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Miles de afiliados a la EPS Comfamiliar Huila se mostraban preocupados ante el anuncio de liquidación. | Foto: Supersalud

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El abecé de lo que sigue para afiliados a EPS Comfamiliar Huila que ordenó liquidar SuperSalud

La entidad de vigilancia resolvió los interrogantes que se están haciendo los que venían recibiendo el servicio en esta entidad. ¿A dónde pasarán? ¿Qué deben hacer?.

26 de agosto de 2022

Este viernes, como la primera decisión que tomó el nuevo superintendente nacional de Salud, Ulahy Beltrán López, se anunció la liquidación de la EPS Comfamiliar Huila, que venía en vigilancia en busca de un mejoramiento, lo que finalmente no logró.

Las deudas y el incremento de quejas iban haciendo mella en la EPS, de la cual depende la atención en salud de 541.000 ciudadanos de los departamentos de Huila y Boyacá.

Muchos de los colombianos que eran atendidos en esta EPS tienen ahora múltiples interrogantes, por lo cual, la Superintendencia resolvió muchos de ellos, para orientar a las personas acerca de lo que viene.

¿Qué trámite hay que realizar para el traslado a otra empresa de atención en salud?

Ninguno. La potestad para el proceso de traslado de los afiliados es del Ministerio de Salud. El traslado será de forma automática a las EPS receptoras, tal como ha sucedido en otros casos anteriores en Colombia.

¿En qué momento ocurrirá el traslado y cómo saber si se hizo?

Para las personas que están inquietas por el futuro de su servicio de salud, tras la liquidación de la EPS Comfamiliar Huila, la Superintendencia indicó que, tanto la entidad en liquidación como las que vayan a recibir a los afiliados, tienen la obligación de informar a través de sus canales de atención y sitios web.

No obstante, la Supersalud recomienda consultar en el espacio que será habilitado en las páginas de las autoridades de salud del país: Supersalud www.supersalud.gov.co y del Ministerio de Salud www.minsalud.gov.co

El nuevo superintendente de Salud, el doctor Ulahy Beltrán López.
El nuevo superintendente de Salud, el doctor Ulahy Beltrán López. | Foto: Twitter (@ulahybelpez)

¿Y si se requiere una atención mientras se produce el traslado?

Ante este interrogante, la SuperSalud indicó que “hasta el día anterior al traslado de los usuarios, Comfamiliar Huila deberá prestar el servicio”. A partir del día del traslado, las EPS receptoras serán las responsables de garantizar la atención integral de los afiliados.

¿Hay una fecha específica para el traslado?

Hasta el momento, teniendo en cuenta que la decisión de liquidación de la EPS se dio a conocer hasta este viernes, no hay una fecha definida. Sin embargo, el Ministerio de Salud dará a conocer el día señalado, que debe ser en cuestión de días.

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¿Los beneficiarios del afiliado podrían ser trasladados a una EPS distinta a la del titular del servicio?

No. Todo el grupo familiar alrededor del afiliado pasa a la EPS que se le asigne. Quedarán cubiertos del mismo modo en que se encontraban en su anterior EPS.

¿Qué EPS serían las receptoras?

De acuerdo con las normas establecidas en Colombia, el Ministerio de Salud escogerá EPS que no se encuentren bajo medida de vigilancia especial y/o restricción para afiliar nuevos usuarios. Será esa misma entidad la que dará a conocer cuáles son y a cuál va a ser asignado cada usuario.

¿Las citas programadas serán cambiadas?

A este interrogante, la SuperSalud responde que, “si la cita está programada para antes del traslado, se mantiene. Si está programada para después del traslado, deberá consultar con la EPS a la que fue asignado el proceso que deberá realizar”.

La Superintendencia agrega que Comfamiliar Huila será responsable de entregar a las EPS receptoras la información de los servicios autorizados que a la fecha de la asignación no hayan sido prestados, para que sigan su trámite.

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¿Y si no hay adaptación a la EPS receptora asignada?

El afiliado podrá hacer cambio de EPS, si llegara a no encontrarse satisfecho con la asignada, pasados tres meses (90 días) contados a partir del momento de la asignación a la EPS receptora.

Desde ese momento podrá pasarse a la EPS que desee, siempre y cuando esta preste servicios en su municipio, no cuente con alguna restricción para afiliar y opere en el régimen al cual pertenece.