Judicial
Documento de la Procuraduría revela horrores de secuestros cometidos por las Farc
El informe del Ministerio Público complementa la imputación que formuló la JEP en el caso denominado “toma de rehenes”.
La Procuraduría tiene un informe de 2020, en el que advierte los horrores cometidos por la guerrilla durante el conflicto, especialmente en el tema de secuestro. Allí, queda plasmado, por ejemplo, varios interrogantes como la financiación o los recursos de las Farc derivados de los secuestros, la responsabilidad de los mandos medios en este tema y también destaca la pregunta sobre qué pasara con casos ocurridos antes de 1993.
Dentro de las historias conocidas por la Procuraduría está la de una enfermera que pasó a trabajar en un campamento guerrillero tras ser secuestrada. El documento relata con crudeza que: “La pusieron, le pusieron camuflado, la llevaban a los combates como enfermera, la violentaron sexualmente y la empalaron. La llevaron hasta el Estado Mayor del Bloque Oriental con heridos para que fueran atendidos, luego de empalarla apareció en un caserío en el Caquetá, al parecer le sacaron los ovarios, la matriz y el útero”.
Este informe complemente lo que se conoce sobre esta atrocidad cometida en el marco del conflicto en Colombia y luego del informe de la JEP en días pasados en el que se habla, precisamente, de toma de rehenes y otros crímenes de guerra. Cuenta el ministerio público que: “la mayoría de las personas que se encuentran vinculadas de manera reiterativa con los hechos de secuestro extorsivo están imposibilitados para comparecer al sistema, bien porque desertaron del proceso o bien porque están muertos”.
Una de las preocupaciones es que muchos secuestrados, que fueron privados de la libertad antes de 1993, siguen desaparecidos. En el documento se lee: “Estas personas pueden llevar más de 30 años sin que se conozca su paradero, lo que implica que el daño ocasionado a su familia ha sido grave y devastador. Las personas que se han acreditado como víctimas ante la JEP en procura de respuestas sobre la comisión de estas conductas, merecen que se les preste especial atención, pero, sobre todo, que de manera muy clara se les explique qué pueden y qué no pueden esperar obtener del proceso”.
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A propósito de este tema, señala la Procuraduría que el primer caso de secuestro de civiles ocurrió en 1995. El documento menciona a Harold Ederd, empresario, gerente del ingenio azucarero Manuelita.
“Eder fue retenido en la hacienda Santa Helena ubicada en el municipio de Corinto, Cauca, por un grupo de 30 guerrilleros. Fue herido al momento de ser retenido y por no prestarle asistencia médica, murió en cautiverio. Su cuerpo fue encontrado en una fosa común”,
En este caso, cabe recordar que los responsables de estos hechos son los antiguos miembros del Secretariado que están sometidos a la JEP: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Juan Ermilo Cabrera, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. La responsabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado.
La magistrada que tiene en su despacho el caso, Juliana Lemaitre, explica por qué el caso no se denomina secuestro: “Se llama toma de rehenes. El mandato de la sala es identificar todos los hechos que fueron tipificados en el derecho penal nacional como secuestros, toma de rehenes, secuestro extorsivo y secuestro simple, cuáles eran no amnistiables y en relación con la calificación de crímenes de lesa humanidad y de guerra del Derecho Penal Internacional”.
Explica la magistrada que si bien en la decisión utilizamos la palabra secuestro ya no en su uso o comprensión netamente técnica, sino en el uso del lenguaje común para referirse a lo ocurrido. Pero la calificación jurídica en relación al derecho internacional es crimen de guerra de toma de rehenes, crimen de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad, es por eso”.
Es decir que, el 9 de marzo, sería la fecha para que Farc responda por lo ocurrido.