Judicial

Empresario del transporte fue llamado a juicio por estafa. Deberá responder por incumplir compra de acciones del SITP

Los hechos se presentaron en el año 2010, mediante la celebración de un acuerdo para la compra de un porcentaje accionario. Tras múltiples incumplimientos deberá sentarse en el banquillo de los acusados.

Redacción Semana
7 de febrero de 2024
Distrito le pone la lupa al hurto de señales verticales de paraderos del SITP
Distrito le pone la lupa al hurto de señales verticales de paraderos del SITP | Foto: Secretaría de Movilidad Bogotá

SEMANA conoció en primicia que el empresario Alirio Hernán Ruiz Castro fue llamado a juicio por el delito de estafa agravada por incumplir lo pactado en una millonaria compra accionaria en una sociedad operaria del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá (SITP).

Tras trece años de acaecidos los hechos, el ente investigador determinó que existen pruebas documentales que permiten establecer que Ruiz García “incumplió”, varias veces, lo pactado para la compra del 11.68 por ciento de la participación accionaria Correvial S.A.S., “sociedad controlante del operador EGO BUS”.

La cifra pactada equivalía a 581 millones de pesos. Sin embargo, según rezan los testimonios, Ruiz García “nunca pagó la totalidad de la suma pactada. No obstante, entre 2011 y 2015, las víctimas lograron que efectuara algunos pagos parciales poco significativos en comparación con el tiempo transcurrido y la cuantía del negocio”.

En el 2015, luego de la adición y modificación de la entrega de los pagos, la deuda aumentó a casi 3.330 millones de pesos. “En un último intento por general en las víctimas una sensación de solvencia y seriedad contractual y evitar su desprestigio en el gremio de los empresarios del transporte público” Ruiz García citó a sus socios para una audiencia de conciliación.

La Fiscalía General llamó a juicio al empresario del transporte Alirio Hernán Ruíz García.
La Fiscalía General llamó a juicio al empresario del transporte Alirio Hernán Ruíz García. | Foto: Cortesía

En esta audiencia el empresario se comprometió a entregar tres buses y una suma cercana a los 2.532 millones de pesos por medio de una fiducia “que recibiría los dividendos correspondientes al denunciado y sus empresas por su participación accionaria en la sociedad”.

Sin embargo, pese a que se firmó el documento dejando claro cómo iba a ser el pago, no se cumplió con lo prometido. Lo más grave de esta situación, según advierte la misma acusación, es que las empresas que mencionó Ruiz García, no contaban con el potencial ni los requisitos exigidos.

“Se pudo volver a establecer que ni él, ni las aludidas empresas, figuran como accionistas de esta importante sociedad, mediante actividades de policía judicial”, señala la Fiscalía. “Se puede afirmar que existe inferencia razonable de que el señor Alirio Hernán Ruíz García indujo y mantuvo en error a las víctimas acudiendo que tenía unas acciones en la sociedad SI99 a través de las personas jurídicas Valores Sidauto S.A.S. y Sidauto S.A. y que podía disponer de sus dividendos para pagar una obligación adquirida años atrás mediante Invertrasid S.A.S.”

Igualmente, se determinó que el empresario “ofreció unos vehículos de servicio público que tampoco entregó” pues -como se comprobó en la investigación- no tenía la capacidad jurídica. “Convirtiendo un negocio que hasta ese momento venía siendo incumplido (con mala fe), en un elaborado engaño con consecuencias patrimoniales para las víctimas”.

Esto debido a que “dispusieron de un derecho de crédito legítimo y lo novaron en cabezas de dos empresas” que pese a las promesas de Ruíz García no tenían capacidad de pago. Todo empeoró con la firma de una acta de conciliación que afectó directamente a los principales accionistas de las empresas mencionados que reclamaban una suma de 3.332 millones de pesos.

“Acuerdo que difirió a futuro una obligación que ya hace años estaba causada y en mora”, advierte la Fiscalía General. “Se concretó el tercer elemento de la estafa, toda vez que el imputado, recibió un provecho patrimonial equivalente a la participación inicialmente entregada por las sociedades de las víctimas más el valor económico de restituir los plazos por una suma menor a la ya debida y en un tiempo mucho mayor al inicialmente acordado, todo esto, sin ejecutar contraprestación alguna, es decir, sin cumplir aquello con lo cual estaba obligado”.

Para el ente investigador, con este tipo de acciones el empresario logró aumentar su patrimonio de manera plenamente irregular con esta.