Nación
Demanda que pide pérdida de investidura de Gustavo Bolívar se mueve en el Consejo de Estado
En principio fue inadmitida la demanda que presentó el abogado Hollman Ibáñez contra Bolívar por supuestamente apoyar ley que lo benefició. Sin embargo, esta tarde se cumplirá con lo requerido por el Consejo de Estado: la notificación a Bolívar y la presentación de una credencial.
SEMANA pudo establecer que, aunque en principio fue inadmitida la demanda que presentó el abogado Hollman Ibáñez en contra del senador Gustavo Bolívar, en la que se pide la pérdida de investidura por supuestamente apoyar ley de la que se vio beneficiado, el Consejo de Estado dio un plazo de diez días para notificar al congresista y presentar una credencial con lo que empezaría el estudio formal de la solicitud.
La sala que va a debatir la demanda está compuesta por cinco magistrados: Álvaro Parra, de la Sección quinta; Stella Jeanette Carvajal, de la sección cuarta; Roberto Serrato, de la sección primera del alto tribunal; Gabriel Valbuena, de la sección segunda y magistrado ponente, y finalmente, Marta Nubia Velásquez, de la sección tercera.
El magistrado que preside la sala, Gabriel Valbuena, le dijo en un auto al abogado Ibáñez las razones por las que se inadmitía la demanda, que busca la pérdida de investidura de Bolívar por haber “creado una ley” con la que se habría visto beneficiado, con el artículo 119, para acordar pagos con la Dian.
“El solicitante no manifiesta ni acredita haber remitido la demanda y sus anexos al senador Gustavo Bolívar por lo que se inadmitirá su solicitud de pérdida de investidura a fin de que cumpla esta exigencia y la relacionada con la acreditación expedida por la Organización Electoral Nacional”, se lee en la notificación. Y agrega el magistrado que se concede un plazo o término de diez días.
Lo que ocurre es que el senador Bolívar formó parte de la lista de congresistas que votaron a favor de la Ley de crecimiento de 2019. En esta se incluía un artículo con el que se vio favorecido. El artículo señala que “los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, a quienes se les haya notificado antes de la entrada en vigencia de esta ley un requerimiento especial liquidación oficial podrán transar con la Dian hasta el 30 de junio de 2020″.
“El Congresista, el acá demandado, a todas luces infringió el Régimen de Incompatibilidades consagrado en la Constitución y la Ley, como quiera que no acató con lo dispuesto en el artículo 182 ibídem, pues no se declaró impedido previo a su participación, deliberación y votación del Proyecto de Ley 227 de 2019 Senado, 278 de 2019 Cámara (Ley 2010 de 2019)”, señala la demanda que tendrá como abogado a Hollman Ibáñez.
La demanda, además, recuerda que en 2019 fue promulgada la Ley 2010 de ese año, por medio de la cual se adoptaron normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones”.
En el documento se adjuntan varios trinos señalando que el congresista, a través de su cuenta de Twitter, aceptó el 25 de agosto de 2021 públicamente ser beneficiario del artículo 119 de la Ley 2010 de 2019.