SERGIO FAJARDO
SERGIO FAJARDO | Foto: Alexandra Ruiz

Judicial

Cruce de quejas entre Sergio Fajardo y la Contraloría por el caso Hidroituango

El precandidato presentó una queja disciplinaria en contra de la contralora que lo sancionó, en primera instancia, por las demoras en la puesta en marcha del proyecto y los sobrecostos.

3 de febrero de 2022

Un cruce de mensajes se ha registrado en los últimos días entre la Contraloría General y el candidato presidencial Sergio Fajardo Valderrama. La discusión alcanzó un nuevo nivel después de que, el pasado 28 de enero, el organismo de control fiscal declarara reparado el daño patrimonial por las demoras y sobrecostos en este proyecto hidroeléctrico.

Para Fajardo, en este proceso fiscal se desconocieron las pruebas que presentó su defensa para demostrar que nunca incurrió en ninguna irregularidad en la planeación y ejecución de Hidroituango. En la queja radicada ante la Comisión de Disciplina Judicial de Bogotá se señala que la contralora Juliana Velasco Gregory, que firmó el primer fallo, incumplió “sus deberes profesionales” al no revisar todas las pruebas presentadas.

En este punto se indica que “tergiversó las pruebas y mutó el contenido del Acta 93 de 2009 de la junta directiva de Hidroituango”. Frente a esto pide que se le abra una investigación disciplinaria al incumplir sus funciones de contralora y omitir sus conocimientos como profesional del Derecho.

Sin embargo, la contralora contratacó y radicó ante la misma Comisión una queja contra la abogada Aracely Tamayo, apoderada de Sergio Fajardo, al considerar que los señalamientos son infundados y no tienen un soporte probatorio claro.

“Sus aseveraciones temerarias, infundadas y carentes de sustento probatorio, atentan no solo contra las normas procesales colombianas, sino contra sus deberes profesionales como abogada”, asegura la contralora delegada que pide que se investigue a la jurista.

La otra pelea de Fajardo

El pasado miércoles fracasó la audiencia de conciliación convocada por la Fiscalía General por la denuncia que presentó el veedor Juan Carlos Calderón España en contra del candidato presidencial Sergio Fajardo por la denuncia que le interpuso por los delito de injuria y calumnia.

La acción judicial fue radicada por Calderón al considerar que Fajardo lo calumnió al hacer señalamientos públicos en su contra como reprimenda por revelar datos por las irregularidades en el proyecto cuando fue gobernador de Antioquia. “Fui perfilado y en riesgo de posibles amenazas. Radiqué denuncia en contra del señor Sergio Fajardo”, aseguró el veedor.

En sus declaraciones públicas, Fajardo aseguró que Calderón España era un “calanchín” y un “corrupto”, señalando que formaba parte de una persecución en su contra liderada por el contralor General, Carlos Felipe Córdoba.

El supuesto ciudadano y veedor preocupado por el interés público o sorpresa es amigo personal de Carlos Felipe Córdoba, y un mes antes de pedir el control excepcional sobre Hidroituango declaró en el Consejo de Estado a favor de su nombramiento como contralor y, oh, sorpresa, en el mismo mes lanzó su libro “el veedor control social medios y democracia” con prólogo de adivinen quien, el mismo contralor que defendió en el Consejo de Estado, a esto se le suman trinos, contratos familiares en la Contraloría y otras pruebas que fueron borradas, pero que rescatamos, todas estas son piezas del rompecabezas que llevan años para eliminarnos jurídica y políticamente”, expuso en su momento el exgobernador de Antioquia.

Tras el fallo emitido el pasado 28 de enero, que declaró como saldada la deuda patrimonial que existía por el caso Hidroituango y ordenó levantar las medidas cautelares que existen sobre los bienes de propiedad de las 26 personas naturales y jurídicas que habían sido declaradas como responsables fiscales, entre ellos, los exgobernadores de Antioquia Luis Alfredo Ramos y Sergio Fajardo Valderrama; así como a los gerentes de Hidroituango Luis Guillermo Gómez Atehortúa y John Alberto Maya Salazar. Igualmente, no se enviará a cobro coactivo el título ejecutivo del producto correspondiente al proceso de responsabilidad fiscal.