Nación
Corte absuelve a la exgobernadora de Putumayo en el proceso por la avalancha de Mocoa que dejó 336 personas muertas
Para el alto tribunal, no se demostró que la exmandataria hubiera conocido el resultado del contrato de interventoría en el que se advertía de la ocurrencia del fenómeno natural
La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió a la exgobernadora de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca, en el proceso que se adelantaba en su contra por la avalancha de Mocoa, ocurrida la madrugada el 1 de abril de 2017 y que dejó 336 personas muertas.
La Fiscalía había acusado a la exmandataria por el delito de homicidio culposo en concurso homogéneo, por las presuntas conductas omisivas que dieron lugar a la tragedia. Sin embargo, para la Corte no se demostró que la entonces gobernadora hubiera tenido conocimiento del resultado de la interventoría que advertía de la ocurrencia del fenómeno natural para poder llevar a cabo acciones de prevención.
Además, de acuerdo con el análisis de la Corte, dicho informe no ofrecía “la fiabilidad suficiente para que se impusiera a la gobernadora la carga de ejecutar las medidas allí planteadas, máxime cuando su adopción no enmarcaba el ámbito de su competencia funcional”.
“Así, al no encontrar acreditada la existencia de las conductas delictivas enrostradas ni la responsabilidad de Sorrel Parisa Aroca Rodríguez en las mismas, deriva en la declaratoria de inocencia a su favor por los cargos atribuidos y así se procederá”, dice el fallo de la Corte.
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“Esta Corporación libra de la atribución de responsabilidad a la acusada y que el presente es un caso que ha llamado la atención de distintas comunidades que claman la intervención política y judicial en procura de visibilizar las problemáticas del Departamento de Putumayo, así como lograr la reparación a las víctimas por los lamentables hechos”, agrega la Corte.
No obstante, la Corte señala que con la tragedia ocurrida en Mocoa “la inoperancia administrativa y la desarticulación gubernamental quedaron al descubierto, situación que ha dado pie a la declaratoria de responsabilidad del Estado, determinada por la falla en el servicio, siendo este uno de los mecanismos con los que se puede enmendar en algo el daño sufrido”.
En ese sentido, en su sentencia la Corte hace “un llamado para que las autoridades políticas y administrativas de los órdenes nacional y territorial, ambiental y de gestión del riesgo adopten medidas que cristalicen los principios constitucionales y legales que extrañó la Fiscalía en la gestión de la acusada, con miras a reducir la vulnerabilidad de las comunidades e infraestructura ubicadas en las zonas de riesgo del municipio de Mocoa”.