Pensiones
Corte ordena disminuir semanas de cotización para mujeres ¿una decisión acertada? Hay opiniones divididas
A partir de enero de 2026 si el gobierno no adopta dicha decisión, se disminuirán las semanas de cotización hasta llegar a 1000
La Corte Constitucional de Colombia emitió una decisión trascendental al declarar inconstitucional el requisito de 1300 semanas de cotización para que las mujeres puedan acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media. La medida, contenida en el apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, fue cuestionada por desconocer el derecho de las mujeres a una protección especial en el ámbito de la seguridad social y a la igualdad material en el acceso a la pensión.
La Sala Plena de la Corte Constitucional, encargada de estudiar la demanda determinó que establecer un requisito uniforme de tiempo de cotización para hombres y mujeres en el acceso a la pensión de vejez, sin considerar las diferencias y barreras que enfrentan las mujeres en el mercado laboral y en las responsabilidades de cuidado del hogar, viola los principios constitucionales de igualdad, protección a la mujer y seguridad social.
La Corte reconoció la necesidad de garantizar una protección especial a las mujeres en el ámbito laboral y de la vejez dentro del sistema de seguridad social integral. Se resaltaron las inequidades que enfrentan las mujeres en materia de protección social y aseguramiento en la vejez, así como las medidas adoptadas a nivel nacional e internacional para superar la brecha de género en este escenario.
Así mismo concluyó que la diferencia en la edad pensional, que ha sido el esquema tradicionalmente utilizado en el país, resulta insuficiente para superar la discriminación de género. La norma demandada, aunque pareciera neutral, generaba una discriminación indirecta para las mujeres que debía ser superada. La exigencia de las mismas 1300 semanas de cotización para hombres y mujeres no tenía en cuenta las condiciones estructurales de discriminación que afectan a las mujeres y su acceso a la pensión.
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La Corte determinó que la norma, si bien buscaba mejorar las condiciones financieras del régimen de prima media en el sistema de pensiones, generaba un impacto desproporcionado en los derechos de las mujeres y no cumplía con el enfoque de género exigido constitucionalmente para garantizar su acceso a la pensión de vejez.
Como resultado, se declaró la inexequibilidad del requisito de 1300 semanas de cotización para las mujeres en relación con los efectos de la norma. La decisión insta al Congreso y al Gobierno Nacional a adoptar un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente para aquellas que son cabeza de familia, con el objetivo de cerrar la brecha de género.
Ante las declaraciones de la corte constitucional, el director de Fedesarrollo, Luis Fernando Mejía, reaccionó mediante un tweet, asegurando que este problema podría conjurarse mediante el artículo 36 de la reforma pensional y que sería más conveniente que la decisión de la misma corte.
La Corte Constitucional ha declarado inconstitucional la exigencia de 1.300 semanas de cotización para mujeres en el regimen público y exhorta al Congreso a legislar sobre el tema. Si no, la corte ordena que el requisito para las mujeres se reduzca gradualmente a 1.000 semanas.
— Luis Fernando Mejía (@LuisFerMejia) June 6, 2023
El camino para resolver esto se encuentra en el artículo 36 de la reforma pensional: en el componente de prima media, las mujeres con hijos tendrán una reducción de 50 semanas por cada hijo (máximo 3 hijos). Mejor focalizado y más viable fiscalmente que la propuesta de la corte.
— Luis Fernando Mejía (@LuisFerMejia) June 6, 2023
Jaime Dussan, presidente de Colpensiones no tardó en reaccionar a esta decisión, y aseguró que: “todas las sentencias de los jueces de los jueces de la república deben ser acatadas por los funcionarios públicos y más el gobierno”, además, sugiere al Congreso que estudie la decisión de la corte y considere la posibilidad de incluirlo en los articulados de la reforma pensional.
Sin embargo, la Corte consideró necesario atender el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, por lo que los efectos de la decisión se difieren hasta el 1 de enero de 2026. En caso de que para esa fecha no se haya adoptado el nuevo régimen, se reducirán gradualmente las semanas de cotización exigidas a las mujeres, disminuyendo en 50 semanas en el año 2026 y en 25 semanas.
Por otra parte, José Gregorio Hernández, ex presidente de la corte constitucional lamentó el periodo de tiempo en el que la decisión sería aplicada: “La norma era completamente inconstitucional porque desconocía el trato preferencial que la constitución quiere otorgar a la mujer, lo malo de la sentencia es que sólo producirá efectos a partir del primero de enero de 2026, luego mientras tanto seguirá vigente una norma abiertamente contraria a la carta política”.