La Corte Constitucional tiene en sus manos una serie de temas cruciales para Iván Duque. Entre estos la Ley de Financiamiento que de sucumbir dejaría al Gobierno sin recursos para operar. | Foto: Juan Carlos Sierra

DEBATE

Pulso de poderes entre Duque y la Corte

La Corte Constitucional se sintió desautorizada por el presidente cuando este objetó la ley estatutaria de la JEP. El choque de trenes pone en peligro los proyectos clave del Gobierno.

17 de marzo de 2019

En su discurso del domingo –antes y después de anunciar las objeciones a la ley estatutaria de la JEP–, Iván Duque reservó varias frases para halagar a la Corte Constitucional. Los cumplidos y la frase “no estamos ante un choque de trenes”, quedaron en el olvido pronto por cuenta del temporal político de alcance internacional que desató el anuncio. Sin embargo, el mandatario no calculaba mal a la hora de incluir las lisonjas a la corte. Las objeciones abren una especie de guerra fría institucional, menos estruendosa que el debate público pero probablemente más delicada, pues deja en vilo buena parte de la agenda con la que el Gobierno prevé navegar su cuatrienio.

Efectivamente, no son pocos ni menores los temas de interés crucial para el Gobierno que tiene en sus manos la Corte Constitucional. Entre estos, en primer lugar, la Ley de Financiamiento, el título con el que Duque tramitó su reforma tributaria, y en segundo el Plan Nacional de Desarrollo. La primera ya surtió trámite en el Congreso mientras el segundo está en eso por estos días. Pero para que ambos instrumentos se conviertan en realidad la corte debe darles su bendición.

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Así mismo, en los despachos de los magistrados constitucionalistas hay asuntos como la petición del Ejecutivo de reanudar la aspersión con glifosato, la demanda contra el Código de Policía por la penalización de la dosis mínima, y todo un paquete de temas relacionados con la JEP. Precisamente, en uno de estos últimos la corte ya profirió su primera respuesta a la determinación del Gobierno de objetar. Y lo hizo con un portazo.

Foto: La semana pasada el presidente Duque fue a la corte para solicitar que se retome la aspersión aérea con glifosato.

El miércoles, solo tres días después de la alocución presidencial, la corte concluyó su análisis de la ley de procedimiento de la JEP. Aunque el resultado concreto era previsible, vino cargado de mensajes severos para el Gobierno. El Legislativo tramitó esa ley en medio de una fuerte tensión entre los partidos que respaldan el acuerdo de paz y el uribismo. Este último logró incluir en esa norma dos reformas sobre las que había insistido, infructuosamente, en otros debates.

Los ajustes cruciales eran: 1) Crear un régimen diferenciado para los militares con una pausa de 18 meses en la que estos no tendrían que comparecer ante la JEP, mientras se definían reglas y un procedimiento especial para que pudieran expiar los delitos cometidos en el marco del conflicto armado.  2) Aclarar que en los trámites de extradición de excombatientes, la JEP no pudiera practicar pruebas, y se limitara a “verificar” que los presuntos hechos hubieran tenido lugar después de la firma de la paz, con lo que el implicado perdería la garantía de no extradición. El Congreso aprobó la ley de procedimiento con esos componentes, pero precisamente por estos alguien la demandó y le correspondió a la Corte Constitucional resolver. Esa fue la respuesta que expidió el miércoles pasado.

La ley de financiamiento, el Plan de Desarrollo y la aspersión aérea con glifosato dependen de la aprobación de la corte.

Pero el alto tribunal le dio una auténtica “peinada” al asunto. Eliminó de tajo el pretendido régimen especial para los militares. Aunque los demandantes alegaban que acabaría con el “tratamiento simétrico y equivalente” que deben recibir los excombatientes en sus procesos, la corte ni siquiera se detuvo en ese argumento. De hecho, anuló la discusión al señalar que el régimen diferenciado fue incorporado a la ley “de manera sorpresiva” en el último debate lo que configura un vicio de forma.

En cuanto al asunto de la extradición los magistrados no fueron menos severos. Con una votación unánime de 8-0 (con ausencia de un togado impedido), decidieron ratificar que la JEP sí puede practicar pruebas a fin de evaluar la fecha de los hechos, como ya lo habían dicho en otros pronunciamientos. Y con un detalle importante: la corte cambió el verbo “verificar” y puso “evaluar” para señalar así que la función de la JEP no se reduce a simplemente validar los hechos.

