Estado frena la conformación del Consejo de Gobierno Judicial, el organismo que tenía la misión de asumir las funciones de la Sala Administrativa.

Con ponencia de la magistrada Sandra Lisset Ibarra, la Sección Segunda del máximo tribunal de lo contencioso suspendió el acto de convocatoria que permitió la elección de los tres integrantes con asiento permanente en la entidad a la que le correspondería administrar la justicia, desde la supresión del Consejo Superior.

Cuando el Congreso aprobó la reforma constitucional del equilibrio de poderes, estableció mecanismos transitorios para que los magistrados de las altas cortes eligieran a los integrantes de la entidad que asumiría las funciones administrativas del Consejo de Gobierno Judicial.

El nuevo órgano administrador de la Rama sería integrado por un representante de los empleados y otro de los jueces y magistrados de Tribunal, que serían elegidos por votación de los todos los servidores judiciales. Además, harían parte de él tres integrantes con asiento permanente en el Consejo y dedicación exclusiva y un gerente, que serían seleccionados por los actuales presidentes de las altas cortes; estos a su vez harían parte de la entidad reemplazante del Consejo Superior.

El proceso, aunque vertiginoso, se cumplió con éxito. En la última semana de labores de las cortes en el 2015 el Consejo de Gobierno Judicial ya contaba con ocho de sus integrantes. Solo faltaba designar al gerente de la Rama y, con ello, poner fin al funcionamiento de casi 30 años del Consejo Superior de la Judicatura, al menos en sus funciones administrativas.

A último momento, el Consejo de Estado tomó algunas decisiones que hirieron gravemente la conformación de la entidad que asumiría el control del poder jurisdiccional en Colombia. La Sección Quinta de esa corporación suspendió la elección del representante de los jueces y los magistrados, Vicente de Santis y, posteriormente, las de los tres integrantes permanentes del Consejo, Laura Tobón, Juan Carlos Grillo y Gloria López.

Esa decisión le permitió a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura seguir en funciones en el 2016, pese a la firme intención del Gobierno de Juan Manuel Santos de eliminar la entidad antes de comenzar el nuevo año.

Tras la grave estocada, el mismo Consejo de Estado le propinó otro golpe al nuevo Consejo este miércoles. Esta parece ser una herida de muerte, pues ordenó suspender el acto administrativo por medio del cual los presidentes de las altas cortes realizaron la convocatoria que permitió la elección de Tobón, Grillo y López.

Esto significa que aun cuando se levante la medida cautelar sobre la elección de estas tres personas tampoco podrán posesionarse de su cargo, si persiste esta nueva medida cautelar. En síntesis, el Consejo de Gobierno pasó de estar integrado casi por completo a estar prácticamente desmantelado. Al parecer, la gestión de los electores fue tan apresurada que, en vez de ayudarle a la reforma, terminaron perjudicándola, pues impidieron conformar a la más importante de las instituciones que vio la luz con el equilibrio de poderes.

Y es que el Consejo de Estado considera que si bien no era necesario que estas elecciones contaran con un reglamento previo, tampoco podían desconocer los principios de publicidad, transparencia, participación ciudadana y mérito. Para esa corporación, se desconocieron esos deberes porque no se establecieron criterios de evaluación. Además, concluyó que el nuevo Consejo no tenía competencia para convocar a “especialistas en TIC, profesionales con capacidades gerenciales y expertos en políticas públicas con conocimientos o experiencia en el sistema judicial”, ni para modificar los requisitos establecidos en la reforma constitucional.