Judicial
Diego Cadena perdió otro ‘round’ para tumbar el fallo que lo sancionó por tres años para ejercer como abogado
El Consejo de Estado rechazó la tutela que presentó el abogado, quien se presentaba como apoderado del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Diego Cadena Ramírez seguirá excluido de la profesión de abogado por tres años. El Consejo de Estado declaró improcedente la tutela presentada por el jurista en contra de la decisión de la Comisión Disciplinaria del Valle del Cauca que lo suspendió por 34 meses por ejercer presiones y ofrecer dádivas para obtener retractaciones y favorecer así al expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La sección primera del alto tribunal determinó que la acción de tutela no era la idónea en este caso, pues a Cadena Ramírez le quedan otros recursos para que se revise la decisión que se dejó en firme en junio pasado. El profesional del derecho solicitaba el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia alegando que la Comisión no le permitió ejercer su defensa.
Sin embargo, los argumentos esgrimidos no fueron acogidos por el Consejo de Estado. “La Sala declarará improcedente la presente acción de tutela por no cumplir con el requisito general de procedencia de la relevancia constitucional”, señala la decisión de 18 páginas. “Esta sección considera que la presente controversia carece de relevancia constitucional porque la parte actora pretende utilizar este mecanismo como una tercera instancia y busca reabrir la discusión que fue resuelta en la jurisdicción disciplinaria”.
Cadena reclamaba que no se habían tenido en cuenta las contradicciones, falsedades y variaciones en las que había incurrido el testigo, cuya decisión fue clave para sancionarlo disciplinariamente. Por ello, pedía la protección de sus derechos.
Sin embargo, para el Consejo de Estado, “la posibilidad de cuestionar una providencia judicial por una inconformidad con la valoración de las pruebas solo tiene cabida cuando la decisión contenga errores graves que desconozcan los principios de la sana crítica. Vale la pena aclarar que, en esta oportunidad, lo perseguido por el actor es controvertir el análisis probatorio efectuado por el juez disciplinario, lo que claramente constituye una desnaturalización de este mecanismo, en tanto que está siendo utilizado como una tercera instancia”.
Según la Comisión, el abogado se presentó varias veces en la cárcel La Picota de Bogotá para contactarse con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda, que cumple una condena por secuestro, y le puso de presente una serie de documentos para que los firmara y se retractara de las acusaciones que había hecho en su momento en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El objetivo era enviar esta retractación a la Corte Suprema de Justicia, que ya había definido llamar a indagatoria al entonces senador de la República por, presuntamente, ordenar presionar y manipular a los testigos que existían en su contra. Este documento era la prueba clave en el recurso de revisión que iba a presentar el 23 de febrero de 2018 ante el alto tribunal.
El abogado igualmente está pendiente de que se resuelva el recurso de apelación que presentó en contra del fallo que lo sancionó con 34 meses de suspensión y el pago de una multa de diez salarios mínimos legales vigentes para el año 2017.
Este caso hace referencia a los sobornos que le habría ofrecido al exparamilitar Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, para que supuestamente cambiara su declaración en el marco de la investigación que se adelantaba contra el exmandatario.
Según la decisión, Cadena le puso de presente a Vélez un documento en el que señalaba que las declaraciones que había hecho en un pasado contra el expresidente Uribe y su hermano, el ganadero Santiago Uribe Vélez fueron motivadas por el senador Iván Cepeda, quien le ofreció prebendas. Con el fin de lograr su objetivo, el abogado Cadena habría incluso ofrecido pagarle trabajadoras sexuales.
“Se empezaron a realizar pagos mediante giros a su entorno familiar y personal y que las cartas contenían falsedades”, señala la decisión de 39 páginas. “Si Carlos Enrique Vélez nunca ha visto personalmente a Iván Cepeda, el contenido común de las cartas, en lo relativo a una reunión con el congresista en la cárcel La Picota, no pudo haber ocurrido, y mucho menos las supuestas promesas de beneficios por declarar contra los hermanos Uribe Vélez”.
En la determinación se tuvo en cuenta la declaración de alias Víctor, quien aseguró que, en julio de 2017, Diego Cadena lo visitó en el establecimiento penitenciario y carcelario de alta y mediana seguridad de Palmira (Valle del Cauca). Durante el encuentro, el jurista, quien se presentó como apoderado del expresidente Uribe, le ofreció 200 millones de pesos y asesoría jurídica para que cambiara su versión.
Para sustentar esto, puso de presente una serie de documentos que revelaban la consignación hecha por Cadena a familiares de alias Víctor, así como la declaración de una trabajadora sexual que había sido contactada por el abogado para que ingresara a la cárcel de Palmira.
“Salta a la vista que los pagos que pretende la defensa hacer ver como viáticos o como ayudas humanitarias, principalmente se dirigieron a las señoras María Helena Vélez, hermana del condenado y a la señora Daniela Paz, quien en declaración juramentada reconoció que se desempeñaba como trabajadora sexual, y que conoció a Carlos Enrique Vélez por su trabajo”.
Cadena Ramírez enfrenta actualmente un juicio penal por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. El caso se encuentra en práctica de pruebas testimoniales.