Nación
Corte Suprema se lava las manos sobre libertad de exjefe paramilitar Salvatore Mancuso y deja decisión en Corte Constitucional
La Procuraduría radicó una apelación contra el fallo que le concedió la libertad al excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia.
En un fallo de once páginas, la Corte Suprema de Justicia explicó sus argumentos de por qué no se iba a pronunciar sobre la decisión de libertad del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso y deja todo en manos de la Corte Constitucional. El tribunal hoy, a través de la magistrada Diana Fajardo, trata de resolver un conflicto de competencias entre la JEP y Justicia y Paz.
El documento firmado por el presidente de la Penal, el magistrado Diego Corredor, explica que la decisión es “abstenerse de resolver el recurso de apelación interpuesto por Procuradora 181 Judicial II Penal contra la decisión proferida el 20 de marzo de 2024 por un magistrado con función de control de garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante la cual sustituyó las detenciones preventivas intramurales impuestas en sede de Justicia y Paz a Salvatore Mancuso Gómez”.
El pronunciamiento se dio como respuesta a la apelación de la Procuraduría que solicitó anular el fallo de Justicia y Paz que le cambió la medida de aseguramiento intramural a libertad al excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso, hoy recluido en una celda de máxima seguridad de la cárcel La Picota, en el sur de Bogotá.
La decisión de la Corte Suprema de no pronunciarse sobre ese tema se debe a falta de competencia para proferir una postura debido al conflicto de jurisdicciones que reposa desde el 5 de abril en el despacho de la magistrada Diana Fajardo de la Corte Constitucional.
El fallo detalla que “sería del caso que la Corte resolviera el citado recurso de apelación interpuesto por la delegada del Ministerio Público, si no fuera porque en este asunto, en la actualidad, se dirime ante la Corte Constitucional conflicto de competencia entre jurisdicciones”.
Toda la controversia de la jurisdicción competente para llevar los procesos de Mancuso y decidir sobre su solicitud de libertad arrancó cuando la JEP aseguró que se quedaba de forma exclusiva con el exjefe paramilitar por los crímenes que cometió entre 1989 y 2004.
La Sección de Apelación de la Jurisdicción explicó:
“En virtud de su competencia prevalente y exclusiva, la JEP es la única autoridad judicial facultada para definir y proveer respecto del estatus libertatis del compareciente y para gestionar su régimen de condicionalidad frente a las conductas relacionadas con el conflicto armado interno cometidas entre 1989 y 2004. A su turno, la justicia penal ordinaria conocerá, de manera plena y sin ningún tipo de restricción o limitación, de los punibles que comprometan al señor Mancuso Gómez y que no cumplan con los factores temporal personal o material de competencia de la JEP”.
Pero después salió la Sala de Justicia y Paz a argumentar que, como paramilitar desmovilizado, fue acogido por esa jurisprudencia que, hasta el momento, le ha dado tres condenas parciales y lo investiga por más de 60 mil hechos de violencia durante el conflicto armado.
En medio de una audiencia de la Sala de Justicia y Paz de Bogotá, el magistrado le otorgó la libertad a Mancuso, pero instauró el conflicto de competencias en la Corte Constitucional para que se defina el pleito de quién se debe quedar con el proceso judicial del exparamilitar, quien sigue buscando boleta en todas las jurisdicciones para conseguir su libertad.
Ante esa situación y la apelación de la Procuraduría, la Sala Penal de la Corte “ordenó remitir la actuación a la Corte Constitucional para que dirima el conflicto positivo de competencias planteado en torno a la autoridad en cabeza de quien corresponde pronunciarse sobre la libertad de Salvatore Mancuso Gómez y demás incidencias procesales pretendidas limitarse aquí”.
Por ahora el balón sigue en la cancha de la Corte Constitucional, que en los próximos días definirá si Mancuso se queda en la JEP o su proceso debe permanecer en Justicia y Paz, su juez natural, para que así su libertad pueda tener una pronta respuesta para cumplir su papel de gestor de paz, otorgado por el presidente Petro.