Entrevista
Día Internacional del Animal de Laboratorio: ¿en Colombia se permite esta práctica?
Este 24 de abril se conmemora la lucha que emprendió la Asociación Internacional Contra los Experimentos Dolorosos en los Animales y ha sido respaldada por la ONU.
En el marco del Día Internacional del Animal de Laboratorio, una práctica que cada vez genera más recelo entre los usuarios de laboratorios fármacos y cosméticos, se quiere conocer qué tan regulado está el uso de animales en experimentos en Colombia. Se consultó al Invima, que es el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, el cual ejerce vigilancia y control técnica de los productos y emite el registro sanitario. Desde allí indicaron que no forma parte de su resorte este tema del uso de animales de laboratorio.
Señalaron que es el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) el encargado de esos temas, pero al consultar a funcionario de la entidad señalaron que el tema aún es muy “insípido” en nuestro país y que es poca la información que se pueda brindar.
Sin embargo, el representante a la cámara Juan Carlos Losada entregó detalles de la legislación existente sobre el uso de animales de laboratorios en Colombia.
SEMANA: ¿Cómo está Colombia en materia de regulación en el uso de animales de laboratorio?
Tendencias
Juan Carlos Losada (J. C. L.): Actualmente existen dos normas que se refieren al asunto, la Ley 84 del 1989 y la Ley 2047 de 2020, esta última de mi autoría. La primera fija las condiciones básicas de bienestar animal en materia de experimentación, la segunda prohíbe la experimentación en animales con fines cosméticos. No obstante, actualmente la Ley 84 de 1989 no tiene aplicación efectiva, en tanto el legislador de la época no determinó autoridades competentes para la vigilancia del cumplimiento de las normas referentes a esta materia.
SEMANA: ¿Las leyes existentes están a la vanguardia de otros países en cuanto a la defensa de los animales?
J. C. L.: Muchos países están migrando hacia la prohibición o reemplazo del testeo en animales, principalmente con ocasión de las demandas del mercado en ese sentido. En la actualidad 38 países han tramitado prohibiciones de testeo en animales para los productos cosméticos y otro tanto tienen legislaciones que regulan la experimentación científica. Esta última no cuenta con prohibiciones totales, en tanto este tipo de experimentación aún se considera necesaria especialmente en lo referente a los avances médicos. Sin embargo, cada vez más se exigen métodos alternativos de testeo, incluso en el ámbito científico.
SEMANA: ¿Cuáles son los retos y las fortalezas que tiene Colombia en regulación?
J. C. L.: Colombia fue el primer país latinoamericano que prohibió las pruebas cosméticas en animales, fijando una pauta y un precedente para la región. El reto ahora es actualizar la Ley 84 de 1989 para regular efectivamente y limitar la experimentación científica en animales y crear una institucionalidad robusta que controle las entidades que la practican. La experimentación con animales debe ser excepcional, restringida y únicamente debe ser autorizada en aquellos casos donde no sea posible acudir a métodos alternativos libres de crueldad. Esta propuesta la estamos desarrollando en el Código Animal.
SEMANA: ¿Qué ha faltado en el país para proteger a estos animalitos?
J. C. L.: Ha faltado una institucionalidad que vigile y garantice el cumplimiento de las normas y un compromiso de las instituciones educativas y científicas que adelantan estas prácticas, muchas veces en desconocimiento de las normas existentes.
SEMANA: ¿Las industrias cómo han reaccionado frente a la lucha en la defensa de estos animales?
J. C. L.: Durante el trámite de la Ley 2047 de 2020 fue necesario entablar conversaciones con varios sectores de las industrias cosméticas que entendieron que la prohibición obedecía, más que a un capricho legislativo, a un verdadero cambio social y a una exigencia del mercado. Los consumidores actuales son más conscientes del dolor animal y, cada vez más, tienen en cuenta las implicaciones ambientales que tienen sus prácticas de consumo. En esa línea, no hubo oposición directa a la prohibición, sino una solicitud de la fijación de plazos razonables para la transformación de sus procesos productivos.
SEMANA: ¿Se sabe cuántas compañías y/o cuáles productos aún trabajan en Colombia testeando animales para sus pruebas de calidad?
J. C. L.: La prohibición contemplada en la ley 2047 de 2020 empieza a regir a partir del 2024, por lo que a la fecha aún existen compañías que testean en animales para fines cosméticos. Ahora bien, sobre las compañías que testean en animales para fines científicos no existe una institución que las agrupe o vigile, por lo que no existe claridad sobre la materia. Por esto estamos proponiendo una reforma a la Ley 84 de 1989 en el Código Animal.
SEMANA: ¿Se conocen denuncias recientes que evidencien la violación a la reglamentación existente?
J. C. L.: Durante las mesas de trabajo de construcción del Código Animal, evidenciamos que en la actualidad varias instituciones desconocen la prohibición expresa del artículo 25 de la Ley 84 de 1989, en virtud de la cual “se prohíbe realizar experimentos con animales vivos, como medio de ilustración de conferencias en facultades de medicina, veterinaria, zootecnia, hospitales o laboratorios o en cualquier otro sitio dedicado al aprendizaje, o con el propósito de obtener destreza manual”.