JUSTICIA

Corte Suprema se inhibió de investigar a Uribe por publicidad engañosa en el plebiscito

El alto tribunal decidió abstenerse de iniciar investigación formal contra el expresidente por la campaña del No en contra del plebiscito por la paz. Había sido acusado de publicidad engañosa.

14 de julio de 2018
| Foto: Diana Rey

Este viernes, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia notificó, mediante un oficio, una decisión de un caso que venía rondando al expresidente Álvaro Uribe Vélez desde hacía 2 años.

Específicamente, desde el momento en el que Juan Carlos Vélez Uribe -quien fue el gerente de la campaña del No para el Plebiscito por la paz-, dio unas polémicas declaraciones a La República sobre la forma en como se habían llevado a cabo las estrategias para lograr que el pueblo colombiano votara en contra en el referendo.

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En esa oportunidad, Vélez le señaló al diario que dentro de la campaña que “en emisoras de estratos medios y altos nos basamos en la no impunidad, la elegibilidad y la reforma tributaria, mientras en las emisoras de estratos bajos nos enfocamos en subsidios. En cuanto al segmento en cada región utilizamos sus respectivos acentos. En la costa individualizamos el mensaje de que nos íbamos a convertir en Venezuela”. Adicionalmente, afirmó que el centro de su actividad se encontraba en acudir a las emociones políticas. La finalidad: hacer que los colombianos salieran a votar “berracos”.

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Sus declaraciones generaron tanta polémica que incluso le valieron su salida del Centro Democrático. Pero tuvieron un efecto adicional: una denuncia en contra de Uribe que llegó hasta la instancia más alta de la justicia ordinaria, la Corte Suprema de Justicia.

En el proceso declararon el excandidato a la presidencia  Óscar Iván Zuluaga, Carlos Holmes Trujillo y el electo presidente Iván Duque. 

El documento publicado señala que la decisión proferida por la Sala de Instrucción Penal de la Corte, con ponencia del magistrado Eugenio Fernández Carlier, decidió “inhibirse de iniciar investigación formal contra Álvaro Uribe Vélez” y que la decisión tiene recurso de reposición.

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Por ello, en caso de que se venza el término establecido y no se solicite dicho recurso, la determinación del Tribunal quedará en firme y, entonces, el caso será archivado de manera definitiva. 

En un comunicado, la corte informó que se abstuvo de abrir proceso penal contra el senador Uribe por fraude al sufragante, “tras desvirtuarse que haya podido incurrir en esa conducta en desarrollo de las campañas del No en el plebiscito refrendatorio de los acuerdos de paz del 2 de octubre de 2016”.

El alto tribunal agregó que en la investigación preliminar recibió testimonios e indagó el contenido de sus pronunciamientos públicos de Uribe. Esto los llevó a concluir “que ninguno de los actos del expresidente Uribe lo involucran en el delito contra los mecanismos de participación democrática por el cual fue denunciado”. La Corte determinó que las acciones del senador en esa campaña tuvieron carácter eminentemente político, “y fueron legítimas en el ámbito del debate democrático previo a la celebración del plebiscito del 2 de octubre de 2016”. Además, encontró que las revelaciones posteriores a esa fecha del dirigente Juan Carlos Vélez, gerente de campaña  “La paz es de todos”, no implican responsabilidad alguna del congresista Uribe Vélez.

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