AngloAmerican saldrá de El Cerrejón a más tardar en dos años
ESTAS SON FOTOS DE LEON TEICHER, PRESIDENTE DE CERREJ�N JUNIO DE 2007 | Foto: Cerrejón

Nación

Corte Suprema ratifica titularidad de las minas de Cerrejón

El pronunciamiento lo hace la sala civil del alto tribunal. Estos son los argumentos.

23 de junio de 2021

La Corte Suprema de Justicia ratificó la titularidad de las acciones de la mina de Cerrejón en la comunidad de copropietarios que la ostenta desde 1947. Esta decisión se da “tras desestimar la demanda de la sociedad Soto y Landaeta Sucesores S.A. que buscaba ser incluida como una de las integrantes y dueñas, y que se le restituyeran los frutos de la explotación de este yacimiento minero en La Guajira”.

La Sala Civil, en la decisión, deja claro que se generó la prescripción extintiva del dominio por el tiempo que ha pasado y por la inacción de la sociedad que reclama la titularidad sobre esta propiedad.

Sobre este tema, la Corte recuerda que la comunidad de Cerrejón está integrada por más de 600 personas que son dueñas del terreno y subsuelo, ubicado en el departamento de La Guajira,

“En el proceso se estableció que, tras varias sucesiones que datan desde 1798, la comunidad El Cerrejón se creó en 1947, después de que el Gobierno autorizó la explotación carbonífera en el predio. Como la comunidad de copropietarios constituida el 6 de septiembre de 1949 actuó como dueña y sin consideración de los derechos reclamados en el sub lite por los herederos de Manuel Soto y/o Rafael Soto, se configuró la prescripción extintiva de la reclamación”, señala la Corte.

La razón por la que se generó prescripción es porque la demanda de Soto y Landaeta Sucesores se presentó más de 60 años después de que se constituyó la comunidad, tiempo en el cual “quienes se autodenominaron como comuneros y dueños han mantenido la posesión exclusiva de este terreno, mientras que la sociedad demandante no ejerció ninguna acción para reclamar sus supuestos derechos sobre el subsuelo”.

La Corte tuvo en cuenta que el tiempo que la demandante tardó para ejercer sus acciones supera el lapso de 10 ó 20 años que determina la ley para reclamar.

Uno de los apartes de la decisión, señala “en el acta de organización se hizo un registro de las personas que se reunieron con el objeto de constituir y organizar legalmente la comunidad de accionistas de las tierras denominadas Cerrejón o Corazonal, y nombrar al administrador de la misma, para lo cual se hizo un listado ‘numeres clausus’ de los titulares reconocidos, incluyendo los que, en criterio de los presentes, eran los ausentes y desconocidos”.

Hace pocas semanas, la compañía anunció el reinicio gradual de las operaciones mineras ubicadas en La Guajira luego de recuperar el inventario de combustible suficiente para las labores de operación. En las últimas semanas, Cerrejón sufrió dos bloqueos, uno en la línea férrea y otro en Puerto Bolívar, que llevaron al desabastecimiento de combustible en la operación minera.