POLÍTICA
Destitución y hasta 20 años de inhabilidad tendría el policía que cause daño por exceso de la fuerza
Las investigaciones por violaciones a los Derechos Humanos cometidas por un uniformado pasan a ser competencia de la Procuraduría.
A un debate de convertirse en ley quedó el que es considerado uno de los proyectos más importantes para responder a los casos de abuso policial que día a día se reportan en Colombia: el Estatuto Disciplinario policial.
La iniciativa, presentada con mensaje de urgencia por el Gobierno nacional, establece el marco normativo que se usará a partir de la promulgación de esta ley para investigar y sancionar las conductas de los uniformados que transgredan la actividad de la Policía o cuando se vulnere la protección de los derechos fundamentales.
Según un informe de la ONG Temblores, durante el reciente paro nacional se documentaron 4.285 hechos de violencia cometidos presuntamente por miembros de la fuerza pública.
Las más de 4.000 denuncias incluyen 1.486 víctimas de violencia física, setenta víctimas de agresiones oculares, 215 de disparos de arma de fuego, 28 de violencia sexual, ocho de violencia basada en género, así como 1.832 detenciones “arbitrarias” de manifestantes, 734 intervenciones violentas en el marco de las protestas pacíficas, treinta casos de uso de arma Venom por el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) y 41 casos de afecciones respiratorias por el uso de gases lacrimógenos.
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Para responder a estas situaciones, el estatuto establece la creación de un sistema de garantías para que el ciudadano pueda hacer seguimiento a las denuncias cuando considere que ha sido afectado por el actuar irregular de alguno de los miembros de la institución.
De igual manera, se introduce el expediente electrónico para que se pueda hacer el seguimiento y escrutinio con respecto a los procedimientos disciplinarios.
El estatuto establece igualmente que las violaciones a los Derechos Humanos por un uniformado pasarán a ser competencia facultativa de la Procuraduría General de la Nación en ejercicio del poder disciplinario.
“Con este proyecto estamos avanzando en mayor transparencia, mayor responsabilidad y también en mayores sanciones”, aseguró el ministro del Interior, Daniel Palacios.
Sanciones
Justamente el aspecto de las sanciones constituye uno de los elementos centrales de este nuevo estatuto disciplinario, pues se incluyen como “faltas gravísimas” nuevas conductas y se elevan los castigos a los que se enfrentarán los policías que incurran en estas conductas.
De esta manera, pasarán a ser faltas gravísimas conductas como causar daño a la integridad de las personas o de los bienes, como consecuencia del exceso en el uso de las armas o de la fuerza, así como privar ilegalmente de la libertad a una persona o demorar injustificadamente su conducción ante la autoridad competente y manipular imprudentemente las armas de fuego, material de guerra o elementos menos letales.
En este apartado también se incluyen faltas como “realizar sobre una persona conducta indebida, que implique tocamientos de naturaleza o contenido sexual”.
Para este tipo de conductas se establecen, según el proyecto, las siguientes sanciones:
- Para las faltas gravísimas dolosas (el policía comete la conducta consciente del daño), destitución e inhabilidad general por un término de diez a veinte años.
- Para las faltas gravísimas realizadas con culpa gravísima, destitución e inhabilidad general por un término de cinco a diez años.
- Para las faltas gravísimas con culpa grave, suspensión e inhabilidad especial de 18 a 24 meses, sin derecho a remuneración.
El ministro del Interior, quien participó en la construcción de la iniciativa, aclaró: “Estamos hablando de investigaciones disciplinarias, no de investigaciones penales”, es decir que un uniformado que cometa una falta gravísima, además de la posible destitución, también podría enfrentar un proceso de tipo penal.