Coronavirus

El ministro de Salud revela cuándo logrará Colombia vacunar al 80 % de la población contra covid-19

De acuerdo con el jefe de la cartera de Salud, los efectos de la vacunación solo se verán hasta final de año.

6 de abril de 2021
Fernando Ruiz, ministro de Salud
Fernando Ruiz, ministro de Salud. | Foto: Ministerio de Salud

El ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz, explicó este lunes que el Gobierno tiene como objetivo mitigar el impacto en los contagios del nuevo coronavirus que se darán luego de la Semana Santa.

Adicionalmente, detalló que los efectos reales de la inmunización contra el virus de la covid-19 no se podrán notar hasta que cerca del 80 % de los habitantes de Colombia estén vacunados, lo que no sucederá sino hasta finales de este año.

“Quiero invitar a toda la ciudadanía a entender que hasta que no tengamos por encima del 70 %, probablemente alrededor del 80 % de las personas vacunadas, aquí no va a haber ningún efecto y eso se nos va a dar solamente a final de año”, dijo el ministro Ruiz.

Actualmente, según cifras de la autoridad sanitaria, se han aplicado en Colombia un total de 2.408.085 dosis del inmunizante contra el coronavirus. De estas, 402.200 corresponden a las segundas dosis acumuladas.

“Estamos en una posibilidad alta de entrar en un tercer pico, particularmente en algunas ciudades del país donde se ha visto un incremento mayor de casos y se viene presentando de manera disgregada en las diferentes ciudades”, apuntó el ministro.

De igual manera, Ruiz Gómez habló acerca de la educación en alternancia, sobre la que explicó que se mantiene tal y como se solicitó por medio de la normativa ya expedida, con la condición de que el número de contagios de los diferentes territorios lo permitan.

Por tal razón, junto con el Ministerio de Educación se hará un estudio para el caso de cada ciudad, lo que permitirá tomar la decisión de elegir las que continúan en alternancia, las que tendrán restricciones y las que podrán regresar a la presencialidad.

Este lunes, el Ministerio de Salud publicó el borrador de resolución que incluye las reglas claras para que los privados puedan comprar vacunas contra la covid-19 para ampliar el margen de inmunización en el país.

En el documento se estipula la autorización “a personas naturales y a las jurídicas de derecho privado y público, incluidas las entidades territoriales, para importar al país vacunas contra la covid-19 que tengan vigente una Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia otorgada por el Invima”.

En el caso de los privados, el Ministerio de Salud autoriza la compra del inmunizante, pero no la comercialización del mismo en el territorio colombiano. Las dosis de la vacuna contra el coronavirus que sean importadas por los privados “solo podrán ser adquiridas para su aplicación gratuita a grupos poblacionales previamente definidos y aprobados” por la cartera de Salud.

Estos son los puntos que contempla el borrador de decreto que fue publicado por el Ministerio y que regirán para que los privados puedan negociar, adquirir e importar el biológico:

a. Las vacunas objeto de importación deben contar con una Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1787 de 2020.

b. Garantizar la aplicación de las vacunas importadas en prestadores de servicios de salud o en espacios diferentes a estos, que tenga el servicio de vacunación habilitado. En el respectivo acuerdo con el prestador de servicios autorizado o la entidad autorizada, deberá dejarse constancia acerca de que la aplicación de las respectivas vacunas no afectará la ejecución del Plan Nacional de Vacunación, PNV.

c. Garantizar las condiciones necesarias para la conservación de las vacunas.

d. Contar con una póliza todo riesgo sobre el producto adquirido que cubra los biológicos durante el tiempo que el agente de derecho privado tenga la custodia del mismo.

e. Garantizar que el procedimiento de aplicación cumpla con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para cada vacuna.

f. Asumir no solamente los costos de la importación y de los biológicos, sino también los costos de la aplicación y las responsabilidades derivadas de la misma.

g. Garantizar el diligenciamiento previo e individual del consentimiento informado definido por el Ministerio de Salud y Protección Social.

h. Establecer el procedimiento, registrar y asumir los costos del registro, de las personas vacunadas con los biológicos importados, en la plataforma PAIWEB 2.0.

i. Radicar en el Ministerio de Salud y Protección Social el Plan de Vacunación que seguirá con las vacunas adquiridas.

La cartera de Salud explica en el borrador que para llevar a cabo la vacunación, los privados deben contar con una red ampliada de prestadores de servicios de salud y no podrán hacer uso de los que ya están habilitados por el Gobierno para avanzar con el Plan Nacional de Vacunación.