POLÍTICA
“El proceso de Uribe debe pasar a la Fiscalía”: Alfonso Gómez Méndez
El exfiscal y exministro de Justicia habló con SEMANA sobre lo que se viene en el proceso de Álvaro Uribe, luego de que el Senado aceptara su renuncia. Afirma que, si se sigue la jurisprudencia vigente, la Corte perdería la competencia sobre el caso.
SEMANA: Después de que el Senado aceptara la renuncia de Álvaro Uribe, ¿qué viene en el proceso contra el exsenador?
Alfonso Gómez Méndez (A.G.M.): Aceptada la renuncia, Uribe pierde el fuero que tenía como senador. En esas condiciones, en estricto sentido, su caso debería pasar a la Fiscalía. Es importante recordar que Álvaro Uribe hoy está amparado por tres clases de fueros. Cualquier conducta que se le impute por hechos ocurridos durante su gobierno tendría que ser resuelta por el Congreso, independientemente de que ya no sea el presidente de la República. Los hechos que se le imputen como gobernador de Antioquia son investigados por la Fiscalía y juzgados por la Corte Suprema de Justicia. Por último, está su fuero como senador, en donde su juez natural es también la Corte Suprema. Pero eso tiene un elemento adicional. Por los delitos que se le imputen a Uribe y que hayan sido cometidos en el ejercicio de su función parlamentaria, su juez seguiría siendo la Corte, aunque renuncie. Pero si, como en este caso, las conductas imputadas no tienen que ver con esa labor, el proceso debe pasar a la Fiscalía.
SEMANA: ¿Eso es así de claro? La defensa del senador Cepeda ha dicho que las conductas que se le imputan a Uribe sí tuvieron que ver con su ejercicio parlamentario.
A.G.M.: Son dos cosas distintas. Una cosa es que en un debate parlamentario haya injurias o calumnias que se desarrollen en el marco de esa confrontación política. Pero lo que vino después fue una denuncia del propio Uribe, no ante la Comisión de Ética del Congreso, sino ante un órgano de la justicia ordinaria. Aquí no se puede mezclar peras con manzanas. Esa denuncia la hubiera podido hacer Uribe como senador o como ciudadano de a pie y no está relacionada con su función parlamentaria.
Esa denuncia la hubiera podido hacer Uribe como senador o como ciudadano de a pie y no está relacionada con su función parlamentaria.
SEMANA: ¿Qué dice hoy la jurisprudencia en ese sentido?
A.G.M.: Lo que dice la jurisprudencia vigente es que si el hecho no está directamente relacionado con la función parlamentaria, y resalto la palabra “directamente”, entonces pasa a la Fiscalía. Esta entidad tendría la función de investigar y acusar al expresidente ante los jueces ordinarios.
SEMANA: ¿Pero no hay jurisprudencias contradictorias? Hubo casos similares en los que la Corte mantuvo la competencia.
A.G.M.: Hubo jurisprudencias contradictorias, sí. En el caso de la parapolítica, en una primera parte, la Corte mandó a los parlamentarios acusados a la Fiscalía, con la sola renuncia. En ese entonces recuerdo que la votación fue 5-4. A los pocos meses hubo una decisión, también con votación de 5-4, en el sentido contrario. La Corte terminó diciendo que mantenía la competencia a pesar de las renuncias. Después, en el caso de Dilian Francisca Toro, la alta corporación dijo que los parlamentarios se quedan bajo el ámbito de la Corte, aun cuando renuncien, siempre y cuando los hechos tengan relación con su función parlamentaria. Para ser claros: si hoy a un senador lo acusan de violencia intrafamiliar, cosa que no está relacionada con sus funciones legislativas, su juez es la Corte. Pero si renuncia, ese hecho termina en la Fiscalía.
Para ser claros: si hoy a un senador lo acusan de violencia intrafamiliar, cosa que no está relacionada con sus funciones legislativas, su juez es la Corte. Pero si renuncia, ese hecho termina en la Fiscalía.
