Nación
Continúa la polémica por la troncal de Los Andes: piden vigilancia especial para recuperar predio
En la acción judicial señalan que un particular se apropió de un predio para explotarlo con un beneficio propio.
Un nuevo tropiezo se presentó en el proyecto de construcción de la Troncal de los Andes, una variante que conectará al municipio de Chía, en el departamento de Cundinamarca, con la Autopista Norte, en Bogotá. Esto, por lo que se considera una ocupación ilegal de uno de los predios que están en el cronograma de la obra.
Un ciudadano de Chía presentó ante la Alcaldía y la Personería una solicitud para que se realicen las acciones pertinentes al tramo vial correspondiente a la carretera pública rural de Samaria (conocida anteriormente como Las Delicias-El Cerrito), esto debido a que “fue tomada de manera irregular por particulares” con el fin de desarrollar proyectos urbanísticos “que solo benefician sus intereses particulares”.
Esta acción, según se reseña en un documento de ocho páginas, afecta la movilidad “al tener que usar vías alternas con incremento de curvas de 90 grados, cuando se contaba con una línea recta de trayectoria”. La apropiación, motivo de la polémica, está ubicada en la hacienda Samara, por donde antes pasaba la carretera verdal que conducía de Chía a El Cerrito.
En el documento, incluso, se ponen de presente los planos del tramo vial que opera actualmente sin los permisos. Tras revisar las escrituras públicas que datan de 1994, se concluye que “la vía no hace parte del terreno, por lo cual ni siquiera la misma resolución autoriza apropiarse de ella”.
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Igualmente, se anexan las fotografías de la carretera que, según él, opera de manera ilegal. Frente a esto pidió una vigilancia especial a la Alcaldía y la Personería con el fin que se revisen las escrituras públicas de dicho predio y se evalúe la existencia de la obra y las irregularidades que se presentan allí.
“(…) la existencia del plano anexado en este documento, en el que se determinan claramente que el tramo de 1.280 m aproximadamente de la carretera rural de Samaria o conocida anteriormente Las Delicias-El Cerrito es una vía pública y que no hace parte de los terrenos allí descritos, al encontrarse claramente determinados los límites de los terrenos por el sistema de mojones y de planimetría a través del sistema de colores”, señala.
Considera que se está vulnerando el principio de bien público, omitiendo el hecho que es inalienable e imprescriptible. “(…) ello significa que personas naturales o jurídicas no pueden adquirir el dominio por prescripción adquisitiva, es decir, que la ocupación o posesión de un bien público jamás dará lugar a la adquisición de dominio por prescripción”. Frente al tramo de 1.280 metros en el que opera actualmente la carretera no se ha tramitado ninguna clase de proceso o gestión administrativa pública.
“No es posible autorizar construcciones de loteo o construcción de vivienda sobre el tramo”, esto debido a que la ley lo restringe, ya que afecta el uso y la movilidad pública. Las resoluciones que presentaron los herederos de los terrenos no hacen referencia al tramo de 1.280 metros, por lo que no hacen parte de los terrenos vendidos o adquiridos.
“Esta franja de terreno, reconocida en diferentes escrituras como propiedad de María de Cifuentes o sus herederos, tiene acceso a través de la carretera veredal de Samaria o Carrera a Chía, por lo cual mediante una vía de hecho al apropiarse de esta carretera se privó de uso a esta franja de terreno”, aclara.
En marzo pasado, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca levantó, parcialmente, la medida provisional de la licencia ambiental para la construcción de la Troncal de los Andes. En el fallo se decidió mantener la suspensión sobre todas las obras y actividades sobre el predio San Jacinto, lugar donde se ubica el cuerpo de agua que se pretende proteger.
Esta suspensión se mantendrá vigente hasta que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) apruebe el cambio menor o modificación de la licencia ambiental que presente la Sociedad Accesos Norte de Bogotá, en la que se tengan en cuenta los impactos sobre el cuerpo de agua ubicado en el predio San Jacinto o se emita la sentencia que ponga fin al proceso.
El levantamiento de la medida provisional permitirá al proyecto reiniciar las obras propias de la licencia otorgada, y adelantar las actuaciones necesarias para realizar el eventual cambio menor o modificación de la licencia, necesarios para cumplir la medida cautelar impuesta por el Tribunal.