NACIÓN

El Auto de la Corte Suprema sobre el fiscal ‘ad hoc’

SEMANA tuvo acceso a la decisión de la Corte Suprema sobre el impedimento de la vicefiscal Riveros. Allí están las claves de cómo vislumbra el alto tribunal las características del fiscal ‘ad hoc’ para el caso Odebrecht y las razones por las que fue rechazada la primera terna propuesta por Iván Duque.

7 de diciembre de 2018
| Foto: Archivo particular

Desde abril de 2017 el fiscal general Néstor Humberto Martínez se declaró impedido frente a tres expedientes relacionados con el escándalo de Odebrecht. La Corte Suprema de Justicia lo admitió y se los asignó a la vicefiscal María Paulina Riveros quien también se declaró impedida. Por esta razón el alto tribunal tuvo que emprender la búsqueda de un fiscal autónomo, un fiscal ad hoc, a pesar de que no hay una reglamentación clara para determinar quién será este nuevo investigador. 

Un auténtico vacío frente al cual los magistrados optaron por un razonamiento simple y lógico: como se trata de conseguir a un fiscal que remplace a Néstor Humberto Martínez en los expedientes en que este se ha declarado impedido, los criterios y el proceso deben ser iguales al que existe para elegir al fiscal general. Es por eso que la corte, al admitir el impedimento de la vicefiscal Riveros, decidió solicitar al presidente de la república, Iván Duque, una terna de candidatos, es decir que recurrió al mismo procedimiento consagrado en la Constitución para la elección de fiscal general de la nación.

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Y así fue. Duque presentó la terna en la que incluyó a la magistrada de la Corte Suprema, Margarita Cabello; a la secretaria jurídica de Casa de Nariño, Clara María González; y al decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Sergio Arboleda, Leonardo Espinosa. Pero este jueves, al concluir una larga jornada de Sala Plena, los magistrados de la Corte Suprema decidieron devolvérsela al mandatario. El principal argumento para esta decisión era que la terna se había desintegrado luego de la renuncia de una de las postuladas, la magistrada Cabello.

Lo que no había trascendido de esta especie de cónclave –hasta ahora– es que buena parte del tiempo de la sesión fue ocupado en pulir el texto del Auto de Sala Plena con el que la corte admitió el impedimento de la vicefiscal María Paulina Riveros. Ese documento, de 25 páginas, ponencia del magistrado Gerardo Botero Zuluaga, es de crucial importancia pues cuenta cuál fue el argumento legal de Riveros al presentar su impedimento y a partir de allí la corte reflexiona para establecer las pautas con que elegirá al fiscal ad hoc. 

SEMANA tuvo acceso al Auto de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia que será brújula para destrabar el empantanado asunto del fiscal ad hoc, cuya terna sucumbió este jueves. El gobierno deberá reformularla y los parámetros para que la nueva tenga mejor suerte están en este documento clave.

El impedimento de la vicefiscal

Hay una parte conocida y una desconocida en lo referente a la manifestación de impedimento que hizo la vicefiscal María Paulina Riveros ante la Corte Suprema de Justicia. La parte conocida es un documento en el que Riveros rechazó la recusación formulada por la Red de Veedurías que le pedía hacerse a un lado. La vicefiscal argumentó que la red no era parte formal y por tanto era improcedente su petición. Pese a ello le dijo a la corte que “la suscrita acompaña la posibilidad de designar un fiscal general ad hoc, en aquellos casos de impedimento del fiscal general de la nación”. Esa manifestación fue importante pero insuficiente y algo confusa para la corte. ¿Se estaba declarando formalmente impedida la vicefiscal? De ser así, ¿cuál era la causal puntual que la llevaba a tal impedimento?

A oídos de la cúpula de la Fiscalía llegaron esas observaciones y Riveros envió, el 23 de noviembre, otra comunicación “para ser tenida en cuenta” por el máximo tribunal. En esta carta sí dice expresamente que se “declara impedida” y argumenta su postura en que los acontecimientos de público conocimiento “han generado un interés sobreviniente y excepcional en la suscrita”.

La funcionaria hacía referencia al escándalo que agitaba a la cúpula del búnker ante la muerte de Jorge Enrique Pizano y su hijo Alejandro, lo que desató la divulgación del testamento audiovisual del primero, el cual puso en la cuerda floja al fiscal general Néstor Humberto Martínez, al saberse por audios que desde 2015 conocía de graves irregularidades por parte de Odebrecht en el megaproyecto de la Ruta del Sol.

Como Martínez, para ese entonces, fungía como abogado asesor del Grupo Aval (socio minoritario de Odebrecht en la Ruta del Sol II, a través de la firma Corficolombiana), ahora tendría que investigar esos entuertos como fiscal general, o en su defecto, ante el impedimento presentado ante la corte, el asunto le correspondería atenderlo a su vicefiscal Riveros.

