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Por grave caso de matoneo en el colegio Helvetia, la Corte Constitucional hace un fuerte llamado a colegios: “Tienen la obligación de actuar para frenar casos”
La Corte, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, analizó el caso de un niño que fue diagnosticado con ansiedad y depresión tras haber sido víctima de acoso escolar y a quien, pese a las alertas de la madre, no se le prestó la atención debida.
La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, hizo este martes 25 de julio un fuerte llamado de atención a los colegios para que tomen medidas para proteger a los niños, niñas y adolescentes frente al matoneo escolar.
T-252-23[1] by Felipe Andrés Morales Mogollón on Scribd
El pronunciamiento del alto tribunal se da tras revisar el caso de un niño que cursaba sexto grado en un prestigioso colegio de Bogotá, y quien fue víctima de matoneo o bullying por parte de sus compañeros. El menor fue diagnosticado con ansiedad y depresión como consecuencia del acoso.
De acuerdo con el relato de la madre del menor, su hijo comenzó a mostrarse decaído, lo que era evidente, ya que “todos los días, al llegar a casa en la ruta escolar, pasaba las tardes en silencio y de repente exteriorizaba solo llanto (...). Como manifestación adicional, empezó a perder interés por los asuntos del colegio, e inclusive ello se extendió a las materias que más atraían su atención”.
Al indagar sobre esta situación con el niño, él manifestó que “durante los descansos venía siendo sometido a malos tratos por parte de algunos de los ‘niños y niñas de diferentes grados’, quienes lo señalaban, de forma recurrente, de ‘gordo’, ‘tetón’, y estaban difundiendo el rumor entre los demás niños de que ‘Totó’, el nombre cariñoso por el que lo llaman sus amigos, significa ‘Vagina’ en República Dominicana”.
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Ante esta situación, la madre acudió a la psicóloga del colegio y ante las directivas de la institución, pero indicó que “ni los docentes ni el colegio activaron protocolos, estrategias, métodos de solución o actuaciones correctivas”.
A su juicio, esta omisión institucional condujo “a que las burlas y hostigamiento hacia nuestro hijo no solo continuaran, sino que se incrementaran, por lo que (el niño) ante el silencio cómplice y como forma de evitar el conflicto, empezó a eludir las zonas del colegio en las que solían estar sus agresores, como única forma de evitar ser sometido a ellas”.
Los hostigamientos se agravaron desde el momento en que el niño comenzó a asistir a la Escuela de teatro musical, pues los niños mayores, al evidenciar que en este lugar bailaba, cantaba y actuaba, “empezaron a hostigarlo todos los miércoles, señalándolo de ‘gay’”. Esto hizo que el menor dejara las clases de teatro reprimiendo sus gustos por la música y el arte, pues no soportaba la presión psicológica que recibía por parte de sus compañeros.
Como consecuencia del matoneo, el menor bajó su rendimiento escolar, comenzó a sufrir vómitos y diarreas y sus ciclos de sueño se vieron afectados, pues según relató su madre, “su mente reproducía los eventos de acoso una y otra vez, a tal punto de empezar a oír voces con las burlas de las cuales ha sido víctima”. El menor fue diagnosticado y medicado por ansiedad, lo que desencadenó pronto también en episodios de depresión.
El 12 de mayo de 2022, la mamá del niño interpuso una acción de tutela y decidió cambiar a su hijo de colegio para evitar más situaciones de acoso. Durante el trámite de la tutela, el Colegio aseguró que sí activaron los protocolos de atención ante el primer episodio mencionado, que calificó como una situación esporádica, así como en los otros.
La Corte determinó que el colegio “no le prestó la debida atención a los acontecimientos, por la simple razón de que no los encontró como constitutivos de matoneo escolar o bullying” y que actuó de forma “pasiva y negligente ante las constantes alarmas de presunto acoso escolar que se presentaron en la institución”.
“A pesar de las reiteradas veces en que la accionante acudió a la institución vía correo electrónico, en las cuales si bien no individualizó a los presuntos agresores, manifestó la preocupación por la situación de su hijo, el (colegio) se limitó a responder de forma ambigua y generalizada a las inquietudes de la accionante e incluso a recomendarle al niño que no anduviera solo por las instalaciones del plantel”, dice el fallo.
“Esta Sala también cataloga como irrazonables las razones aducidas por el (colegio) dirigidas a justificar su falta de diligencia en la prevención, solución y reprensión de los actos de matoneo o bullying que sufría (el niño), toda vez que aludió a hechos aislados, entre ellos, que el niño siempre mostraba interés en ir al (colegio) y era sobresaliente académicamente, que la pérdida de peso se debía a su personalidad competitiva y que la accionante no individualizó a los responsables ni reportó las situaciones oportunamente, lo que le impedía activar los canales respectivos”, agrega la sentencia.
Para el alto tribunal, al menor se le vulneraron sus derechos fundamentales, ya que el colegio actuó de forma pasiva y negligente, por lo que le ordenó incluir en sus protocolos de atención mecanismos de capacitación a sus docentes y directivos, así como capacitar a la comunidad estudiantil sobre acoso o matoneo escolar. También deberán idear la manera de reparar al menor y restablecer sus derechos, incluyendo un “ofrecimiento de disculpas y asunción de responsabilidad por no haber activado las rutas previstas oportunamente ni haber actuado con el mayor cuidado y confidencialidad ante los actos de bullying cometidos en perjuicio del niño, sin mencionar su nombre”.