Judicial
Demanda ante la Corte Constitucional pide que las mujeres se pensionen con mil semanas de cotización
En la acción judicial se señala que la ley impone una carga desproporcionada a las mujeres.
Argumentando que la Ley 797 de 2003 le impone una carga desproporcionada a las mujeres en Colombia a la hora de acceder a su pensión fue radicada una demanda ante la Corte Constitucional. En la acción judicial se señala que se le debe permitir a las mujeres poder alcanzar la pensión con mil semanas de cotización.
El demandante, el abogado Diego Andrés López Suárez, indicó que dicha ley establece en uno de sus requisitos que las mujeres deben cotizar 1.300 semanas para acceder a la pensión de vejez. En este sentido, se señala que la misma legislación desconoce muchísimos factores, imponiendo una carga y una desigualdad frente a los hombres.
“No tiene en cuenta que las mujeres por su importante rol de mamá, incluyendo el nacimiento, cuidado de los menores y labores de hogar, ven interrumpidos constantemente sus vínculos laborales durante meses y años”, precisó el jurista. Estos hechos afectan su cotización al sistema pensional.
“Las mujeres en Colombia tienen que cotizar las mismas semanas que los hombres”. El abogado considera que la ley y la justicia debe aplicar una ley de género y que exista una protección y resarcimiento a las mujeres cabeza de hogar, por poner un ejemplo.
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Tras radicar la demanda, López manifestó que la mayoría de mujeres en Colombia accede a una pensión más baja que los hombres, lo que genera una inequidad. Por esto, considera que la legislación no tiene ningún tipo de enfoque de género ni de protección. “Lo que pedimos es que haya una diferenciación”.
De esta forma, le pidió a la Corte Constitucional que reduzca el tiempo de cotización y reconozca diferentes factores en el sistema pensional. “(…) que las mujeres tengan no solo menos edad para pensionarse, sino menos semanas que cotizar para lograr una pensión de vejez, en promedio 1000 a 1050 vs. 1300″.
El abogado citó que, según cifras del Departamento Administrativo de Estadística (DANE), solamente el 12 % de las mujeres obtienen una pensión frente a un 20 % de los hombres. Por esta situación, existe un pesimismo constante frente al acceso a la pensión en el país.
Según cifras de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), existe una notable brecha pensional entre hombres y mujeres en casi todos los países del continente. Esta diferencia ―reseñó el demandante― solamente se modificará si existe un enfoque de género en todos los requisitos que exige la ley para lograr una paridad de género pensional.
En la demanda se asegura que de avalarse este reajuste no existirá ningún impacto fiscal. “Estamos hablando de los ahorros de las mujeres, estamos diciendo que les devolvamos sus ahorros en menor tiempo, pero es plata que se ahorre, no decimos que se les den subsidios ni que se les regale nada”.
Considera que el Sistema General de Pensiones no puede estar por encima de los derechos humanos y fundamentales. En la demanda, agregó, se busca que tengan una pensión de vejez digna para así garantizar su calidad de vida y la supervivencia a sus hijos.
Las mujeres, históricamente, han sido víctimas de la violencia y de la discriminación, situación que las ha afectado en llevar una vida digna. La ley, resalta el abogado, debe beneficiarlas y resarcirlas para “que puedan tener una vejez digna, no es que el Gobierno ni los fondos de pensión le estén regalando nada. Debe haber un debate”.