Home

Nación

Artículo

Corte IDH estudiará exterminio a miembros de Unión Patriótica | Foto: Guillermo Torrres / SEMANA.

NACIÓN

Corte IDH estudiará exterminio a miembros de la Unión Patriótica

Entre tanto, en Colombia, la JEP citó al exdirector del DAS, general (r) Miguel Maza Márquez, por el crimen de miembros de la UP.

8 de febrero de 2021

La Corte Interamericana de Derechos Humanos comenzará este lunes una audiencia de cinco días por una demanda contra el Estado colombiano, por el supuesto exterminio y violaciones a los derechos de unos 6.000 miembros de la Unión Patriótica a lo largo de 20 años a partir de 1984.

La Corte IDH, con sede en Costa Rica, llevará a cabo la audiencia de manera virtual debido a la pandemia de la covid-19 y se prevé que concluya el próximo viernes tras haber declarado testigos y peritos y se hayan expuesto los alegatos orales finales de las partes.

En 2018 fue presentada esta demanda por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que se advierte que “el caso se relaciona principalmente con un exterminio compuesto de múltiples y sucesivas violaciones al derecho a la vida, desapariciones forzadas y desplazamientos de particular gravedad y magnitud, y tiene un carácter emblemático en Colombia”.

De acuerdo con el organismo internacional, los miembros o militantes de la UP habrían sido víctimas de desapariciones forzadas, amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y tentativas de homicidio, perpetrados tanto por agentes estatales como por actores no estatales.

Al Estado colombiano se le acusa de haber violado los derechos a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la honra y dignidad y a la protección judicial, así como los derechos políticos, la libertad de pensamiento y de expresión, libertad de asociación y el principio de igualdad y no discriminación.

Según la CIDH, el móvil de las graves violaciones de derechos humanos cometidas en contra de las presuntas víctimas habría sido su pertenencia a un partido político y la expresión de sus ideas a través del mismo.

La demanda también señala que las víctimas de este caso aparentemente fueron sometidas constantemente a estigmatización a través de declaraciones de funcionarios públicos y actores no estatales, incluyendo calificativos como terroristas o brazo político de las Farc.

Esos calificativos habrían tenido un efecto en los actos de violencia desatados en contra de los miembros y militantes del partido, por lo que la acusación señala que el Estado incurrió en violaciones al derecho a la honra y la dignidad.

“Se sostiene que las investigaciones adelantadas por el Estado respecto de los hechos del caso habrían sido incipientes e insuficientes, y no habrían logrado proveer, ni a los sobrevivientes, ni a los familiares de los fallecidos, ni a la sociedad colombiana en su conjunto, de un verdadero esclarecimiento sobre las responsabilidades del exterminio contra los integrantes y militantes de la UP”, señala la acusación.

Miguel Maza Márquez.

Caso en la JEP

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para Paz, JEP, citó al exdirector del DAS, general (r) Miguel Maza Márquez, para que rinda versión por su posible participación en crímenes cometidos contra miembros del partido Unión Patriótica.

La diligencia se realizará el próximo 26 de marzo, dentro del denominado caso 06 con que busca determinar responsabilidad frente al asesinato de los candidatos presidenciales de dicho partido: Jaime Hernando Pardo Leal (1987) y Bernardo Jaramillo Ossa (1990), así como de los directivos nacionales y regionales, José de Jesús Antequera, Teófilo Forero, Diana Stella Cardona y Gabriel Jaime Santamaría, entre miembros de la UP.

Mediante el auto 028 de 2021, la Sala hizo este llamado teniendo en cuenta que el general (r) Maza Márquez fue mencionado en los informes de la Fiscalía General de la Nación y del Centro Nacional de Memoria Histórica, y en los informes presentados por las víctimas, y luego de recaudar numerosas pruebas y decisiones judiciales de la justicia ordinaria.

Una de las piezas centrales tenidas en cuenta por la Sala de Reconocimiento fue la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, en el caso de Galán, en la que el alto tribunal condenó al general (r) Maza Márquez no solo como coautor de dicho magnicidio sino también como autor del delito de concierto para delinquir agravado “por promover el grupo armado ilegal que conformaron las autodefensas del Magdalena medio, [ya que] el proceso acredita con suficiencia que el acusado tejió estrechos vínculos con Henry de Jesús Pérez Durán, comandante de dicho grupo ilegal”.

Así mismo, Maza Márquez deberá explicar lo relacionado con el asesinato de varios dirigentes nacionales y regionales de la Unión Patriótica que han sido documentados a través de informes oficiales y no gubernamentales allegados a la Sala de Reconocimiento. Estos crímenes ocurrieron durante su ejercicio como director del DAS (entre 1985 y 1991), en los que se vieron involucrados funcionarios de dicha institución, que era responsable de la seguridad y escolta de las víctimas.

A la fecha, 109 víctimas individuales se han acreditado en el caso 06 de la JEP, además del partido político como sujeto colectivo víctima. En la versión que rendirá el general (r) Maza Márquez podrán participar las víctimas que manifiesten su interés en asistir a través de la Secretaría Judicial de la Sala de Reconocimiento.