CORTE CONSTITUCIONAL
La ponencia, que es de la magistrada Cristina Pardo, señala que el Congreso transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua. | Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ SÁNCHEZ

JUSTICIA

Corte Constitucional podría tumbar la cadena perpetua a violadores de niños

Así lo dicta una ponencia del alto tribunal, que se estudiaría en las próximas semanas. El proyecto fue aprobado por el Congreso durante el primer semestre de este año.

22 de agosto de 2021

Durante los últimos meses Colombia ha vivido todo un debate legal sobre lo oportuno o no de aplicar la cadena perpetua para violadores de niños, niñas y adolescentes en el país, pues aunque para la opinión pública puede ser un anuncio muy importante, algunos abogados, centros de pensamiento y universidades han cuestionado la medida, ya que la consideran populista y que no resuelve nada de fondo.

De acuerdo con el diario El Tiempo, ya son ocho las tutelas que se han presentado ante el alto tribunal, aunque la más avanzada está en poder de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, quien está a favor de declarar la medida inconstitucional y ya repartió su proyecto de fallo entre sus colegas de la Corte.

Según dicho medio, el argumento de Pardo es que la pena perpetua viola el principio de la dignidad humana, el cual es uno de los pilares con los que se redactó la Constitución Política de 1991.

En el documento publicado por El Tiempo se resalta que “el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”.

Bajo argumentos muy similares, Manuel Alejandro Iturralde Sánchez, Mario Andrés Torres y Juan Pablo Uribe, miembros del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, presentaron la demanda ante la Corte, pues de acuerdo con estas personas, la dignidad humana “es el presupuesto esencial de la consagración y efectividad del sistema de derechos y garantías contemplado en la Constitución, presupuesto que además garantiza la autonomía e identidad del ser humano”. Y, por tanto, “es un atributo esencial e inherente a todas las personas y no es posible perderla bajo ninguna circunstancia”.

Promesa de campaña

La pena perpetua fue una de las promesas de campaña más fuertes con las que el ahora presidente Iván Duque se la jugó en las elecciones de 2018, a pesar de que muchos expertos calificaron la medida de populista.

A mediados de este año, el Congreso de la República aprobó el proyecto denominado “Gilma Jiménez”, en honor a la parlamentaria que pasó buena parte de su vida trabajando por la niñez del país.

Con el visto bueno del Legislativo, el Gobierno ha defendido una y otra vez la aprobación del mismo. Por ejemplo, el presidente Iván Duque señaló que “es la demostración más grande de que en Colombia se pueden alcanzar triunfos colectivos, que más allá de pertenecer a partidos, a organismos, a entidades, hay algo más sublime y es el propósito de país, y sobre todo, el propósito de proteger y de tutelar los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.

El presidente Duque se refirió a la vacunación para migrantes en condición irregular. "(El Estatuto) no genera un incentivo perverso para que haya migración flotante buscando vacunas", dijo
El presidente Duque se refirió a la vacunación para migrantes en condición irregular. "(El Estatuto) no genera un incentivo perverso para que haya migración flotante buscando vacunas", dijo | Foto: Presidencia

Así mismo, recalcó que “este es un logro de la familia colombiana, esta es la oportunidad para que de una vez por todas digamos basta ya, esto es gracias también a un trabajo en equipo, es un hito histórico para Colombia”.

Por su parte, el Ministerio de Justicia de Wilson Ruiz explicó que “la garantía de la revisión automática de la pena excepcional de prisión perpetua luego de 25 años del inicio de su ejecución es garantía de que el victimario condenado se resocialice y abandone su voluntad de comportarse como un vulnerador de las personas menores de edad, podrá recobrar su libertad y reintegrarse a la vida social”.