Adicionalmente ordenó que en los casos en que la JEP dé luz verde para extraditar –escenario en el que el expediente pasa a la Corte Suprema–, los magistrados de la Sala Penal tendrán que incluir otro criterio para decidir. Deberán ponderar la solicitud de extradición del país requirente con los derechos a las víctimas y el propósito de conseguir la paz.

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La determinación de la Corte Constitucional golpea a Duque ya que una de sus objeciones pretende prohibir que la JEP pueda practicar pruebas en procesos de extradición. La semana entrante la misma corte resolverá el conflicto de competencias trabado entre la Fiscalía General y la JEP sobre la administración de los bienes de las Farc. Muy probablemente entonces el alto tribunal atacará la objeción del Ejecutivo que tiene ver con el artículo 7 de la ley estatutaria. El jefe de Estado lo rechazó “porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas”.

Así mismo, la corte tiene en su agenda la carta urgente que remitió el presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro Carlos Chacón (ver artículo). En esta el congresista liberal pide que los togados decidan si las objeciones presentadas proceden o si realmente afectan asuntos ya decididos por ese tribunal y por tanto “cosa juzgada constitucional”. Desde esa perspectiva no cabría una nueva discusión en el Legislativo.

La próxima semana la Corte resolverá el conflicto de competencias trabado entre la Fiscalía General y la JEP.

A pesar del panorama oscuro sobre los temas relacionados con la JEP, resulta mucho más preocupante para Duque lo relacionado con los proyectos propios de su gobierno. Luego de un gran esfuerzo el Ejecutivo logró sacar avante la Ley de Financiamiento que le permitirá obtener más de 8 billones de pesos. Y le ayudará al ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, a garantizar parte de los recursos que necesita el país para tapar el hueco por 14 billones de pesos que tiene el presupuesto de 2019. Solo podrán recoger esas sumas si la corte avala la ley al resolver una decena de demandas formuladas contra esta. De sucumbir la norma, el Gobierno quedaría postrado, sin recursos para operar.   

En contexto: ¿Cuáles son las tres reformas (además de las seis objeciones) que propone Duque?

No es menor la apuesta en torno al Plan Nacional de Desarrollo, nada menos que la hoja de ruta del Gobierno hasta 2022. El proyecto va para discusión en las comisiones económicas del Congreso y de momento ha sorteado las críticas reiteradas de quienes opinan que por este medio Duque está adelantando una reforma general al Estado, pues el proyecto elimina o modifica decenas de entidades. Ese cuestionamiento de fondo choca con la jurisprudencia de la Corte Constitucional que ha señalado varias veces que no se pueden cambiar normas de naturaleza permanente por vía de una ley como la que formaliza el plan de desarrollo. Concluido el trasegar del proyecto en el Capitolio Nacional, la última palabra estará en el Palacio de Justicia.

Foto: Por cuenta de la reelección presidencial que implementó Uribe, Juan Manuel Santos dejó tres magistrados en la Corte Constitucional y a Duque no le corresponderá postular a ninguno.

Otro elemento que corre contra el Gobierno en esta coyuntura de choque con la Corte Constitucional tiene que ver con la configuración de la misma. El alto tribunal se compone de nueve magistrados que tienen un período de ocho años y los elige el Congreso de sendas ternas presentadas por el presidente de la república, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Es decir cada uno pone tres magistrados.

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De los tres cupos que le corresponden al Ejecutivo el más próximo a concluir su periodo es el magistrado Alejandro Linares. Terminará en 2023 pues lo ternó Juan Manuel Santos hace cuatro años. De no presentarse ninguna situación atípica, Duque no pondrá magistrados en la Corte Constitucional. A eso se suma que entre los actuales no hay ninguno alineado plenamente con el Gobierno, salvo Luis Guillermo Guerrero y Carlos Bernal en algunos temas. Así las cosas, el presidente de la república solo podría tratar de influir en el Congreso para que quienes triunfen de las ternas presentadas por la Corte Suprema y el Consejo de Estado no sean magistrados antiduquistas.

De cualquier forma, esa eventual incidencia podría aminorar las fuerzas progresistas y pro acuerdo de paz dentro de la Corte Constitucional. Pero está claro que el tiempo no alcanza para un revolcón de las mismas durante el Gobierno actual. Todas esas circunstancias entrelazadas y la gravedad de los temas en juego indican que el presidente Iván Duque tendrá cuesta arriba la posibilidad de triunfar en el pulso planteado con el alto tribunal.