NACIÓN
Corte reabre el debate por infanticidio en Colombia
La magistrada Martha Sáchica propone dejar intactas las penas para las madres que provoquen intencionalmente la muerte de un niño.
Este miércoles la Corte analizará un tema polémico y especialmente impactante para la sociedad: el infanticidio. Se trata de un delito cometido en la mayoría de los casos por la misma madre, quien provoca intencionalmente la muerte de su hijo durante los primeros ocho días de nacido, producto de desórdenes mentales provocados por el parto.
En Colombia la legislación determinó que las madres mayores y menores de edad víctimas de violaciones y que hayan sido inseminadas artificialmente de manera no consentida, que decidan intencionalmente acabar con la vida de su hijo recién nacido en los primeros ocho días (únicamente) de vida no pueden ser condenadas por el delito de homicidio (con una pena de 25 a 40 años), sino por el de infanticidio (con una pena de cuatro a seis años), debido a secuelas provocadas por la concepción del feto.
A raíz de esta normativa un grupo de abogadas decidió demandar la norma argumentando que la normativa vigente "desconoce abiertamente los derechos a la igualdad y a la vida, así como el interés superior del menor, puesto que están en mayor riesgo por lo que en Colombia existe la obligación constitucional de proteger los derechos de los menores, por lo cual tiene que existir un aumento en las penas".
Esta posición fue ampliamente compartida por el procurador general, Alejandro Ordóñez, quién solicitó aumentar las penas por este hecho, ya que es un homicidio agravado puesto que la madre tiene pleno uso de sus facultades y toma la decisión de quitarle la vida a hijo.
Semana.com conoció en exclusiva la ponencia de la magistrada (e) de la Corte Constitucional Martha Sáchica, que propone la exequibilidad de la norma. Es decir, mantener las penas para el infanticidio tal omo están, sin aumentarlas, argumentando que fue una disposición del Congreso regularlas de dicha forma.
El argumento principal versa que las: "penas que existen por el hecho son producto de la decisión del legislador de disminuir la intensidad del reproche a las mujeres que se encuentren en las circunstancias, sin que esto signifique la desprotección a los derechos fundamentales del menor".
Para la magistrada Sáchica, la norma se tiene que dejar tal como está puesto que se está previendo lo dicho por la misma Corte en su sentencia C- 355, donde despenaliza los tres casos en los que se puede practicar el aborto.
Semana.com consultó con varios magistrados de la Corte Constitucional, quienes están profundamente divididos por la complejidad del tema y por la ponencia de su colega, quien tendría como apoyo a los magistrados Mauricio González, María Victoria Calle y Jorge Iván Palacio. Estos tres están de acuerdo con la ponencia.
En la otra postura se encuentran los togados Jorge Pretelt, Luis Guillermo Guerrero y Gabriel Mendoza, quienes estarían en la línea del procurador al considerar que se debe aumentar la pena en este hecho, puesto que la madre provoca la muerte de un menor que es indefenso.
Otro grupo, liderado por el presidente Luis Ernesto Vargas y la magistrada Gloria Ortiz, sostiene la tesis de que no se puede imponer una pena por el hecho ya que científicamente la madre queda afectada tras el parto, y la muerte del menor está contemplada en una sentencia de la misma Corte que despenaliza el aborto en tres casos específicos.
Ante tanta polarización, se esperan sorpresas por parte de la Corte Constitucional, que en este tipo de temas se ha caracterizado por decisiones garantistas y acordes a los derechos fundamentales.