Justicia
En vivo: JEP imputa crímenes de guerra y lesa humanidad a 10 exjefes de las Farc por actos contra comunidades indígenas y afros
La imputación es parte del Caso 05, que investiga la situación territorial del norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca.
La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) presentó cargos por crímenes de guerra y de lesa humanidad contra diez exmiembros de las columnas móviles Jacobo Arenas y Gabriel Galvis de las Farc.
Estos exintegrantes de la guerrilla enfrentan cargos por ataques a la población civil, que “afectaron sistemáticamente el derecho a la identidad cultural de los pueblos indígenas y afrocolombianos, así como a las comunidades campesinas”, que viven en 17 municipios priorizados dentro del Caso 05. Este investiga la situación territorial en el norte del Cauca y sur del Valle del Cauca.
Los imputados deberán responder por los crímenes de guerra de homicidio; atentados contra la vida y la integridad corporal; ejecuciones sin previo juicio; desplazamiento; utilización, reclutamiento, utilización o alistamiento de niños, niñas; dirigir intencionalmente ataques contra la población civil; utilización de minas antipersonal y destrucción del medio ambiente.
Los imputados como máximos responsables por planificar, ordenar, facilitar y cometer estos graves crímenes son: Diego Ardila Merchán, José Gregorio Lasso Céspedes, Efrén Núñez Pulido, Remigio Valero Ríos y Gloria Ramírez Basto, quienes formaron parte de la comandancia de la columna móvil Gabriel Galvis; así como Reinel Natalio García Mujica, Braulio Vásquez Fonseca, James Castro Jaramillo, Heriberto Reina Suaza y José Antonio Muñoz, quienes formaron parte de la comandancia de la columna móvil Jacobo Arenas.
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La JEP encontró que estas columnas móviles tenían como objetivo crear un corredor entre el centro y el occidente de Colombia y ejercer dominio y control para construir una estructura armada en el sur del país que les permitiera tomar el control de ciudades importantes y establecer un “gobierno provisional”.
La columna Jacobo Arenas se destacó por el uso indiscriminado de armas, mientras que la columna móvil Gabriel Galvis se creó para apoyar al entonces Comando Conjunto de Occidente en los municipios de Florida y Pradera, en Valle. Tres magistradas de la minoría han presentado salvamentos parciales de voto en relación con la calificación jurídica de los hechos.
“El elemento fundamental de los patrones de violencia desplegados por estas dos estructuras priorizadas buscaba obtener y consolidar el total control territorial de toda la zona. Bajo esta presión los vínculos ancestrales de la población con sus lugares de origen se vieron gravemente afectados y empeoró la pobreza. La investigación judicial da cuenta de cómo en los 17 municipios priorizados miles de proyectos de vida fueron cercenados y los crímenes cometidos por las Farc tuvieron como común denominador el ensañamiento y perfilamiento contra los ciudadanos indígenas y afrocolombianos”, determinó la JEP.
En este momento, se está llevando a cabo un proceso legal contra Reinel Natalio García Mujica debido a un incidente de régimen de condicionalidad. Si se demuestra que participó en actividades ilegales después del primero de diciembre de 2016, se le excluirá de la JEP.
Se han presentado tres votos parciales a la decisión, que se centran principalmente en las interpretaciones legales de los hechos. En los casos en los que las magistradas de la minoría no estuvieron de acuerdo con las calificaciones jurídicas propuestas en la ponencia, se presentaron estas objeciones.
Pese a que en la región operaron varias estructuras adscritas al Bloque Occidental Alfonso Cano, las dos columnas móviles hicieron presencia en estos 17 municipios del norte del Cauca y el sur del Valle:
- Santander de Quilichao
- Suárez
- Buenos Aires
- Morales
- Caloto
- Corinto
- Toribío
- Caldono
- Jambaló
- Miranda
- Padilla
- Puerto Tejada
- Florida
- Pradera
- Palmira
- Jamundí
- Candelaria
Para determinar la responsabilidad de las dos columnas en los delitos de lesa humanidad, el tribunal especial contrastó 28 informes y publicaciones presentadas por entidades del Estado, organizaciones indígenas, consejos comunitarios, organizaciones de derechos humanos, resguardos indígenas, corporaciones que agrupan víctimas del conflicto e informes del Centro Nacional de Memoria Histórica.
Asimismo, “se tuvo en cuenta 91 versiones recibidas a comparecientes de las estructuras que operaron en la zona, además de cuatro audiencias colectivas con integrantes de las columnas Gabriel Galvis, Jacobo Arenas, Miller Perdomo y el frente sexto, realizadas entre 2021 y 2022″.
Lo que sigue en el proceso judicial
Los exmiembros de las columnas móviles Jacobo Arenas y Gabriel Galvis tienen un plazo de 30 días laborables para aceptar o rechazar las acusaciones. Las víctimas y el Ministerio Público también pueden hacer comentarios sobre el caso.
Después de este plazo, la JEP decidirá si se debe programar una audiencia de reconocimiento si los comparecientes admiten su culpabilidad, o si el caso se remitirá a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) del tribunal especial si niegan la responsabilidad.
Si hay reconocimiento, la Sala emitirá una resolución de conclusiones que será enviada al tribunal de paz, el cual impondrá una sanción adecuada después de consultar a las víctimas y asegurar que sea reparadora y efectiva en la limitación de los derechos y libertades.
En lo que resta del año, “la Sala de Reconocimiento emitirá otros autos de determinación de hechos y conductas sobre otros responsables de las estructuras de las Farc que operaron en la zona y también frente a otros actores investigados en el marco del Caso 05″.