Judicial

¿Curules de paz?: Procuraduría pide a Corte Constitucional no revivir proyecto

Argumenta el ministerio público que la normatividad no tiene la vocación de reparar a las víctimas, pero sí facilita la captación de las curules por parte de los victimarios.

8 de abril de 2021
senador Ernesto Macías en el ultimo dia como presidente del senado  
Instalacion Senado de la republica
senador Ernesto Macías en el ultimo dia como presidente del senado Instalacion Senado de la republica periodo julio 2019 a junio 2020 Bogota 20 de julio 2019 foto Guillermo Torres / Semana | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

El proyecto de acto legislativo con el que se busca revivir las denominadas curules de paz, hace un tiempo, se hundió en plenaria del Senado. Por esa razón, el congresista Roy Barreras, ponente en esta ley, pidió a las instancias judiciales revisar el tema por medio de una acción de tutela que está siendo estudiada por la Corte Constitucional. El alto tribunal tendrá la última palabra sobre si reviven o no la iniciativa.

Lo que busca Roy Barreras es que se creen 16 curules transitorias en la Cámara de Representantes con la posibilidad de que sean ocupadas por víctimas del conflicto armado. La iniciativa no prospero, inicialmente, en Senado y tampoco en instancias judiciales.

Durante dos años estuvieron sepultadas las 16 curules que el acuerdo de paz con las Farc planeó para darle a las víctimas un espacio en el Capitolio. La decisión la tomó el entonces presidente del Congreso, Efraín Cepeda, quien consideró que 50 votos en el Senado no eran suficientes para aprobar el Acto Legislativo que las creaba. Desde entonces, en la justicia se inició la pelea para desenterrar esta ley muerta.

El acuerdo de paz estableció la creación de 16 curules para las víctimas del conflicto armado, estas garantizarían la participación de las víctimas en la Cámara de Representantes durante dos periodos legislativos: 2018-2022 y 2022-2024.

En las últimas horas, se conoció el concepto que la procuradora, Margarita Cabello, le envió al magistrado de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, su concepto sobre el tema:

Sobre la tutela presentada por Barreras, señala el concepto: “Resulta desproporcionado cuestionar 18 meses después de su adopción una determinación de la Mesa Directiva del Senado de la República relacionada con la aprobación de una reforma a la Constitución”.

Otro aparte advierte que hubo demora en el momento de presentar la acción de tutela. Por ejemplo, señala el ministerio público, que uno de los objetivos del proyecto es que se crearan nuevas curules en los dos periodos anteriormente mencionados: 2018-2022 y 2022-2026. Ese primer periodo termina el otro año (es decir, está en curso). Por esa razón, la Procuraduría deja claro que entonces “tendría que aprobarse una reforma a la Carta Política que solo surtió cuatro debates a pesar de que su contenido tiene impactos significativos en el funcionamiento del sistema democrático, en las dinámicas electorales y en la conformación del poder legislativo”.

Y agrega el concepto: “Para el Ministerio Público una intervención del juez constitucional encaminada a modificar dicha decisión de la Mesa Directiva del Senado de la República, resultaría sumamente lesiva de la autonomía e independencia del poder legislativo, ya que se trata de un asunto en el que por negligencia del actor, no se agotaron los instrumentos internos que contempla el reglamento del Congreso, a pesar de que los mismos resultaban idóneos para definir la controversia”.