Ante este enredo, sobrevino una catarata de críticas que iban desde la petición de renuncia de Martínez hasta el plantear que era inocuo que los casos pasaran a la vicefiscal en razón de que era una subordinada del primero.

Por esta situación, en la que se cuestionó la imparcialidad de la Fiscalía para adelantar estas investigaciones, la vicefiscal manifiesta su impedimento. Argumenta que como funcionaria tiene un interés particular en los procesos en cuestión “que surge del natural propósito personal e institucional en demostrar ante los diferentes sectores que las actuaciones que se han llevado en el caso Odebrecht por parte de la Fiscalía General se han efectuado en el más estricto marco de transparencia y rigor para así desvirtuar conjeturas y cuestionamientos”.

La corte considera que el ambiente producido por las grabaciones de Pizano y reveladas ampliamente por los medios de comunicación, efectivamente ponen a Riveros en una situación en la que eventualmente podría verse comprometida la credibilidad y transparencia con la que debe surtirse la investigación de Odebrecht, y en consecuencia decide admitir el impedimento manifestado por la funcionaria.

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El argumento concreto del máximo tribunal es que no es irreal la compleja situación en que se encuentra Néstor Humberto Martínez quien no solo ha manifestado inhabilidad por haber asesorado profesionalmente a una de las empresas del Grupo Aval involucradas, sino que además enfrenta una denuncia penal que hace trámite en la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes por supuestas actuaciones indebidas en el caso Odebrecht. Ello le genera un interés no solo en cómo se instruyen las investigaciones sino en los resultados de las mismas, pues de estas dependerá su propia suerte. Con los pies en ese escenario –considera la corte– es entendible que la vicefiscal se sienta incapaz de actuar sin sesgo, dado que es una persona muy cercana y de plena confianza del fiscal general.

Y tras admitir el impedimento la corte pasa a esbozar el escenario del fiscal ad hoc que deberá suplir, con plena autonomía, al fiscal general y a su vicefiscal en relación a los casos en cuestión.

Pautas para la nueva terna

En el Auto, los magistrados reconocen que se trata de una figura “jurídicamente exótica” pero al mismo tiempo una alternativa perfectamente viable dado el panorama de encrucijada en que se encuentra la institucionalidad, y de cara a la ausencia de una regulación legal para el asunto.

A partir de allí la Sala Plena considera que el fiscal ad hoc deberá contar con la colaboración y el apoyo del equipo de fiscales delegados, además de los investigadores del CTI, que han venido trabajando en las 16 líneas de investigación que conforman –en lo que va– el caso Odebrecht. Pero que además el funcionario que asuma como fiscal general especial para este caso deberá poder disponer del personal adicional que requiera.

Todo esto bajo el criterio de que “el complejo y voluminoso asunto” debe ser investigado como un todo, pues para alcanzar su comprensión completa se requiere no solo de un análisis individual sino también del examen conjunto por parte de quien sea investido como fiscal ad hoc. Y a partir de estas pautas los magistrados consideran que quien asuma tal rol deberá tener dedicación exclusiva, de lo que se desprende que el funcionario elegido tendría que asumir un cargo de tiempo completo con un salario equivalente al que tiene el fiscal general de la nación.

El planteamiento deja sin piso la lectura que hacía Margarita Cabello Blanco, una de las ternadas por el presidente Duque. Ella, magistrada en ejercicio, dijo “No creo que deba renunciar a la Corte Suprema para ser fiscal ad hoc”. La jurista consideraba que la misión sería ad honorem y no implicaría tiempo completo. Y lo mismo dijo el presidente Duque cuando le cayó una cascada de críticas a su terna y salió en defensa de esta. Seguramente la magistrada anticipó su renuncia a la terna enterada de que estaba equivocada y que no tendría oportunidad de conseguir los 16 votos requeridos. Ante la renuncia de Cabello, la determinación de la corte fue devolver la terna para que sea reconfigurada. ¿Mantendrá Duque los nombres de su secretaria jurídica Clara María González y del decano Leonardo Espinosa? 

Las pautas que contempla la Corte Suprema de Justicia, en el Auto resolutivo para la elección del fiscal ad hoc, indican que estos dos no tendrían chance si no se comprometen a renunciar a sus cargos actuales para, eventualmente, asumir como fiscal general del caso Odebrecht.

Aunque la carta formal de la Corte Suprema con la que se oficializó el “retorno” de la terna a Duque no ahonda en todos los aspectos, el magistrado José Luis Barceló se tomó el trabajo de ir hasta la Casa de Nariño para informar personalmente al presidente. Así que probablemente el jefe de Estado quedó enterado de los parámetros que está manejando la Sala Plena para elegir al tan buscado fiscal ad hoc que instruirá el caso Odebrecht. Cuando Duque reformule la terna se sabrá si el mensaje fue trasmitido y qué tan claro quedó.