Nación
Desaparecidos del Palacio de Justicia | JEP revocó libertad provisional del general Arias Cabrales
El excomandante de la Brigada XIII del Ejército es el oficial de más alto rango condenado por los desaparecidos.
El general (r) Jesús Armando Arias Cabrales perdió el beneficio de liberad condicional, después de que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinara que no ha cumplido con los compromisos para aportar a la verdad en el marco del proceso por los desaparecidos durante la operación de recuperación del Palacio de Justicia, hechos registrados el 6 y 7 de noviembre de 1985.
En mayo de 2020, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP había aceptado el sometimiento del oficial en retiro tras la firma de un compromiso claro, concreto y programado para que aportara a la verdad. Sin embargo, dos años después, se determinó que este compromiso no se ha cumplido a cabalidad.
El excomandante de la Brigada XIII del Ejército, con sede en Bogotá, es el oficial de mayor rango en ser condenado por los desaparecidos del Palacio de Justicia. En su contra pesa una condena de 35 años de prisión por su responsabilidad en el delito de desaparición forzada.
Tras revisar la petición hecha por un grupo de víctimas que reclamaban que el general Arias Cabrales nunca estuvo dispuesto a aceptar su responsabilidad en los hechos ni aportar a la verdad, la Sección de Apelación tomó la decisión de revocar el beneficio de libertad y condicionó su permanencia dentro de la JEP.
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Igualmente, tampoco presentó el documento contentivo de su aporte a la verdad exigido por la mencionada Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Frente a esto, se concluyó que incurrió en un incumplimiento grave de los compromisos para la construcción de una paz estable y duradera.
En el proceso penal que se adelantó contra el general Arias Cabrales se determinó que él tuvo la misión exclusiva de liderar la operación de recuperación del Palacio de Justicia. Fue por esto que ordenó el ingreso de los tanques al edificio, así como la ubicación de las tropas y asignación de funciones a todos miembros de la Fuerza Pública que participaron en el operativo.
Igualmente, como manifestaron varios testigos, coordinó la salida de los rehenes del Palacio para que fueran trasladadas a la Casa del Florero. En el fallo emitido por la Corte Suprema, que ratificó la condena de 35 años de prisión, se concluyó que no se realizó un trabajo de apoyo sino de identificación puesto que muchos de ellos eran señalados de ser parte del M-19.
Para la Corte, quedó probado que el general Arias Cabrales tuvo el control total sobre las tropas y “fue por tanto el artífice principal de las conductas ocurridas con ocasión de la ‘solución final’ que se dio a los sucesos subsiguientes a la consolidación de ese operativo injustificable, no por omisión, sino por su aporte a la comisión de la conducta y por el control absoluto de la operación que los mandos le confiaron”.
Entre otras consideraciones sobre la responsabilidad penal del comandante de la XIII Brigada y el entorno en que sucedió el holocausto del Palacio de Justicia, la providencia consigna:
“El general Jesús Armando Arias Cabrales dirigió el operativo de principio a fin y fue el responsable directo del mando, durante la acción militar y las fases posteriores de consolidación del operativo. A nadie se le ocurriría pensar, en ese entramado de hechos y pruebas, que el general que dirigió el desproporcionado operativo de la retoma del Palacio de Justicia con el fin de enfrentar el acto terrorista ejecutado por el grupo guerrillero M-19, una vez culminada la acción militar y contrario a lo que acordaron los mandos, se hubiera desentendido de los prisioneros y olvidado de los agresores, pues como lo reafirmó el general Rafael Samudio, el mando conjunto sobre todas las tropas se le entregó al general Arias.