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Corte no encontró mérito para investigar a senadora Esmeralda Hernández por supuestas fallas en entrega de kits durante pandemia en Bogotá
El concejal Jorge Colmenares había denunciado a la entonces alcaldesa de la localidad de Teusaquillo, Bogotá, por supuestos sobrecostos en las ayudas e irregularidades en la focalización de la población vulnerable.
La Corte Suprema de Justicia se inhibió de investigar a la senadora del Pacto Histórico, Esmeralda Hernández, por las supuestas irregularidades en la entrega de kits para la población vulnerable en Bogotá durante la pandemia del Covid 19, cuando la congresista se desempeñó como alcaldesa de la localidad de Teusaquillo.
La denuncia había sido interpuesta por el concejal Jorge Colmenares y provocó una indagación por parte de la Contraloría distrital. Las supuestas irregularidades consistían en posibles sobrecostos de los kits entregados y fallas en la focalización de la población a quienes iban dirigidas las ayudas, lo que habría significado para la Contraloría un detrimento patrimonial para la localidad de Teusaquillo, avaluado en 13′235.000 pesos.
En cuanto a los sobrecostos, la Corte encontró que no existió dicha irregularidad. “producto de las gestiones de renegociación desplegadas por la Cruz Roja Colombiana, se advierte que, el precio final del kit se estableció en la suma de 115.598 pesos (...) La Contraloría de Bogotá -Grupo de Reacción inmediata-, no determinó la existencia de un daño al patrimonio del Estado en el caso bajo estudio, conceptuando la inexistencia de sobrecostos en la adquisición de los kits alimentarios y de aseo”, dice la Corte.
Por su parte, en el caso de las fallas en la distribución en los kits por errores en la focalización, la denuncia advierte que “dentro de esos hallazgos se encuentran un total de doscientas veinticinco (225) fallas, referentes a registros de beneficiarios con: treinta y 31 cédulas canceladas por muerte y 2 canceladas por otras causas; 70 registros no encontrados en el Archivo Nacional de identificación- ANI- ni en Migración Colombia, 98 registros con inconsistencias y 24 casos de duplicidad de entregas”.
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No obstante, la Corte señaló en su decisión, que la focalización no estaba a cargo de la alcaldía local, sino de la Secretaría de Integración Social.
“La distribución se basó en mapas y polígonos de pobreza definidos por la Secretaría Distrital de Integración Social, que no proporcionaron información fehaciente sobre cada individuo a socorrer. Todo lo anterior, fue precisamente ratificado por los contratistas que prestaron apoyo a la supervisión del contrato al interior de la localidad de Teusaquillo”, dice el fallo del alto tribunal.
“La Cruz Roja entregó al interior de Teusaquillo, en los polígonos de pobreza definidos , las ayudas humanitarias de alimentación y aseo adquiridas con los recursos destinados, correspondientes a $136.178.559; contando con los soportes de gestión que así lo comprueban, y de cuyo análisis no le era posible desglosar las irregularidades previamente abordadas, las cuales, en todo caso, encuentran justificación en aspectos externos a su ámbito de competencia y, en otros que exceden la diligencia que le era exigida en calidad de supervisora”, concluyó la Corte.