JUSTICIA
Corte Constitucional no acogió la propuesta de Eduardo Montealegre para la paz
Los magistrados no se la jugaron porque el acuerdo firmado con las Farc se considerara un Acuerdo Especial a la luz del derecho internacional. Argumentaron que no son competentes para dirimir el asunto.
¿Qué significa que no sea considerado "acuerdo especial"?
Desde cuando el No se impuso en las urnas el pasado 2 de octubre, realmente no existe la misma claridad jurídica sobre el blindaje de los acuerdos que existiría si hubiera ganado el Sí.
Luego de la redacción de un nuevo acuerdo de paz, la principal pregunta era si finalmente se entendía que ese nuevo documento haría parte del bloque de constitucionalidad. Incluso, el día del anuncio el tema no estaba claro.
Luego de varias semanas el tema pasó a un segundo plano, pues se decidió hacer las reformas de la Constitución necesarias para implementar el acuerdo a través del Congreso de la República.
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Etiquetar el nuevo acuerdo como acuerdo especial y por consiguiente como parte del bloque de constitucionalidad tenía cuatro efectos importantes:
1) No habría sido necesario tramitar ninguna ley ante el Congreso de la República para incorporar las normas del acuerdo a la Constitución, sino que bastaría con su mera suscripción.
2) La Corte no podía realizar ningún control de constitucionalidad sobre el acuerdo, pues este tendría rango constitucional.
3) Cualquier norma contemplada en el acuerdo prevalecía sobre cualquier otra ley en Colombia.
4) La Corte Constitucional podía conocer demandas no sólo por la violación de la ley, sino también del acuerdo de paz, con lo que se volvía un garante adicional de la negociación.
La sentencia de la Corte Constitucional caerá bien en un sector de juristas que habían hecho críticas profundas a ese modelo. Jaime Castro, Hernando Yepes y Hugo Palacios, por ejemplo, habían alzado su voz de protesta al señalar que es ilegítimo que lo pactado por sólo unos cuantos negociadores pudiera llegar a modificar directamente la Constitución Política de Colombia. El tema se fue convirtiendo en una de las principales críticas a los acuerdos de paz y motivó a muchos de quienes votaron por el No en el plebiscito.
La sentencia no afecta la implementación de los Acuerdos de Paz, pues ni el Gobierno ni las FARC habían planeado la implementación con base en el escenario de que se impusiera esta tesis. El ingreso del acuerdo a la Constitución se interpretaba como el blindaje máximo al acuerdo. Pero el Gobierno desde hace 3 semanas trabaja en un plan b para evitar que un próximo mandatario modifique lo pactado con las Farc. En el Congreso cursa un proyecto acto legislativo para que sea de obligatorio cumplimiento el acuerdo firmado en el teatro Colón. La modificación a la constitución sería introducida por medio de un parágrafo transitorio que establece que en los próximos tres períodos presidenciales habrá obligación de acatar el acuerdo. Al proyecto impulsado por el Ejecutivo solo le falta un debate.