JUSTICIA
En vivo: la primera audiencia pública de la JEP sobre reclutamiento de menores
Julián Gallo, más conocido como Carlos Antonio Lozada, es el primer excombatiente de la guerrilla en dar su versión libre sobre el caso 07 de forma televisada.
Después del pedido público del partido Farc para que sus testimonios ante la Jurisdicción Especial de Paz se hicieran públicos y se transmitieran en vivo, este jueves la Sala de Reconocimiento de la Verdad escuchará en versión libre al hoy senador y excombatiente de la guerrilla Julián Gallo.
La diligencia que inició a las 9:00 a.m. es inédita ya que nunca antes el tribunal había accedido a levantar la reserva que pesaba sobre el caso 07 de reclutamiento de menores de edad durante el conflicto armado, por temor a la revictimización de las personas que sufrieron este flagelo y debido a que los testimonios entregados por los comparecientes tienen valor de confesión.
Conozca aquí la totalidad de las declaraciones de Julián Gallo ante la JEP:
No obstante, la versión de Gallo, más conocido como Carlos Antonio Lozada, alcanzó a entrar en la determinación que hizo la jurisdicción el pasado 16 de septiembre y que fue revelada por la misma presidenta de la JEP, Patricia Linares. “El magistrado relator del caso de reclutamiento consideró que hay condiciones para levantar la reserva de ese caso de reclutamiento forzado, las que ya se han producido y las que se van a producir”, dijo en entrevista con María Jimena Duzán.
Aunque el anuncio fue recibido con agrado por los integrantes del partido Farc, quienes en una carta manifestaron que había una “campaña de desinformación promovida por los sectores de extrema derecha” y “sospechosas filtraciones de las audiencias” para tergiversar la verdad que los excombatientes han entregado a la JEP; cabe recordar que no todas las versiones que entreguen en el caso 07 serán públicas teniendo en cuenta las precisiones de ley. En otras palabras, si el testimonio incluye “datos sensibles según la Ley de Habeas Data y de terceros que no son comparecientes de la JEP y se puede afectar su buen nombre”, la sala podrá mantener la reserva absoluta del procedimiento.
Solo las víctimas, en este último caso, podrán tener acceso a las grabaciones de las versiones y, mediante un proceso de acreditación, hacer observaciones y aportar pruebas como ha sucedido en el Caso 01 “Retención ilegal de personas por parte de las Farc-EP”. Incluso, quince días después de la audiencia pública de reconocimiento, pueden presentar observaciones finales a la resolución de conclusiones.