Judicial
El perro es parte de la familia: Tribunal colombiano confirmó lo que muchas personas sienten. Estas son las grandes implicaciones de la decisión
En una decisión sin precedentes en Colombia, el tribunal expuso el concepto de familia multiespecie y lo aplicó a un caso particular que llegó a su Sala Mixta.
La presencia de mascotas dentro de las familias se remonta a varios siglos atrás, sin embargo, hay debates que aún siguen vigentes en materia de los derechos de los animales.
En Colombia, por ejemplo, mediante la Ley 1774 de 2016, el Estado establece que los animales vertebrados -como seres sintientes- no son cosas. Por lo tanto, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos.
En ese sentido, ya se ha dado un avance notable en materia de la protección animal. No obstante, aún quedan en el tintero otros escenarios que tiene por protagonistas a las mascotas.
Recientemente, en una decisión sin precedentes en el país, el Tribunal Superior de Bogotá reconoció a un perro como miembro de una familia humana.
Lo más leído
El caso se remonta a una demanda presentada por un ciudadano en contra de su excónyuge. En su momento, alegó que la separación con su hija perruna afectó sus condiciones de vida. Por lo tanto, exigía la regulación de visitas a Simona, a quien se refirió en la demanda, precisamente, como su hija perruna.
“El demandante alega que Simona hace parte de su núcleo familiar y, desde la separación con su pareja, Simona y él se han visto afectados, pues no ha podido visitarla con regularidad, ya que la demandada considera que las visitas terminan afectando emocionalmente a Simona”, resume el documento de la Sala Mixta del Tribunal.
En síntesis, el demandante pretendía que la ley obrara en su favor, permitiéndole visitar a Simona, a quien considera su hija a pesar de ser un canino.
¿Qué resolvió el Tribunal?
En su decisión, el Tribunal de Bogotá desarrolla el concepto de familia multiespecie. Sobre esta figura, expone: “Se han realizado estudios de sociología jurídica que han resaltado que el rol de los animales en la familia no es un cambio novedoso, sino que ahora los miembros de la sociedad están dispuestos a hacer mucho más por ellos. Dichos estudios han establecido que para que los animales sean considerados como miembros de la familia, se deben cumplir dos requisitos: i) que las personas reconozcan a los animales como miembros de estas; ii) la posibilidad de que el animal asuma roles dentro de la misma”.
Para el Tribunal, el primer requisito es fundamental para la configuración de la familia multiespecie, pues es aquel que otorga la legitimidad a la configuración legal. “Este se configura cuando las personas toman decisiones emocionales y financieras que van más allá de satisfacer las necesidades básicas, como lo son los cuidados cosméticos o los suplementos nutricionales. Dicho criterio se evidencia cuando i) se les da un nombre -atributo de personalidad-; ii) se tienen en cuenta sus necesidades al realizar actividades que puedan perturbar su cotidiano, por ejemplo, mudanzas, vacaciones, o divorcios; iii) el reconocimiento dentro de roles familiares, por ejemplo, como hijo o hermano”, detalla la resolución.
Respecto al segundo elemento, el tribunal recoge que se evidencia en la respuesta de los animales, que ha sido estudiado por etológicos. “Una forma en particular permite observar su rol en las estructuras familiares: las disputas entre sus miembros, pues los animales buscan impedir dichos conflictos, pidiendo atención, o hasta buscando provocar emociones positivas con sus acciones”.
De igual manera, sostiene que se ha evidenciado que cuando uno de los miembros de la familia está enfermo, “hay animales que tienen la habilidad de detectar el estrés emocional y centran su atención en acompañar a la persona indispuesta”.
El Tribunal, además, expone que la concepción de la familia ha avanzado con el tiempo. En tal virtud, indica que “los cambios sociales han roto con la idea clásica y han permitido que distintas conformaciones sean consideradas como parte del grupo familiar, gracias al principio de pluralidad”.
La percepción del rol de los animales en la sociedad también ha avanzado con el tiempo. De hecho, el Tribunal cita que, en la actualidad, se puede observar el impacto que ellos tienen en las comunidades colombianas.
“En el 2021 40,2 % de las familias en Bogotá contaban con un animal de compañía, mientras que, en el 2018, el 95 % de los latinoamericanos consideraban a sus animales domésticos como parte de su familia. Por ese motivo, el concepto de familia multiespecie apareció, pues como lo explica el salvamento de voto mencionado previamente ‘los animales pueden ocupar un lugar como integrantes de familias humanas, situación susceptible de protección como realidad social’”, reseña el Tribunal de Bogotá en su decisión.
Teniendo en cuenta los argumentos presentados por el demandante, quien asegura tener un vínculo demasiado fuerte con Simona -a tal punto de sentir depresión cuando dejan de verse-, la Sala Mixta del Tribunal de Bogotá considera que “la protección de la familia multiespecie debe primar”. Por lo tanto, en vista de que el asunto de fondo presentado en la demanda es la regulación de visitas, “no hay otro juez competente para conocerlo que el de familia”.
En resumen, el Tribunal argumenta en su decisión que el caso deberá ser resuelto por una Juzgado Tercero de Familia, reconociendo a Simona como miembro del núcleo familiar en virtud de que cumple con las condiciones expuestas por la figura de familia multiespecie.