JUSTICIA
Insisten en quitar cuota de alimentos a víctimas de un mal matrimonio
Corte Constitucional estudiará ponencia que insiste en tumbar el rol de culpable en un divorcio, con lo que se caerían los tradicionales pagos a las exparejas. Desprotección de mujeres víctimas será la clave en esta discusión.
Antes de suspender los términos de los procesos constitucionales por cuenta de la revisión de normas del proceso de paz, la Corte Constitucional se dispone a tomar una decisión definitiva frente a una demanda que busca hacerle una radical cirugía al Código Civil y cambiar las reglas de cómo se divorcian las parejas en Colombia.
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Lo que en concreto funciona hoy es que cuando no existe un común acuerdo para la separación un juez puede imponer el pago de una cuota de alimentos sobre el culpable. Para determinar este pago se tienen en cuenta siete causales como la infidelidad, el maltrato, soportar estados de embriaguez o drogadicción excesiva de su pareja.
En Colombia, la víctima de estas conductas casi siempre es la mujer. Por ello, antes de ordenar el pago de esta cuota de alimentos a las exparejas el juez tiene en consideración la posición social, económica, si la mujer trabajó o no porque se dedicó a los hijos. De cualquier modo, la decisión que adoptaría en la Corte no afecta la protección económica de los hijos.
El estudio de esta demanda se suspendió hace unas semanas por cuenta de un cambio de la ponencia, la cual fue presentada nuevamente esta semana. El nuevo documento es aún más radical que el anterior y ordena tumbar una buena porción del Código Civil acogiendo los argumentos de la demandante.
Para Juliana María Moreno Leguizamo (la demandante) no es justo que solo pueda pedir la disolución del vínculo quien haya sido afectado. Para ella, esta norma impide escoger, realizar una vida y escoger el estado civil de una de las partes. Por ello, busca que se eliminen los límites y se permita que no solo el agredido sino también el agresor, pueda pedir el fin del matrimonio ante un juez.
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Lo que el magistrado propone es prácticamente dejar sin efecto seis artículos del Código, que puntualmente establecen las reglas mediante las cuales uno de los conyugues puede ser declarado culpable en el marco de una separación. Esta postura sería derrotada por una contundente mayoría en Sala Plena que, entre otras consideraciones, ha manifestado su desacuerdo por lo que representa intervenir el espíritu de una línea histórica que dio el Congreso y la preocupación por el grado de desprotección que puede generar sobre cientos de mujeres víctimas de un mal matrimonio en Colombia.
Este es uno de los últimos estudios de constitucionalidad que hará este miércoles la Corte, ya que en el marco de la revisión de las normas de la paz este tribunal se dispone a suspender términos. Con ello, se dedicarán únicamente a revisar las iniciativas alrededor de los acuerdos de paz en los próximos meses y a evacuar los trámites de tutela.