| Foto: Daniel Reina

Judicial

Corte reanuda discusión por la condena contra Luis Alfredo Ramos por ‘parapolítica’

En fallo de primera instancia el exgobernador de Antioquia fue condenado a siete años y once meses de prisión por sus nexos con grupos paramilitares.

20 de abril de 2022

Se destrabó en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia la discusión del recurso presentado en contra del fallo que condenó en octubre de 2021 al exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero a siete años y once meses de prisión por sus nexos con grupos paramilitares en dicho departamento. SEMANA conoció el auto de siete páginas por medio del cual se rechazó el impedimento presentado por la magistrada Myriam Ávila Roldán para participar en la discusión.

Ávila Roldán –quien fue designada para que participara en la discusión luego que se avalara el impedimento de cinco magistrados– había manifestado en su impedimento que siendo procuradora tercera delegada para la investigación y juzgamiento penal fue asignada para intervenir como agente del Ministerio Público dentro del caso que se adelantó en contra de Luis Alfredo Ramos por el delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos armados ilegales.

Fue así como “recibió la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia sobre las diferentes decisiones tomadas en el curso del proceso y recibió el traslado de los recursos y solicitudes presentadas principalmente por el procesado”, es decir, Luis Alfredo Ramos. Pese a que no emitió un concepto de fondo, sí “recibió varias comunicaciones relativas a actuaciones adelantadas dentro de ese asunto desde junio de 2019, como las providencias del 18 de agosto y el 14 de septiembre de 2020″.

En el debate jurídico se determinó que el impedimento presentado no prosperará puesto que las situaciones en las que intervino fueron de “mero trámite” y nunca emitió “juicios de valor, apreciaciones fácticas, jurídicas o probatorias”, por lo que no “puede de ello derivarse que se haya visto comprometida su ecuanimidad, imparcialidad y su criterio en orden a la intervención que ahora le corresponde dentro del trámite de la segunda instancia del presente asunto”.

La Sala consideró que las menciones hechas en el impedimento tienen una relación directa con su labor en la Procuraduría General, teniendo acceso a unas comunicaciones, hecho que no “hacen su intervención sustancial o de fondo, eso es, trascendente, sino meramente formal, sin que por tanto pueda derivarse de ello algún compromiso para su ecuanimidad en detrimento de la administración de justicia”.

En octubre de 2021, tras varios años de juicio, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Ramos tras determinar que firmó una alianza con los grupos paramilitares para promover su candidatura a la Gobernación de Antioquia y al Senado de la República, todo esto “a cambio de promoverlos durante el ejercicio de sus funciones una vez elegido, como realmente ocurrió cuando se desempeñó como senador, hechos que tuvieron ejecución entre 2001 y 2007″.

En el fallo, citando varias declaraciones de exparamiltiares, la Corte señaló que desde el Congreso buscó que la Ley de Justicia y Paz (la cual se creó en el proceso de desmovilización de los paramilitares) fuera “más benévola para los aludidos grupos ilegales, como se discutió en el Legislativo para el año 2005. En ese orden, es claro que asistió conscientemente a la reunión de Bellanita, pese a no contar con autorización legal del Gobierno nacional para adelantar acercamientos, diálogos o negociaciones con grupos al margen de la ley”.

En este sentido se advierte que “está probado el compromiso que adquirió” Ramos con “la organización en la reunión”, puesto que “Iván Botero Duque le dio a conocer el interés de Vicente Castaño en que hiciera uso de su liderazgo en el Congreso de la República para que la Ley de Justicia y Paz les fuera más favorable, confirmado por Pablo Hernán Sierra García, otro de los jefes paramilitares presentes, aseverando que se obligaron a trabajar el proyecto”.

Frente a este fallo, la defensa de Luis Alfredo Ramos presentó el recurso de apelación cuestionando la veracidad de las declaraciones de los testigos e insistiendo en que han incurrido en notables contradicciones.