PAZ
La paradoja del uribismo: la JEP no puede obligar al Paisa a comparecer dado que la ley estatutaria está en suspenso
Hernán Darío Velásquez, alias el Paisa volvió a incumplir una cita judicial con la JEP. Los magistrados a cargo explicaron que el artículo que permitiría ordenar su comparecencia obligatoria inmediata está dentro de la ley objetada parcialmente por el presidente Duque. Entretanto ¿Qué hay de Iván Márquez?
Hernán Darío Velásquez, alias el Paisa, es uno de los nombres más temidos de la guerra en Colombia. El excomandante de la siniestra columna móvil Teófilo Forero tiene 26 sentencias condenatorias, seis investigaciones en curso e igual número de órdenes de captura. Todo ese prontuario solo con relación a secuestros. Como se recuerda, el Paisa fue quien lideró las llamadas pescas milagrosas en las carreteras del sur del país y con ese mecanismo hizo del secuestro una aberración sistemática dentro de las Farc. Por todo ello es clave su comparecencia como uno de los principales responsables dentro del Caso 01 de la JEP, es decir, el macroexpediente por secuestro.
Pero este lunes el Paisa una vez más incumplió el llamado de la justicia. Y su ausencia reiterada sumada a la coyuntura política hizo aflorar una verdadera paradoja: los magistrados de la jurisdicción de paz podrían obligar la presentación de el Paisa de estar en vigor la ley estatutaria de la JEP que el uribismo puso en suspenso por cuenta de las objeciones a esta norma.
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La magistrada Julieta Lemaitre, presidenta de la Sala de Reconocimiento de la JEP, instancia ante la que debe presentarse el Paisa, recalcó que las objeciones del presidente Iván Duque a la ley estatutaria le restan dientes a la jurisdicción para enfrentar una situación como la que se presenta con el exjefe de la Teófilo Forero. Sin la sanción presidencial a la ley estatutaria, la JEP no tiene la facultad legal de obligar a Hernán Darío Velásquez a comparecer. “La ley estatutaria nos da más herramientas en caso de incumplimiento de las que nos da directamente la Constitución y la ley, por ejemplo, la ley estatutaria le permite a la sala que se obligue a la persona que no ha rendido versión, a comparecer”, argumentó la togada.
Efectivamente, el artículo 79 de la ley estatutaria, dice que cuando una persona se haya negado a comparecer: “la Sala deberá solicitarle a la sección de revisión del Tribunal que la obligue a efectuar tal comparecencia ante la Jurisdicción Especial para la Paz", dice el articulado en el literal U. Este artículo fue declarado exequible por la Corte Constitucional y no está dentro de los seis que el presidente Duque rechazó, sin embargo, no se puede aplicar pues la norma completa debe volver al Congreso y hasta tanto no se resuelve el limbo en que se haya, toda está congelada.
Evidentemente un artículo como el señalado difícilmente podría poner en cintura al Paisa. De existir el instrumento legal la JEP podría ordenar a la Unidad de Investigación –la Fiscalía de la jurisdicción– que busque, retenga y conduzca a Velásquez, a fin de que comparezca a la diligencia judicial. Una misión que sería incluso muy difícil para la Fiscalía General de la Nación que cuenta con más capacidad. Sin embargo, eso no anula la paradoja: la JEP no puede activar esa opción dado que la ley estatutaria está en suspenso, es decir, un efecto colateral de la determinación del uribismo de impedir la entrada en vigencia de la ley estatutaria es que esta carece de instrumentos para presionar al Paisa, precisamente una de las exigencias del partido de gobierno.
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El incumplimiento de dejar plantada a la justicia transicional acarrea la pérdida de los beneficios que otorga la JEP a quienes cumplidamente atienden los llamados a comparecer, reparan a las víctimas y no reinciden. Los magistrados señalaron que el Paisa podría, por ejemplo, perder el beneficio de la suspensión de las órdenes de captura o las oportunidades de sanción propia que ofrece la JEP, es decir quedar en manos de la justicia ordinaria. Incluso, según Catalina Díaz, magistrada de la Sala de Reconocimiento “podría ser expulsado de la JEP”.
Ante este escenario y por ahora, Velásquez, por debido proceso, tendrá tres días hábiles más para presentar las debidas justificaciones por su ausencia, las cuales –de llegar– estudiará la Sala. No hay optimismo con relación al Paisa. A diferencia de Iván Márquez –que tampoco se presentó el pasado 14 de marzo, pero sí dio señales de vida para solicitar que le aplazaran dicha audiencia– Velásquez ha permanecido en completo silencio y ni siquiera tiene un abogado que lo represente.
“La Sala deberá solicitarle a la sección de revisión del Tribunal que la obligue a efectuar tal comparecencia ante la Jurisdicción Especial para la Paz"
A Márquez le concedieron una nueva cita para el 2 de mayo de este año, conforme al plazo estipulado por la JEP, para recibir las versiones voluntarias de los 31 exmiembros del Estado Mayor Central de las Farc. Márquez adujo razones de seguridad para justificar su ausencia en la audiencia. Según su defensor, Márquez "manifiesta no alcanzar a llegar el día 14 de marzo pues su desplazamiento hacia Bogotá se ha visto constantemente amenazada", además, añade que la petición se hace para demostrar "el compromiso y la voluntad de comparecer del señor Marín Arango".
Y, ¿ahora qué?
Los efectos de las objeciones presidenciales a la ley estatutaria se empiezan a hacer evidentes. Si bien la JEP cuenta con un piso jurídico que le brindan los dos actos legislativos en funcionamiento y una ley de procedimiento, la ley que hoy está en suspenso es la que finalmente le daría todas las herramientas legales para responder en este tipo de situaciones de manera mucho más efectiva.
Para la magistrada la única alternativa que tiene hasta ahora la JEP para poner en cintura al Paisa, es continuar con el incidente de verificación que tiene abierto desde el 10 de septiembre de 2018. Para esa fecha los 31 miembros de la cúpula de las Farc tenían que presentar unos informes personales e individuales que dieran cuenta de sus actividades de reincorporación y otras obligaciones que tenían para el caso. El Paisa fue el único que no los presentó. Así mismo, tampoco hizo presencia en la audiencia que le dio inicio al caso 001.
El cúmulo de estos incumplimientos y las consecuencias jurídicas que se deriven de ellos serán definidos en una audiencia en las próximas semanas. De ratificarse la existencia del incumplimiento, el Paisa podría pasar a manos de la justicia ordinaria y a ser buscado por los agentes de la Fiscalía.
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