NACIÓN

Entran en vigencia duras sanciones a padres que no cumplan cuotas alimentarias

La Corte Constitucional le dio vía libre a la Redam, la nueva herramienta “datacrédito” para los padres morosos.

23 de febrero de 2021
| Foto: Archivo SEMANA

Los padres de familia e hijos que no cumplan las cuotas alimentarias que fije un juez o una autoridad administrativa tendrán sanciones, previstas en la ley que fue avalada por la Corte Constitucional y será sancionada este jueves por el presidente de la República, Iván Duque.

De acuerdo con la norma, autoría de la senadora del Partido de la U Maritza Martínez, quienes incumplan estas obligaciones (hasta tres cuotas) serán incorporados al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), que podrá ser consultado por diferentes entidades para la aplicación de las sanciones correspondientes.

“Esta ha sido una lucha de muchos años, pero creo que finalmente logramos el objetivo, no solo por la aprobación del Congreso de la República, sino por el control previo de constitucionalidad. La Corte entendió la importancia de garantizar los derechos de los menores”, le señaló la senadora a SEMANA.

Aseguró que “en Colombia se está convirtiendo una práctica muy usual no cumplir con lo básico para los menores. Quisiera uno que, además del afecto, no se tuviera que acudir a las instancias judiciales y administrativas, pero la realidad nos indica que es necesario tener instrumentos jurídicos que permitan hacer realidad ese tipo de incumplimientos”.

“El registro de deudores alimentarios consiste en crear una base de datos en la que se va a reportar a los padres o las madres que no han cumplido por lo menos tres cuotas alimentarias, sucesivas o no. Eso va a tener consecuencias para el que no está cumpliendo”, indicó.

La congresista aclaró que “esta ley no fija cuotas alimentarias, sino que procede a su aplicación una vez un juez o una autoridad ha determinado un monto y una obligación alimentaria, y no se ha cumplido con la misma”.

“Este es un instrumento adicional para nuestro sistema. Si la persona no cumple la obligación se reporta en el Redam. Si no tiene los medios económicos para pagar, debe acudir al juez que ya le había decretado la obligación alimentaria, no a quienes se van a encargar de la aplicación de la red”, indicó.

Sanciones

La norma prevé que los padres, madres o hijos que tengan a un adulto mayor a su cuidado, que no estén cumpliendo su cuota alimentaria, aunque no sean necesariamente consecutivas, serán sancionados así:

⦁ Las personas que deban más de tres cuotas alimentarias serán reportadas.

⦁ No podrán salir del país.

⦁ No podrán contratar con el Estado.

⦁ No podrán recibir subsidios del Estado.

⦁ Si son funcionarios públicos, serán suspendidos de sus cargos.

⦁ No podrán aceptar cargos si son elegidos popularmente.

⦁ No podrán salir del país sin pagar la cuota alimentaria.

Adicionalmente, quienes vayan a solicitar crédito bancario serán sometidos a la revisión del Redam y, aunque no tendrá implicaciones en el otorgamiento del mismo, si le permitirá determinar a la entidad tener en cuenta que es una persona que se constituye en un factor de riesgo.

Lo mismo sucede cuando una persona va a registrar un bien en una notaría. En la escritura quedará establecido que tiene deudas por cuota alimentaria y el monto correspondiente.

Así mismo, los padres que tengan cuotas atrasadas, ya sea porque los hijos son mayores de edad o hayan terminado sus estudios, van a tener posibilidad de retroactividad de todas estas cuotas.

“Esta es una gran noticia para el país. Redam se convierte en una herramienta efectiva para garantizar su cumplimiento y acabar de una vez por todas con una de las formas más crueles de violencia contra esta población: el abandono”, aseguró la senadora Maritza Martínez.