Nación
El próximo 5 de mayo inicia el proceso de registro en línea de migrantes venezolanos para Estatuto Temporal de Protección
El estatuto fue anunciado en febrero pasado por el presidente Iván Duque y en marzo se firmó el decreto.
El próximo 5 de mayo se inicia el proceso de registro en línea de migrantes venezolanos para obtener los beneficios del Estatuto Temporal de Protección adoptado el pasado primero de marzo, según informó el director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa.
“Arrancamos el 5 de mayo de este año con el proceso en línea, en donde el migrante creará su usuario y contraseña, adjuntará una fotografía y contestará una encuesta de caracterización socioeconómica”, explicó el director.
“A partir de esta caracterización vamos a poder enlazar con el sector salud, inicialmente en el régimen subsidiado, pero desde luego, a medida que se vayan estableciendo, irán haciendo su tránsito al régimen contributivo (...) Este Estatuto Temporal de Protección es un hecho histórico que tiene que llenarnos de orgullo a todos los colombianos, es la forma en la cual abrazamos los derechos humanos y tendemos la mano a una población que la viene pasando mal”, agregó.
El funcionario manifestó que “los verdaderos frutos del Estatuto llegan con la identificación”, ya que “este documento les va a permitir acceder a productos financieros, aplicar a un trabajo en igualdad de condiciones, toda una autopista de oportunidades”.
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Espinosa precisó que “al 31 de enero, más de 150.000 ciudadanos venezolanos se encontraban en el departamento de La Guajira, que es el cuarto departamento con mayor concentración de venezolanos en el país”.
Recordó que “una persona que ingresa hoy al territorio nacional de forma irregular no podrá acogerse al Estatuto.
Asimismo, sostuvo que con este proceso se podrán combatir la xenofobia, la estigmatización y la generalización, ya que quedará claro “la inmensa mayoría de venezolanos que hacen las cosas bien, de esa minoría que ha venido a Colombia a delinquir”.
¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos?
Será el nuevo marco normativo del Estado colombiano para caracterizar y regularizar la condición migratoria de todos los venezolanos que han llegado al país y permitirles una integración más fácil a la sociedad colombiana.
“Es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados que ofrece el resguardo a personas que huyen de su país de origen y que se encuentran en situación de alta vulnerabilidad, en especial más de 966.000 personas venezolanas que se encuentran con estatus irregular en Colombia”, explicó el Gobierno nacional.
¿Cómo funcionará el estatuto?
Se realizará en dos fases. Primera fase: Se creará el Registro Único de Migrantes Venezolanos para identificar y caracterizar a cada ciudadano venezolano radicado en Colombia. Este trámite, que será gestionado por Migración Colombia, se debe realizar de manera virtual. Segunda fase: se expedirá el Permiso por Protección Temporal (PPT) a los venezolanos que ya hayan realizado el trámite de registro.
¿Cuáles son los requisitos para poder vincularme al Registro Único de Migrantes Venezolanos?
Estar en Colombia; presentar documento de identidad vigente o vencido (pasaporte, cédula de identidad venezolana, PEP); tener el acta de nacimiento en caso de ser menores de edad; hacer una declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia; y autorizar la recolección de datos biométricos.
¿Cuáles son las condiciones para poder acceder al PPT?
No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso; no tener en curso investigaciones administrativas migratorias; no tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente; no tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia.
¿El Permiso por Protección Temporal podrá ser cancelado?
Sí. Los ciudadanos que violen la ley migratoria serán sujeto de revisión para la cancelación de su PPT. También todo aquel que incurra en infracción en el ordenamiento jurídico del país. La autoridad migratoria si considera al extranjero una amenaza para el país podrá cancelar su permiso. De igual forma, los ciudadanos que permanezcan más de 180 días fuera del país perderán su PPT.