Judicial

Desfachatez: otro juez insiste en lo imposible, darle arresto domiciliario al presidente Duque, ¿esta vez de qué se trata?

La decisión no solo afecta al jefe de Estado, sino también a la ministra de Cultura.

18 de junio de 2022
El presidente Iván Duque señaló que el país tiene una estrategia de acción climática en la que tiene mucho que mostrar.
El Tribunal Administrativo de Magdalena impuso la orden de arresto domiciliario contra el presidente Iván Duque. | Foto: Presidencia de la República/Web

El Tribunal Administrativo de Magdalena impuso este 18 de junio una multa de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes o un arresto domiciliario contra el presidente Iván Duque y la ministra de Cultura, Angélica Mayolo, por incurrir en el desacato de una orden judicial proferida el primero de junio de 2021.

La medida fue tomada luego de que el abogado Germán Sánchez Arregoces se quejara ante el Tribunal porque los dos implicados no expidieron el decreto que le iba a dar trámite al Plan Maestro Quinto Centenario de Santa Marta, el cual marcará la ruta para celebrar los 500 años de la ciudad, como se los solicitó el juez el año pasado.

“Declárese que el doctor Iván Duque Márquez, en calidad de presidente de la República, y la doctora Angélica María Mayolo, en calidad de ministra de la Cultura, incurrieron en desacato en razón de incumplimiento de la orden judicial. En consecuencia, se les impone a los citados una multa equivalente al valor de 2 salarios mínimos legales vigentes conmutables con arresto domiciliario de 2 días, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiera lugar”, se lee en el fallo que conoció SEMANA.

Para el juzgado, hubo “una actitud negligente” por parte de las autoridades que debían realizar el documento, dado que, en un principio, al Ministerio de Cultura le dieron como término un mes para conformar la comisión preparatoria y solo se integró ocho meses después.

Si bien se reconoce que hay 25 proyectos presentados para la celebración de los 500 años, la mesa técnica apenas va a priorizarlos y analizarlos, por lo que el Plan “no ha sido adoptado por los entes encausados, pues ni siquiera han estructurado de forma definitiva los proyectos”, afirmó el Tribunal de Magdalena.

Es decir, el fallo da a entender que la nación, a la fecha, no se ha asociado a la fiesta del centenario de la fundación de Santa Marta y los responsables son el presidente Iván Duque y la ministra Mayolo.

Además de la multa y, en dado caso, el arresto domiciliario, el Tribunal le ordenó al Consejo de Estado que analice la determinación y a la Procuraduría General de la Nación a iniciar una investigación disciplinaria tras el incumplimiento de la orden.

Caso conocido

El 4 de junio, se conoció un documento del Tribunal de Ibagué, Tolima, donde se ordena el arresto del presidente Iván Duque por cinco días, al parecer, por un desacato de una decisión de la Corte Suprema de Justicia.

Supuestamente, la Corte encontró afectaciones al orden público, desabastecimiento de agua, tráfico de flora y fauna en un área protegida, y por eso, mediante tutela, hizo el llamado al presidente Iván Duque.

“De conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, imponer como sanción por el desacato en que ha incurrido el señor Presidente de la República de Colombia, Doctor Iván Duque Márquez., medida de arresto domiciliario por cinco (5) días, para cuyo cumplimiento se encarga al señor Director de la Policía Nacional o el Superior que atienda las funciones de policía en el Palacio de Nariño y multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a menos que antes se acredite el cumplimiento de la orden tenida como incumplida; medidas que se cumplirán en la forma determinada en la parte motiva de este provisto”, dice un fragmento del resuelve del Tribunal de Ibagué.

La sentencia en la que se daba la orden es de 2020 y a juicio del Tribunal de Ibagué, el tiempo se cumplió y no se creó un plan para garantizar todas las condiciones óptimas en el ecosistema natural. Además, se envió la información a la Comisión de Acusación para que determine si viable o no investigar al mandatario por esta situación.

“Compulsar copias de lo aquí decidido y de las que solicitare dicha corporación, a la Cámara de Representantes, para lo de su competencia, de acuerdo a lo consignado en la parte motiva de este provisto”, resalta el documento.