SEMANA: Pero ese antecedente del cambio de opinión de la Corte daría para pensar que nada está escrito, que todo puede pasar, y que no es imposible que ese organismo quiera mantener la competencia.
A.G.M.: De acuerdo. En este escenario todo es posible y la Corte puede cambiar su parecer como la ha hecho en el pasado. Yo me atengo a la jurisprudencia vigente hoy, que si se cumple, tendría que terminar en lo que ya le expliqué. Ahora, si quisieran cambiarla con relación al caso particular de Álvaro Uribe, eso tendría una connotación casi que personal.
SEMANA: ¿Cómo son los tiempos en adelante? ¿Cree que la Corte se pronuncie rápido sobre el tema de la competencia o eso va a tomarse un buen rato?
A.G.M.: Ahora que Uribe ya no es senador, su defensa tendrá que pedirle a la Corte que envíe el expediente a la Fiscalía. Ante esa petición, la alta corporación deberá pronunciarse de manera negativa o afirmativa. No creo que se tome mucho tiempo para eso.
SEMANA: ¿Qué puede pasar si la Corte no accede a la petición de la defensa de Uribe para el traslado del expediente?
A.G.M.: Se puede presentar un conflicto de competencias entre la Corte Suprema y la Fiscalía. Eso requeriría que esta última, y no la defensa de Uribe, hiciera la petición directa a la Corte del traslado del expediente. Ese conflicto tendría que se resuelto por el Consejo de la Judicatura. El caso también podría terminar en la Corte Constitucional si alguien, por alguna vía, decide poner una tutela contra la Corte por violación del debido proceso, o denunciar a los magistrados ante el Congreso. En fin, en un tema tan polémico y tan político como este, los escenarios son infinitos. Pero yo sinceramente tengo la impresión de que la Corte se va a ir por la aplicación de la jurisprudencia que hoy está vigente.
Pero yo sinceramente tengo la impresión de que la Corte se va a ir por la aplicación de la jurisprudencia que hoy está vigente.
SEMANA: Si eso pasa, el caso Uribe terminaría en la Fiscalía. ¿Cómo avanzaría el proceso en esa entidad en adelante?
A.G.M.: Como cualquier otro proceso. Pasan el expediente y ahí la Fiscalía deberá determinar el curso del mismo en su etapa de instrucción. Si llegara a acusar a Álvaro Uribe, esa acusación se haría ante un juez ordinario, quien tomaría la decisión final.
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SEMANA: ¿Pero la Fiscalía podría revocar la detención preventiva de Uribe?
A.G.M.: Así es. Si el ente acusador encuentra los méritos para hacerlo, estaría en plena capacidad de revocar la detención domiciliaria.
SEMANA: Hay un sector de la opinión que señala que la cercanía del fiscal Barbosa con el presidente y con su partido podría constituir un impedimento para conocer de este caso. ¿Usted qué opina?
A.G.M.: Yo no diría que en esto el fiscal Barbosa tenga una causal explicita de recusación. No la veo. Ahora, eso no significa que no lo puedan recusar con los argumentos que usted anota.
SEMANA: Los críticos de Uribe han dicho que un hombre detenido no debería tener acceso a amplias entrevistas en medios nacionales o a herramientas de difusión masiva como las redes sociales. ¿Usted que fue ministro de Justicia por qué aclara ese debate?
A.G.M.: En principio no está limitada la facultad de expresión, sobre todo cuando se trata de la detención domiciliaria. Fernando Botero estaba preso por el proceso 8.000 en el Cantón Norte cuando le dio la famosa entrevista a Yamid Amat en la que dijo que Samper sí sabía. El de Uribe no sería el primer caso y en la ley no hay una prohibición expresa para que hable con los medios como lo he venido haciendo a lo largo de la semana.